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Documento DOUE-L-2026-80016

Decisión de Ejecución (UE) 2026/79 de la Comisión, de 12 de enero de 2026, por la que se modifica la Decisión de Ejecución (UE) 2025/165 de la Comisión por lo que respecta a las normas armonizadas aplicables a tubos de acero sin soldadura, accesorios para tuberías soldados a tope, cobre y aleaciones de cobre, recipientes a presión no sometidos a llama, bridas y sus uniones, válvulas industriales y dispositivos de seguridad para la protección contra la presión excesiva, elaboradas en apoyo de la Directiva 2014/68/UE del Parlamento Europeo y del Consejo.

Publicado en:
«DOUE» núm. 79, de 13 de enero de 2026, páginas 1 a 4 (4 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2026-80016

TEXTO ORIGINAL

 

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n.o 1025/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, sobre la normalización europea, por el que se modifican las Directivas 89/686/CEE y 93/15/CEE del Consejo y las Directivas 94/9/CE, 94/25/CE, 95/16/CE, 97/23/CE, 98/34/CE, 2004/22/CE, 2007/23/CE, 2009/23/CE y 2009/105/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y por el que se deroga la Decisión 87/95/CEE del Consejo y la Decisión n.o 1673/2006/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (1), y en particular su artículo 10, apartado 6,

Considerando lo siguiente:

(1)

De conformidad con el artículo 12 de la Directiva 2014/68/UE del Parlamento Europeo y del Consejo (2), se presume que los equipos a presión o los conjuntos contemplados en el artículo 4, apartados 1 y 2, de dicha Directiva que sean conformes con normas o partes de normas armonizadas cuyas referencias hayan sido publicadas en el Diario Oficial de la Unión Europea cumplen los requisitos esenciales de seguridad de dichas normas o partes de ellas indicados en su anexo I.

(2)

Mediante la Decisión de Ejecución C(2024) 1241 (3), la Comisión solicitó al Comité Europeo de Normalización (CEN) y al Comité Europeo de Normalización Electrónica (Cenelec) que elaboraran una nueva norma armonizada, que revisasen diversas normas armonizadas existentes y completasen la labor llevada a cabo en materia de proyectos de normas armonizadas elaboradas en apoyo de la Directiva 2014/68/UE.

(3)

Sobre la base de la solicitud formulada en la Decisión de Ejecución C(2024) 1241, el CEN revisó la norma armonizada EN 10216-2:2013, sobre tubos de acero sin soldadura. Esto dio lugar a la adopción de la norma EN 10216-2:2024. El CEN revisó nuevamente la norma armonizada EN 10253-4: 2008 y su modificación relativa a los accesorios para tuberías soldados a tope. Esto dio lugar a la adopción de la norma EN 10253-4:2025. El CEN también completó las normas EN 12163:2024, EN 12164:2024, EN 12166:2024, EN 12167:2024 y EN 12168:2024, sobre cobre y aleaciones de cobre. El CEN también revisó la norma armonizada EN 12420:2014, sobre cobre y aleaciones de cobre. Esto dio lugar a la adopción de la norma EN 12420:2024 sobre cobre y aleaciones de cobre. El CEN también revisó la norma EN 12735-2:2016, sobre cobre y aleaciones de cobre. Esto dio lugar a la adopción de la norma EN 12735-2:2024. El CEN completó nuevamente la norma EN 13445-11:2024, sobre recipientes a presión no sometidos a llama. El CEN también revisó la norma EN 13445-5:2021, sobre recipientes a presión no sometidos a llama. Esto dio lugar a la adopción de la norma modificada EN 13445-5:2021+A1:2024. El CEN también revisó la norma EN 1591-1:2013, sobre bridas y sus uniones. Esto dio lugar a la adopción de la norma EN 1591-1:2024. El CEN revisó nuevamente la norma EN 16668:2016+A1:2018, sobre válvulas industriales. Esto dio lugar a la adopción de la norma EN 16668:2025. El CEN completó nuevamente la norma EN 1982:2024, sobre cobre y aleaciones de cobre. Por último, el CEN completó la norma EN ISO 4126-10:2024, sobre dispositivos de seguridad para la protección contra la presión excesiva.

