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Documento DOUE-L-2023-81682

Reglamento Delegado (UE) 2023/2639 de la Comisión, de 19 de septiembre de 2023, que modifica el Reglamento Delegado (UE) 2022/2202 por el que se completa el Reglamento (UE) 2021/1153 del Parlamento Europeo y del Consejo mediante el establecimiento de una lista de proyectos transfronterizos seleccionados en el ámbito de las energías renovables.

Publicado en:
«DOUE» núm. 2639, de 27 de noviembre de 2023, páginas 1 a 2 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2023-81682

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, Visto el Reglamento (UE) 2021/1153 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de julio de 2021, por el que se establece el Mecanismo «Conectar Europa» y se derogan los Reglamentos (UE) n.o 1316/2013 y (UE) n.o 283/2014 ( 1 ), y en particular su artículo 7, apartado 1, y su artículo 25, apartado 1, letra b),

Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento (UE) 2021/1153 estableció una categoría de proyectos transfronterizos en el ámbito de las energías renovables («proyectos transfronterizos de energías renovables») que contribuyan a la descarbonización, a la realización del mercado interior de la energía y a la mejora de la seguridad del suministro. Estos proyectos se establecen mediante un acuerdo de cooperación entre dos o más Estados miembros o entre uno o varios Estados miembros y uno o varios terceros países, tal como se establece en los artículos 8, 9, 11 y 13 de la Directiva (UE) 2018/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo ( 2 ).

(2) La selección de estos proyectos está sujeta a los criterios generales y procedimientos establecidos en el Reglamento (UE) 2021/1153 y que se detallan en el Reglamento Delegado (UE) 2022/342 de la Comisión ( 3 ).

(3) Los proyectos transfronterizos de energías renovables se seleccionan e incluyen en una lista específica, adoptada por la Comisión mediante un acto delegado. La primera lista fue adoptada mediante el Reglamento Delegado (UE) 2022/2202 de la Comisión ( 4 ). La inclusión de los proyectos los hace aptos para solicitar financiación en el marco del Mecanismo «Conectar Europa». Además, su inclusión en la lista les aporta beneficios en términos de mayor visibilidad.

(4) Los nuevos proyectos transfronterizos de energías renovables incluidos en la lista actualizada se seleccionaron a raíz de una convocatoria de propuestas que se publicó el 10 de enero de 2023 y se cerró el 3 de mayo de 2023. Los proyectos presentados fueron evaluados por expertos externos y por expertos de la Agencia Ejecutiva Europea de Clima, Infraestructuras y Medio Ambiente y la Comisión Europea.

(5) La Comisión comunicó los resultados de la evaluación al Grupo de Expertos sobre la preparación y elaboración del acto delegado que completa el Mecanismo «Conectar Europa» en lo que respecta a los criterios y el proceso de identificación de los proyectos transfronterizos en el ámbito de las energías renovables. Tras el acuerdo del Grupo de Expertos sobre una lista de proyectos transfronterizos de energías renovables, la Comisión adopta la lista definitiva.

(6) La lista de proyectos transfronterizos de energías renovables contiene proyectos que contribuyen a la explotación rentable de las energías renovables en el sector de la electricidad y se ejecutarán a través de diferentes tecnologías renovables, incluida la energía eólica marina y terrestre.

(7) La inclusión de proyectos en la lista de proyectos transfronterizos de energías renovables se entiende sin perjuicio de su conformidad con el Derecho de la Unión aplicable, en particular con el resultado de los procedimientos pertinentes de evaluación medioambiental y de autorización.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El artículo 1 del Reglamento Delegado (UE) 2022/2202 se sustituye por el texto siguiente:

«La lista de proyectos transfronterizos en el ámbito de las energías renovables seleccionados de conformidad con la parte IV, punto 4, letra g), del anexo del Reglamento (UE) 2021/1153 será la siguiente:

Número de proyecto

Nombre del proyecto

Promotores del proyecto

Países participantes

2022-05

ELWIND — Proyecto conjunto estonio-letón de energía eólica marina híbrida

Ministerio de Asuntos Económicos y Comunicaciones de Estonia; Ministerio de Economía de Letonia

Estonia y Letonia

2022-07

CEO — Alianza transfronteriza europea de la cadena de valor del hidrógeno verde

EON.SE; ENEL Green Power Spa; IBERDROLA CLIENTES S.A.U.

Alemania, España, Italia y los Países Bajos

2022-10

Calefacción urbana climáticamente neutra en la ciudad europea de Goerlitz-Zgorzelec

Stadtwerke Görlitz AG; SEC Zgorzelec Sp. z o.o.

Alemania y Polonia

2023-2

ULP-RES WP

Utilitas Wind SIA; Utilitas Wind OÜ

Letonia y Estonia

2023-3

SLOWP

Utilitas Wind OÜ

Luxemburgo y Estonia»

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 19 de septiembre de 2023.

Por la Comisión

La Presidenta

Ursula VON DER LEYEN

( 1 ) DO L 249 de 14.7.2021, p. 38.

( 2 ) Directiva (UE) 2018/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2018, relativa al fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables (DO L 328 de 21.12.2018, p. 82).

( 3 ) Reglamento Delegado (UE) 2022/342 de la Comisión, de 21 de diciembre de 2021, por el que se completa el Reglamento (UE) 2021/1153 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a los criterios de selección específicos y los detalles del proceso de selección de proyectos transfronterizos en el ámbito de las energías renovables (DO L 62 de 1.3.2022, p. 1).

( 4 ) Reglamento Delegado (UE) 2022/2202 de la Comisión, de 29 de agosto de 2022, por el que se completa el Reglamento (UE) 2021/1153 del Parlamento Europeo y del Consejo mediante el establecimiento de una lista de proyectos transfronterizos seleccionados en el ámbito de las energías renovables (DO L 293 de 14.11.2022, p. 1).

 

ANÁLISIS

Referencias anteriores
  • SUSTITUYE el art. 1 del Reglamento 2022/2202, de 29 de agosto (Ref. DOUE-L-2022-81653).
Materias
  • Cooperación internacional
  • Energía eólica
  • Política energética
  • Políticas de medio ambiente

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