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Documento DOUE-Z-2019-70016

Sentencia del Tribunal General de 12 de marzo de 2019 — Francia/Comisión (Asunto T-156/15)

Publicado en:
«DOUE» núm. 148, de 29 de abril de 2019, páginas 43 a 43 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-Z-2019-70016

TEXTO ORIGINAL

Partes

 

Demandantes: República Francesa (representantes: inicialmente F. Alabrune, G. de Bergues, D. Colas y C. Candat, posteriormente G. de Bergues, D. Colas, F. Fize y A. Daly y finalmente D. Colas, S. Horrenberger, R. Coesme, E. de Moustier y A.-L. Desjonquères, agentes)

 

Demandada: Comisión Europea (representantes: A. Bouquet y D. Triantafyllou, agentes)

 

Partes coadyuvantes en apoyo de las partes demandantes: República Italiana (representantes: G. Palmieri, agente, asistido por C. Colelli, avvocato dello Stato) y Hungría (representantes: M. Fehér y G. Koós, agentes)

 

Objeto

 

Demanda basada en el artículo 263 TFUE por la que se solicita la anulación parcial de la Decisión de Ejecución (UE) 2015/103 de la Comisión, de 16 de enero de 2015, por la que se excluyen de la financiación de la Unión Europea determinados gastos efectuados por los Estados miembros con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) (DO 2015, L 16, p. 33).

 

Fallo

 

1) Anular la Decisión de Ejecución (UE) 2015/103 de la Comisión, de 16 de enero de 2015, por la que se excluyen de la financiación de la Unión Europea determinados gastos efectuados por los Estados miembros con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), en la medida en que esta descarta de la financiación de la Unión Europea los gastos efectuados por la República Francesa en Alta Córcega en relación con las ayudas sobre el terreno por superficie del primer pilar relativas a los años de solicitud 2011 y 2012.

 

2) Desestimar el recurso en todo lo demás.

 

3) La Comisión Europea y la República Francesa cargarán cada una de ellas con sus propias costas.

 

4) La República Italiana y Hungría cargarán cada una de ellas con sus propias costas.

 

 

(1) DO C 190 de 8.6.2015.

ANÁLISIS

  • Rango: Sentencia
  • Fecha de disposición: 12/03/2019
  • Fecha de publicación: 29/04/2019
Referencias anteriores
  • DECLARA la nulidad de lo indicado de la Decisión 2015/103, de 16 de enero (Ref. DOUE-L-2015-80065).
Materias
  • Desarrollo regional
  • Financiación comunitaria
  • Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural
  • Fondo Europeo Agrícola de Garantía
  • Gastos
  • Política Agrícola Común

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