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Documento DOUE-L-2024-81623

Corrección de errores del Reglamento (UE) 2024/2642 del Consejo, de 8 de octubre de 2024, por el que se adoptan medidas restrictivas habida cuenta de las actividades desestabilizadoras de Rusia.

Publicado en:
«DOUE» núm. 90665, de 31 de octubre de 2024, páginas 1 a 1 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2024-81623

TEXTO ORIGINAL

1)

En la página 3, en el artículo 2, apartado 3, letra a):

donde dice:

«a)

responsables de acciones o medidas del Estado de la Federación de Rusia que menoscaban o amenazan la democracia, el Estado de Derecho, la estabilidad o la seguridad en la Unión o en uno o varios de sus Estados miembros, o en una organización internacional, o en un tercer Estado o que menoscaban o amenazan la soberanía, o la independencia, en uno o varios de sus Estados miembros, o en un tercer Estado, mediante una de las acciones siguientes:»,

debe decir:

«a)

responsables de acciones o medidas del Gobierno de la Federación de Rusia que menoscaban o amenazan la democracia, el Estado de Derecho, la estabilidad o la seguridad en la Unión o en uno o varios de sus Estados miembros, o en una organización internacional, o en un tercer Estado o que menoscaban o amenazan la soberanía, o la independencia, de uno o varios de sus Estados miembros, o de un tercer Estado, o que las ejecuten, apoyen o se beneficien de ellas, mediante una de las acciones siguientes:».

2)

En la página 3, en el artículo 2, apartado 3, letra a), inciso v):

donde dice:

«v)

planificar, dirigir, emprender, directa o indirectamente, apoyar o facilitar de otro modo toda acción dirigida contra el funcionamiento de las instituciones democráticas, las actividades económicas o los servicios de interés público, incluida la entrada no autorizada en el territorio de un Estado miembro, incluido su espacio aéreo, o que tengan por objeto interferir, dañar o destruir las infraestructuras críticas, incluidas las infraestructuras submarinas»,

debe decir:

«v)

planificar, dirigir, emprender, directa o indirectamente, apoyar o facilitar de otro modo toda acción dirigida contra el funcionamiento de las instituciones democráticas, las actividades económicas o los servicios de interés público, incluida la entrada no autorizada en el territorio de un Estado miembro, incluido su espacio aéreo, o que tengan por objeto interferir, dañar o destruir, incluido a través del sabotaje o actividades informáticas malintencionadas, las infraestructuras críticas, incluidas las infraestructuras submarinas».

3)

En la página 4, en el artículo 3, apartado 1, letra a):

donde dice:

«a)

son necesarios para satisfacer las necesidades básicas de las personas físicas o jurídicas entidades u órganos enumeradas en el anexo y de los familiares a su cargo, incluido el pago de alimentos, alquileres o hipotecas, medicamentos y tratamientos médicos, impuestos, primas de seguros y tasas de servicios públicos;»,

debe decir:

«a)

son necesarios para satisfacer las necesidades básicas de las personas físicas o jurídicas entidades u órganos enumeradas en el anexo I y de los familiares a su cargo, incluido el pago de alimentos, alquileres o hipotecas, medicamentos y tratamientos médicos, impuestos, primas de seguros y tasas de servicios públicos;».

4)

En la página 4, en el artículo 4, apartado 1:

donde dice:

«1)   El artículo 2, apartados 1 y 2 no se aplicará a la prestación, procesamiento o pago de los fondos, otros activos financieros o recursos económicos o a la provisión de bienes y servicios que no sean necesarios para garantizar la entrega pronta de asistencia humanitaria o apoyen otras actividades que contribuyan a cumplir necesidades humanas básicas cuando dicha ayuda u otras actividades sean llevadas a cabo por:»

,

debe decir:

«1)   El artículo 2, apartados 1 y 2, no se aplicará a la prestación, procesamiento o pago de los fondos, otros activos financieros o recursos económicos o a la provisión de bienes y servicios que sean necesarios para garantizar la entrega pronta de asistencia humanitaria o apoyen otras actividades que contribuyan a cumplir necesidades humanas básicas cuando dicha ayuda u otras actividades sean llevadas a cabo por:».

ANÁLISIS

Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Reglamento 2024/2642, de 8 de octubre (Ref. DOUE-L-2024-81486).
Materias
  • Cuentas bloqueadas
  • Política Exterior y de Seguridad Común
  • Rusia
  • Sanciones

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