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Documento DOUE-L-2024-81719

Decisión (UE) 2024/2888 del Consejo, de 5 de noviembre de 2024, relativa a la celebración del Acuerdo entre la Unión Europea y el Reino de Noruega por el que se modifica el Acuerdo entre la Unión Europea y el Reino de Noruega en materia de cooperación administrativa, lucha contra el fraude y cobro de créditos en el ámbito del impuesto sobre el valor añadido.

Publicado en:
«DOUE» núm. 2888, de 19 de noviembre de 2024, páginas 1 a 2 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2024-81719

TEXTO ORIGINAL

 

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 113, en relación con su artículo 218, apartado 6, párrafo segundo, letra b),

Vista la propuesta de la Comisión Europea,

Visto el dictamen del Parlamento Europeo (1),

Considerando lo siguiente:

(1) El marco de cooperación en virtud del Acuerdo entre la Unión Europea y el Reino de Noruega en materia de cooperación administrativa, lucha contra el fraude y cobro de créditos en el ámbito del impuesto sobre el valor añadido (2) (en lo sucesivo, «Acuerdo de 2018») ha tenido resultados muy positivos.

(2) El Reglamento (UE) n.o 904/2010 del Consejo, modificado por el Reglamento (UE) 2018/1541 del Consejo (3), ha introducido nuevos instrumentos de cooperación administrativa en la legislación de la Unión.

(3) Por consiguiente, es preciso modificar el Acuerdo de 2018 para dotar a los Estados miembros de nuevos instrumentos de cooperación con Noruega.

(4) El Acuerdo entre la Unión Europea y el Reino de Noruega por el que se modifica el Acuerdo entre la Unión Europea y el Reino de Noruega en materia de cooperación administrativa, lucha contra el fraude y cobro de créditos en el ámbito del impuesto sobre el valor añadido (en lo sucesivo, «Acuerdo»), resultado de las negociaciones, refleja debidamente las directrices de negociación adoptadas por el Consejo.

(5) De conformidad con la Decisión (UE) 2024/767 del Consejo (4), el Acuerdo se firmó el 2 de octubre de 2024, a reserva de su celebración en una fecha posterior.

(6) Se ha consultado al Supervisor Europeo de Protección de Datos, de conformidad con el artículo 42, apartado 1, del Reglamento (UE) 2018/1725 del Parlamento Europeo y del Consejo (5).

(7) Procede aprobar el Acuerdo.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Queda aprobado, en nombre de la Unión, el Acuerdo entre la Unión Europea y el Reino de Noruega por el que se modifica el Acuerdo entre la Unión Europea y el Reino de Noruega en materia de cooperación administrativa, lucha contra el fraude y cobro de créditos en el ámbito del impuesto sobre el valor añadido (6) (en lo sucesivo, «Acuerdo»).

Artículo 2

El presidente del Consejo procederá, en nombre de la Unión, a la notificación prevista en el artículo 2 del Acuerdo (7).

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

Hecho en Bruselas, el 5 de noviembre de 2024.

Por el Consejo

El Presidente

VARGA M.

(1)  Dictamen de 10 de abril de 2024 (pendiente de publicación en el Diario Oficial).

(2)   DO L 195 de 1.8.2018, p. 3.

(3)  Reglamento (UE) 2018/1541 del Consejo, de 2 de octubre de 2018, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.o 904/2010 y (UE) 2017/2454 en lo que respecta a las medidas para reforzar la cooperación administrativa en el ámbito del impuesto sobre el valor añadido (DO L 259 de 16.10.2018, p. 1).

(4)  Decisión (UE) 2024/767, de 20 de febrero de 2024, del Consejo relativa a la firma, en nombre de la Unión, del Acuerdo entre la Unión Europea y el Reino de Noruega por el que se modifica el Acuerdo entre la Unión Europea y el Reino de Noruega en materia de cooperación administrativa, lucha contra el fraude y cobro de créditos en el ámbito del impuesto sobre el valor añadido (DO L, 2024/767, 28.2.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2024/767/oj).

(5)  Reglamento (UE) 2018/1725 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2018, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales por las instituciones, órganos y organismos de la Unión, y a la libre circulación de esos datos, y por el que se derogan el Reglamento (CE) n.o 45/2001 y la Decisión n.o 1247/2002/CE (DO L 295 de 21.11.2018, p. 39).

(6)  El texto del acuerdo está publicado en DO L, 2024/2889, 19.11.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/agree_internation/2024/2889/oj.

(7)  La Secretaría General del Consejo se encargará de publicar en el Diario Oficial de la Unión Europea la fecha de entrada en vigor del Acuerdo.

ANÁLISIS

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Referencias anteriores
Materias
  • Acuerdos internacionales
  • Cooperación internacional
  • Fraudes
  • Impuesto sobre el Valor Añadido
  • Información tributaria
  • Noruega
  • Unión Europea

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