EL TRIBUNAL DE JUSTICIA,
Visto el artículo 24, apartados 2, 4 y 6, del Reglamento de Procedimiento,
Considerando que, en aplicación de esa disposición, procede establecer la lista de los días feriados legales y fijar las fechas delas vacaciones judiciales,
ADOPTA LA PRESENTE DECISIÓN:
La lista de los días feriados legales mencionada en el artículo 24, apartados 4 y 6, del Reglamento de Procedimiento será la siguiente:
— El día de Año Nuevo.
— El lunes de Pascua.
— El 1 de mayo.
— La Ascensión.
— El lunes de Pentecostés.
— El 23 de junio.
— El 15 de agosto.
— El 1 de noviembre.
— El 25 de diciembre.
— El 26 de diciembre.
Para el período comprendido entre el 1 de noviembre de 2019 y el 31 de octubre de 2020, las fechas de las vacaciones judiciales mencionadas en el artículo 24, apartados 2 y 6, del Reglamento de Procedimiento serán las siguientes:
— Navidad de 2019: del lunes 23 de diciembre de 2019 al domingo 12 de enero de 2020 inclusive.
— Semana Santa de 2020: del lunes 6 de abril de 2020 al domingo 19 de abril de 2020 inclusive.
— Verano de 2020: del jueves 16 de julio de 2020 al lunes 31 de agosto de 2020 inclusive.
La presente decisión entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Luxemburgo, el 12 de febrero de 2019.
El Secretario
A. CALOT ESCOBAR
El Presidente
K. LENAERTS
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