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Documento DOUE-L-2026-80343

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/516 de la Comisión, de 10 de marzo de 2026, que corrige el Reglamento de Ejecución (UE) 2025/1403 en lo que respecta a la concentración de tuyonas en el aceite esencial de salvia española.

Publicado en:
«DOUE» núm. 516, de 11 de marzo de 2026, páginas 1 a 2 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2026-80343

TEXTO ORIGINAL

 

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) n.o 1831/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de septiembre de 2003, sobre los aditivos en la alimentación animal (1), y en particular su artículo 9, apartado 2,

Considerando lo siguiente:

(1) La sustancia aceite esencial de salvia española procedente de Salvia officinalis ssp. Lavandulifolia (Vahl) Gams fue autorizada como aditivo para piensos destinados a todas las especies animales mediante el Reglamento de Ejecución (UE) 2025/1403 de la Comisión (2) durante diez años.

(2) En el anexo del Reglamento de Ejecución (UE) 2025/1403, se menciona erróneamente la concentración de tuyonas en el aceite esencial de salvia española con un valor de «0,001 %», mientras que, según el dictamen científico de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria de 17 de septiembre de 2024 (3), la concentración de tuyonas en el aceite esencial de salvia española no se detectó mediante cromatografía de gases acoplada a espectrometría de masas (límite de detección de 0,001 %).

(3) Procede, por tanto, corregir el Reglamento de Ejecución (UE) 2025/1403 en consecuencia.

(4) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité Permanente de Vegetales, Animales, Alimentos y Piensos.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Corrección del Reglamento de Ejecución (UE) 2025/1403

En el anexo del Reglamento de Ejecución (UE) 2025/1403, en la entrada correspondiente al aditivo para piensos aceite esencial de salvia española, identificado con el número 2b413-eo, en la tercera columna (Composición, fórmula química, descripción y método analítico), bajo el epígrafe «Especificaciones», el guion «—Tuyonas: 0,001 %» se sustituye por el texto siguiente: «—Tuyonas: ≤ 0,001 %».

Artículo 2

Entrada en vigor

El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 10 de marzo de 2026.

Por la Comisión

La Presidenta

Ursula VON DER LEYEN

(1)   DO L 268 de 18.10.2003, p. 29, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2003/1831/oj.

(2)  Reglamento de Ejecución (UE) 2025/1403 de la Comisión, de 16 de julio de 2025, relativo a la autorización del aceite esencial de salvia española procedente de Salvia officinalis ssp. lavandulifolia (Vahl) Gams y el aceite esencial de lavanda procedente de Lavandula angustifolia Mill. como aditivos para piensos destinados a todas las especies animales (DO L, 2025/1403, 17.7.2025, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2025/1403/oj).

(3)   EFSA Journal 2024;22(10):e9015, https://doi.org/10.2903/j.efsa.2024.9015.

ANÁLISIS

Referencias anteriores
Materias
  • Aditivos alimentarios
  • Alimentos para animales
  • Animales
  • Autorizaciones
  • Comercialización
  • Piensos

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