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Documento DOUE-L-2024-81747

Decisión de Ejecución (UE) 2024/2924 de la Comisión, de 27 de noviembre de 2024, por la que se modifica la Decisión de Ejecución (UE) 2023/2895 de la Comisión en lo que respecta a la lista de islas y puertos a que se refiere el artículo 12, apartado 3 quinquies, de la Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo.

Publicado en:
«DOUE» núm. 2924, de 28 de noviembre de 2024, páginas 1 a 4 (4 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2024-81747

TEXTO ORIGINAL

 

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Vista la Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de octubre de 2003, por la que se establece un régimen para el comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero en la Unión y por la que se modifica la Directiva 96/61/CE del Consejo (1), y en particular su artículo 12, apartado 3 -quinquies,

Considerando lo siguiente:

(1)

Con el fin de garantizar la conectividad de determinadas islas, el artículo 12, apartado 3 -quinquies, de la Directiva 2003/87/CE establece una excepción temporal a la obligación de entregar derechos de emisión con respecto a determinados puertos situados en una isla sin conexión por carretera o ferrocarril con el continente y con una población de menos de 200 000 residentes permanentes.

(2)

El anexo I de la Decisión de Ejecución (UE) 2023/2895 de la Comisión (2) establece la lista de las islas y los puertos a que se refiere el artículo 12, apartado 3 -quinquies, párrafo segundo, de la Directiva 2003/87/CE.

(3)

Tras el inicio del período de notificación del año 2024, Dinamarca y Grecia presentaron solicitudes para incluir más puertos e islas en la lista de puertos acogidos a la excepción temporal del artículo 12, apartado 3 -quinquies, de la Directiva 2003/87/CE.

(4)

 

 

(5)

Con el fin de simplificar el seguimiento, la notificación y la verificación de las emisiones de gases de efecto invernadero y garantizar el funcionamiento eficaz del régimen de comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero en la Unión y la previsibilidad, la presente Decisión debe aplicarse a partir de la fecha de inicio del siguiente período de notificación.

 

Procede, por tanto, modificar la Decisión de Ejecución (UE) 2023/2895 en consecuencia.

 

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El anexo I de la Decisión de Ejecución (UE) 2023/2895 queda modificado como se establece en el anexo de la presente Decisión.

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor a los tres días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Será aplicable a partir del 1 de enero de 2025.

Hecho en Bruselas, el 27 de noviembre de 2024.

Por la Comisión

La Presidenta

Ursula VON DER LEYEN

(1)   DO L 275 de 25.10.2003, p. 32, ELI: http://data.europa.eu/eli/dir/2003/87/oj.

(2)  Decisión de Ejecución (UE) 2023/2895 de la Comisión, de 19 de diciembre de 2023, por la que se establecen la lista de islas y puertos a que se refiere el artículo 12, apartado 3 -quinquies, de la Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y la lista de contratos u obligaciones de servicio público transnacional a que se refiere el artículo 12, apartado 3 -quater, de dicha Directiva (DO L, 2023/2895, 22.12.2023, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec_impl/2023/2895/oj).

ANEXO

El cuadro del anexo I de la Decisión de Ejecución (UE) 2023/2895se modifica como sigue:

1)

En la sección relativa a Dinamarca, en las columnas segunda y tercera, se añade la fila siguiente:

NOMBRE DE LA ISLA

NOMBRE DEL PUERTO

«SAMSØ

SALVIG».

2)

La parte relativa a Grecia se modifica como sigue:

a)

la fila correspondiente a la isla de Angistri se sustituye por las filas siguientes:

NOMBRE DE LA ISLA

NOMBRE DEL PUERTO

«AGISTRI

SKALA AGISTRI

 

MEGALOCHORI AGISTRI».

b)

en la tercera columna, relativa a la isla de Ithaki, se añade la fila siguiente tras el puerto de Frikes:

NOMBRE DEL PUERTO

«ITHAKI (VATHY)».

c)

en la tercera columna, relativa a la isla de Karpathos, se añade la fila siguiente antes del puerto de Karpathos:

NOMBRE DEL PUERTO

«DIAFANI».

d)

en la tercera columna, relativa a la isla de Kefallonia, se añade la fila siguiente tras el puerto de Argostoli:

NOMBRE DEL PUERTO

«PESSADA».

e)

en la tercera columna, relativa a la isla de Kerkyra, se añade la fila siguiente antes del puerto de Lefkimi:

NOMBRE DEL PUERTO

«KERKYRA».

f)

en la tercera columna, relativa a la isla de Kos, se añade la fila siguiente tras el puerto de Kos:

NOMBRE DEL PUERTO

«KEFALOS».

g)

en la tercera columna, relativa a la isla de Lesvos, se añade la fila siguiente:

NOMBRE DEL PUERTO

«SIGRI».

h)

la fila correspondiente a la isla de Skopelos se sustituye por las filas siguientes:

NOMBRE DE LA ISLA

NOMBRE DEL PUERTO

«SKOPELOS

AGNONTAS

 

GLOSSA

 

SKOPELOS».

i)

en la tercera columna, relativa a la isla de Symi, se añade la fila siguiente antes del puerto de Symi:

NOMBRE DEL PUERTO

«PANORMITIS».

j)

después de la isla de Thira, se inserta la fila siguiente:

NOMBRE DE LA ISLA

NOMBRE DEL PUERTO

«THIRASIA

THIRASIA».

ANÁLISIS

Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo I de la Decisión 2023/2895, de 19 de diciembre (Ref. DOUE-L-2023-81925).
Materias
  • Buques
  • Contaminación atmosférica
  • Derechos de contaminación negociables
  • Dinamarca
  • Grecia
  • Puertos
  • Transporte de viajeros
  • Transportes marítimos

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