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Documento DOUE-L-2024-80670

Reglamento de Ejecución (UE) 2024/1311 de la Comisión, de 3 de mayo de 2024, por el que se inscribe un nombre en el registro de indicaciones geográficas de bebidas espirituosas (Trencianska borovicka JUNIPERUS/Trencianska borovicka JUNIPERIERS - TRENCÍN DISTILLERY).

Publicado en:
«DOUE» núm. 1311, de 8 de mayo de 2024, páginas 1 a 1 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2024-80670

TEXTO ORIGINAL

 

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) 2019/787 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de abril de 2019, sobre la definición, designación, presentación y etiquetado de las bebidas espirituosas, la utilización de los nombres de las bebidas espirituosas en la presentación y etiquetado de otros productos alimenticios, la protección de las indicaciones geográficas de las bebidas espirituosas y la utilización de alcohol etílico y destilados de origen agrícola en las bebidas alcohólicas, y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.o 110/2008 (1), y en particular su artículo 30, apartado 2,

Considerando lo siguiente:

(1)

De conformidad con el artículo 26, apartado 2, del Reglamento (UE) n.o 2019/787, la solicitud de registro del nombre «Trenčianska borovička “JUNIPERUS”/Trenčianska borovička “JUNIPERIERS” – TRENČÍN DISTILLERY» presentada por Eslovaquia ha sido publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea (2).

(2)

No se ha presentado a la Comisión ninguna notificación de oposición con arreglo al artículo 27, apartado 1, del Reglamento (UE) 2019/787.

(3)

Procede, por tanto, registrar el nombre «Trenčianska borovička “JUNIPERUS”/Trenčianska borovička “JUNIPERIERS” — TRENČÍN DISTILLERY» como indicación geográfica.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Queda inscrita la indicación geográfica «Trenčianska borovička “JUNIPERUS”/Trenčianska borovička “JUNIPERIERS” – TRENČÍN DISTILLERY». De conformidad con el artículo 30, apartado 4, del Reglamento (UE) 2019/787, el presente Reglamento concede a la indicación geográfica «Trenčianska borovička “JUNIPERUS”/Trenčianska borovička “JUNIPERIERS” — TRENČÍN DISTILLERY» la protección contemplada en el artículo 21 del Reglamento (UE) 2019/787.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 3 de mayo de 2024.

Por la Comisión,

en nombre de la Presidenta,

Janusz WOJCIECHOWSKI

Miembro de la Comisión

(1)   DO L 130 de 17.5.2019, p. 1. ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2019/787/oj

(2)   DO C, C/2023/1632, de 22.12.2023, ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2023/1632/oj .

ANÁLISIS

Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el Reglamento 2019/787, de 17 de abril (Ref. DOUE-L-2019-80823).
Materias
  • Bebidas alcohólicas
  • Denominaciones de origen
  • Eslovaquia

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