Contido non dispoñible en galego
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 42, apartado 4, y su artículo 43, apartado 2,
Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,
Considerando lo siguiente:
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El 3 de julio de 2013, el Consejo adoptó la Decisión 2013/354/PESC (1), que prorrogaba la Misión de Policía de la Unión Europea para los Territorios Palestinos (EUPOL COPPS) a partir del 1 de julio de 2013.
El 25 de junio de 2024, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2024/1813 (2), que prorrogó el mandato de la EUPOL COPPS hasta el 30 de junio de 2025. |
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En sus Conclusiones de 20 de marzo de 2025, el Consejo Europeo reiteró que la Unión Europea mantiene su firme voluntad de encontrar una paz duradera y sostenible basada en la solución de dos Estados, y está dispuesta a contribuir a todas las iniciativas encaminadas a llegar a dicha solución, y pidió a todas las partes que se abstengan de emprender acciones que menoscabasen su viabilidad. El Consejo Europeo declaró además que la Unión seguirá trabajando a tal fin con sus socios regionales e internacionales y apoyando a la Autoridad Palestina y su programa de reformas. |
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El 30 de abril de 2025, en el contexto de la revisión estratégica coordinada de la EUPOL COPPS y de la Misión de asistencia fronteriza de la Unión Europea para el paso fronterizo de Rafah (EU BAM Rafah), el Comité Político y de Seguridad acordó que el mandato de las dos misiones debía prorrogarse hasta el 30 de junio de 2027. |
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Teniendo en cuenta la información facilitada por Israel y la Autoridad Palestina, la EUPOL COPPS debe prorrogarse por un año.
Por lo tanto, procede modificar la Decisión 2013/354/PESC en consecuencia.
La EUPOL COPPS se llevará a cabo en el contexto de una situación que puede deteriorarse y que podría obstaculizar el logro de los objetivos de la acción exterior de la Unión establecidos en el artículo 21 del Tratado. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
La Decisión 2013/354/PESC se modifica como sigue:
1) En el artículo 12, apartado 1, se añade el párrafo siguiente:
«El importe de referencia financiera destinado a cubrir los gastos asociados a la EUPOL COPPS durante el período comprendido entre el 1 de julio de 2025 y el 30 de junio de 2026 será de 13 315 915,25 EUR.».
2) En el artículo 15, el párrafo tercero se sustituye por el texto siguiente:
«Expirará el 30 de junio de 2026.».
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
Será aplicable a partir del 1 de julio de 2025.
Hecho en Bruselas, el 26 de junio de 2025.
Por el Consejo
El Presidente
A. SZŁAPKA
(1) Decisión 2013/354/PESC del Consejo, de 3 de julio de 2013, sobre la Misión de Policía de la Unión Europea para los Territorios Palestinos (EUPOL COPPS) (DO L 185 de 4.7.2013, p. 12, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2013/354/oj).
(2) Decisión (PESC) 2024/1813 del Consejo, de 25 de junio de 2024, por la que se modifica la Decisión 2013/354/PESC sobre la Misión de Policía de la Unión Europea para los Territorios Palestinos (EUPOL COPPS) (DO L, 2024/1813, 26.6.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2024/1813/oj).
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