(4)

La Comisión, junto con el CEN, ha evaluado si esas normas aplicables a los equipos a presión, tal y como han sido redactadas por el CEN, son conformes con la solicitud formulada en la Decisión de Ejecución C(2024) 1241.

(5)

Esas normas satisfacen los requisitos que pretenden cubrir y que se incluyen en el anexo I de la Directiva 2014/68/UE. Procede, por tanto, publicar las referencias de esas normas en el Diario Oficial de la Unión Europea.

(6)

En el anexo I de la Decisión de Ejecución (UE) 2025/165 de la Comisión (4) se enumeran las referencias de las normas armonizadas que confieren una presunción de conformidad con la Directiva 2014/68/UE. Con el fin de garantizar que las referencias de las normas armonizadas elaboradas en apoyo de la Directiva 2014/68/UE figuren en un único acto, deben incluirse en dicho anexo las referencias de las normas armonizadas EN 10216-2:2024, EN 10253-4:2025, EN 12163:2024, EN 12164:2024, EN 12166:2024, EN 12167:2024, EN 12168:2024, EN 12420:2024, EN 12735-2:2024, EN 13445-11:2024, EN 13445-5:2021+A1:2024, EN 1591-1:2024, EN 16668:2025, EN 1982:2024 y EN ISO 4126-10:2024.

(7)

Es necesario retirar de la serie L del Diario Oficial de la Unión Europea las referencias de las normas armonizadas EN 10216-2:2013, EN 10253-4:2008 y sus modificaciones, EN 12420:2014, EN 12735-2:2016, EN 13445-5:2021, EN 1591-1:2013, y EN 16668:2016+A1:2018, dado que han sido revisadas. Procede, por tanto, eliminar estas referencias del anexo I de la Decisión de Ejecución (UE) 2025/165.

(8)

A fin de que los fabricantes dispongan de tiempo suficiente para adaptar sus productos a las versiones revisadas de las normas armonizadas EN 10216-2:2013, EN 10253-4:2008 y sus modificaciones, EN 12420:2014, EN 12735-2:2016, EN 13445-5:2021, EN 1591-1:2013 y EN 16668:2016+A1:2018 es necesario aplazar la retirada de la referencia de dichas normas.

(9)

Procede, por tanto, modificar la Decisión de Ejecución (UE) 2025/165 en consecuencia.

(10)

El cumplimiento de una norma armonizada confiere la presunción de conformidad con los requisitos esenciales correspondientes establecidos en la legislación de armonización de la Unión a partir de la fecha de publicación de la referencia de esa norma en el Diario Oficial de la Unión Europea. Por consiguiente, la presente Decisión debe entrar en vigor el día de su publicación.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El anexo I de la Decisión de Ejecución (UE) 2025/165 se modifica de conformidad con el anexo de la presente Decisión.

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Los puntos 1, 3, 5, 7, 9, 11 y 13 del anexo de la presente Decisión serán aplicables a partir del 13 de julio de 2027.

Hecho en Bruselas, el 12 de enero de 2026.

Por la Comisión

La Presidenta

Ursula VON DER LEYEN

(1)   DO L 316 de 14.11.2012, p. 12, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2012/1025/oj.

(2)  Directiva 2014/68/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, relativa a la armonización de las legislaciones de los Estados miembros sobre la comercialización de equipos a presión (DO L 189 de 27.6.2014, p. 164, ELI: http://data.europa.eu/eli/dir/2014/68/oj).

(3)  Decisión de Ejecución C(2024) 1241 de la Comisión, de 1 de marzo de 2024, relativa a una solicitud de normalización dirigida al Comité Europeo de Normalización y al Comité Europeo de Normalización Electrotécnica en relación con los equipos a presión y conjuntos en apoyo de la Directiva 2014/68/UE del Parlamento Europeo y del Consejo.

