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LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) 2021/1153 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de julio de 2021, por el que se establece el Mecanismo «Conectar Europa» y se derogan los Reglamentos (UE) n.o 1316/2013 y (UE) n.o 283/2014 (1), y en particular su artículo 25, apartado 1, letra b),
Considerando lo siguiente:
(1) |
El Reglamento (UE) 2021/1153 prevé el apoyo de la Unión a proyectos transfronterizos en el ámbito de las energías renovables («proyectos transfronterizos de energías renovables») seleccionados que contribuyan a la descarbonización, a la realización del mercado interior de la energía y a la mejora de la seguridad del suministro. |
(2) |
La selección de estos proyectos está sujeta a los criterios generales y procedimientos establecidos en el Reglamento (UE) 2021/1153 y que se detallan en el Reglamento Delegado (UE) 2022/342 de la Comisión (2). |
(3) |
La selección de proyectos los hace aptos para solicitar financiación con cargo al Mecanismo «Conectar Europa». Además, la inclusión en la lista de proyectos seleccionados les aporta beneficios en términos de mayor visibilidad. |
(4) |
El 4 de marzo de 2022 se publicó una convocatoria de propuestas para la presentación de proyectos transfronterizos de energías renovables, que se cerró el 10 de mayo de 2022. Los proyectos que se presentaron fueron evaluados por expertos externos y por expertos de la Comisión y de la Agencia Ejecutiva Europea de Clima, Infraestructuras y Medio Ambiente. |
(5) |
El proyecto de lista de proyectos seleccionables fue aprobado por el grupo para proyectos transfronterizos en el ámbito de las energías renovables previsto en la parte IV, punto 4, letra b), del anexo del Reglamento (UE) 2021/1153. La lista de proyectos seleccionados contiene proyectos que contribuyen a la explotación rentable de las energías renovables en los sectores de la electricidad y la calefacción y que se ejecutarán a través de diferentes tecnologías renovables, en particular la energía eólica marina y terrestre y la energía solar fotovoltaica, así como a través de soluciones tecnológicas innovadoras como la producción de hidrógeno y amoníaco. |
(6) |
La inclusión de proyectos en la lista de proyectos transfronterizos de energías renovables se entiende sin perjuicio de su conformidad con el Derecho de la Unión aplicable, en particular con el resultado de los procedimientos pertinentes de evaluación medioambiental y de autorización. |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
La lista de proyectos transfronterizos en el ámbito de las energías renovables seleccionados de conformidad con la parte IV, punto 4, letra g), del anexo del Reglamento (UE) 2021/1153 será la siguiente:
Número de proyecto |
Nombre del proyecto |
Promotores del proyecto |
Países participantes |
2022-05 |
ELWIND — Proyecto conjunto estonio-letón de energía eólica marina híbrida |
Ministerio de Asuntos Económicos y Comunicaciones de Estonia; Ministerio de Economía de Letonia |
Estonia y Letonia |
2022-07 |
CEO — Alianza transfronteriza europea de la cadena de valor del hidrógeno verde |
EON.SE; ENEL Green Power Spa; IBERDROLA CLIENTES S.A.U. |
Alemania, España, Italia y los Países Bajos |
2022-10 |
Calefacción urbana climáticamente neutra en la ciudad europea de Goerlitz-Zgorzelec |
Stadtwerke Görlitz AG; SEC Zgorzelec Sp. z o.o. |
Alemania y Polonia |
El presente Reglamento entrará en vigor a los tres días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 29 de agosto de 2022.
Por la Comisión
La Presidenta
Ursula VON DER LEYEN
(1) DO L 249 de 14.7.2021, p. 38.
(2) Reglamento Delegado (UE) 2022/342 de la Comisión, de 21 de diciembre de 2021, por el que se completa el Reglamento (UE) 2021/1153 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a los criterios de selección específicos y los detalles del proceso de selección de proyectos transfronterizos en el ámbito de las energías renovables (DO L 62 de 1.3.2022, p. 1).
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