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Documento DOUE-L-2026-80569

Anuncio de la Comisión Europea [2026/875].

Publicado en:
«DOUE» núm. 875, de 17 de abril de 2026, páginas 1 a 3 (3 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2026-80569

TEXTO ORIGINAL

 

La Comisión Europea publica el presente anuncio de conformidad con el anexo 3-D del Acuerdo Interino de Comercio entre la Unión Europea, por una parte, y el Mercado Común del Sur, la República Argentina, la República Federativa de Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay (1), por otra parte (denominado en lo sucesivo, «Acuerdo»).

El anexo 3-D, relativo a las medidas transitorias, especifica que, durante un período no superior a tres años a partir de la fecha de entrada en vigor del Acuerdo, la Unión Europea debe aceptar también como declaración de origen un «certificado de origen» que indique que los productos importados en la Unión Europea cumplen los requisitos de origen establecidos en el Acuerdo. El período de tres años puede prorrogarse por un período máximo de dos años. El Mercosur debe remitir el formulario y trámites del «certificado de origen» a la Comisión Europea.

Se adjunta al presente anuncio la notificación realizada por el Mercosur con el formulario del certificado de origen previsto en el anexo 3-D del Acuerdo.

(1)  Acuerdo Interino de Comercio entre la Unión Europea, por una parte, y el Mercado Común del Sur, la República Argentina, la República Federativa de Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, por otra parte (DO L, 2026/184, 27.2.2026, ELI: http://data.europa.eu/eli/agree_internation/2026/184/oj).

ANEXO 3-D

DEL ACUERDO INTERINO DE COMERCIO UE–MERCOSUR CERTIFICADO DE ORIGEN MERCOSUR

1.

Productor o exportador

(nombre, dirección, país)

Nº del certificado

2

Importador

(nombre, dirección, país)

Nombre de la autoridad emisora:

Dirección:

3.

Consignatario

(nombre, país)

 

Ciudad:

País:

4.

Puerto o lugar de embarque

5.

Detalles del transporte (opcional)

6.

Facturas comerciales

Número:

Fecha:

7.

N.o de orden

8.

Código arancelario

9.

Descripción de las mercancías

10.

Peso bruto u otra medida

 

 

 

 

Nº de orden

11.

Criterio de Origen

 

 

12.

Observaciones

 

CERTIFICACIÓN DE ORIGEN

13.

Declaración del productor o del exportador (si no es el productor)

14.

Certificación por la autoridad emisora

 

 

El abajo firmante declara que las mercancías cumplen con los requisitos de origen establecidos en el Acuerdo.

Certificamos la autenticidad de este certificado y que ha sido emitido conforme a las disposiciones del Acuerdo.

 

 

Fecha

Fecha

 

 

Sello y firma

Sello y firma

ANÁLISIS

Referencias anteriores
  • EN RELACIÓN con el anexo 3-D del Acuerdo, de 17 de enero de 2026 (Ref. DOUE-L-2026-80288).
Materias
  • Acuerdo de Asociación CE
  • Acuerdos internacionales
  • Argentina
  • Brasil
  • Certificados de origen
  • Comercio extracomunitario
  • Formularios administrativos
  • Paraguay
  • Unión Europea
  • Uruguay

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