(4)  Decisión de Ejecución (UE) 2025/165 de la Comisión, de 30 de enero de 2025, relativa a las normas armonizadas aplicables a los equipos a presión elaboradas en apoyo de la Directiva 2014/68/UE del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L, 2025/165, 31.1.2025, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec_impl/2025/165/oj).

ANEXO

El anexo I de la Decisión de Ejecución (UE) 2025/165 se modifica como sigue:

1) Se suprime la fila 21.

2) Se inserta la fila siguiente:

«21 bis.

EN 1591-1:2024

Bridas y sus uniones. Reglas de diseño de las uniones de bridas circulares con junta de estanquidad. Parte 1: Cálculo».

3) Se suprime la fila 53.

4) Se inserta la fila siguiente:

«53 bis.

EN 10216-2:2024

Tubos de acero sin soldadura para usos a presión. Condiciones técnicas de suministro. Parte 2: Tubos de acero aleado y no aleado con características especificadas a temperatura elevada».

5) Se suprime la fila 70.

6) Se inserta la fila siguiente:

«70 bis.

EN 10253-4:2025

Accesorios para tuberías soldados a tope. Parte 4: Aceros inoxidables forjados austeníticos y austeno-ferríticos con requisitos específicos de inspección».

7) Se suprime la fila 83.

8) Se inserta la fila siguiente:

«83 bis.

EN 12420:2024

Cobre y aleaciones de cobre. Piezas forjadas».

9) Se suprime la fila 93.

10) Se inserta la fila siguiente:

«93 bis.

EN 12735-2:2024

Cobre y aleaciones de cobre. Tubos redondos, sin soldadura, para aire acondicionado y refrigeración. Parte 2: Tubos para equipos».

11) Se suprime la fila 132.

12) Se inserta la fila siguiente:

«132 bis.

EN 13445-5:2021+A1:2024

Recipientes a presión no sometidos a llama. Parte 5: Inspección y control».

13) Se suprime la fila 187.

14) Se inserta la fila siguiente:

«187 bis.

EN 16668:2025

Válvulas industriales. Requisitos y ensayos para válvulas metálicas como accesorios a presión».

15) Se añaden las filas siguientes:

«196.

EN 12163:2024

Cobre y aleaciones de cobre. Barras para usos generales

197.

EN 12164:2024

Cobre y aleaciones de cobre. Barras para mecanizado

198.

EN 12166:2024

Cobre y aleaciones de cobre. Alambres para usos generales

199.

EN 12167:2024

Cobre y aleaciones de cobre. Perfiles y barras rectangulares para usos generales

200.

EN 12168:2024

Cobre y aleaciones de cobre. Barras huecas para mecanizado

201.

EN 13445-11:2024

Recipientes a presión no sometidos a llama. Parte 11: Requisitos adicionales para recipientes a presión de titanio y aleaciones de titanio.

202.

EN 1982:2024

Cobre y aleaciones de cobre. Lingotes y piezas moldeadas

203.

EN ISO 4126-10:2024

Dispositivos de seguridad para la protección contra la presión excesiva. Parte 10: Dimensionamiento de válvulas de seguridad y discos de ruptura para flujo bifásico gas/líquido».

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 12/01/2026
  • Fecha de publicación: 13/01/2026
  • Fecha de entrada en vigor: 13/01/2026
  • Aplicable los puntos 1, 3, 5, 7, 9, 11 y 13 del anexo desde el 13 de julio de 2027.
  • Permalink ELI EUR-Lex: https://data.europa.eu/eli/dec_impl/2026/79/spa
Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo I de la Decisión 2025/165, de 30 de enero (Ref. DOUE-L-2025-80176).
Materias
  • Aparatos y recipientes a presión
  • Comercialización
  • Marca de conformidad CE
  • Normalización
  • Seguridad industrial
  • Tuberías

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