Está Vd. en

Documento DOUE-L-2023-80312

Decisión de Ejecución (UE) 2023/458 de la Comisión de 1 de marzo de 2023 relativa a la no aprobación de determinadas sustancias activas para su uso en biocidas de conformidad con el Reglamento (UE) nº 528/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Publicado en:
«DOUE» núm. 67, de 3 de marzo de 2023, páginas 51 a 53 (3 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2023-80312

TEXTO ORIGINAL

 

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n.o 528/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de mayo de 2012, relativo a la comercialización y el uso de los biocidas (1), y en particular su artículo 89, apartado 1, párrafo tercero,

Considerando lo siguiente:

(1)

 

 

(2)

El Reglamento Delegado (UE) n.o 1062/2014 de la Comisión (2) establece en su anexo II una lista de las combinaciones de sustancia activa y tipo de producto (biocida) incluidas en el programa de revisión de las sustancias activas existentes contenidas en los biocidas.

 

En el caso de varias combinaciones de sustancia activa y tipo de biocida incluidas en dicha lista, todos los participantes se han retirado, o se considera que se han retirado, dentro de plazo.

(3)

De conformidad con el artículo 14, apartado 1, del Reglamento Delegado (UE) n.o 1062/2014, la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas publicó una invitación abierta para el relevo en la función de participante en relación con las combinaciones de sustancia activa y tipo de biocida respecto de las cuales no se había asumido previamente la función de participante. Para esas combinaciones no se ha presentado ninguna notificación a la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas en el plazo previsto en el artículo 14, apartado 2, del Reglamento Delegado (UE) n.o 1062/2014. Por consiguiente, esas combinaciones de sustancia activa y tipo de biocida, de conformidad con el artículo 20, párrafo primero, letra b), del Reglamento Delegado (UE) n.o 1062/2014, no deben aprobarse para su uso en biocidas.

(4)

Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité Permanente de Biocidas.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

No se aprueban las sustancias activas que figuran en el anexo para los tipos de producto indicados en el mismo.

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 1 de marzo de 2023.

Por la Comisión

La Presidenta

Ursula VON DER LEYEN

(1)  DO L 167 de 27.6.2012, p. 1.

(2)  Reglamento Delegado (UE) n.o 1062/2014 de la Comisión, de 4 de agosto de 2014, relativo al programa de trabajo para el examen sistemático de todas las sustancias activas existentes contenidas en los biocidas que se mencionan en el Reglamento (UE) n.o 528/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 294 de 10.10.2014, p. 1).

ANEXO

Combinaciones de sustancia activa y tipo de biocida no aprobadas:

Número de entrada en el anexo II del Reglamento (UE) n.o 1062/2014

Nombre de la sustancia

Estado miembro ponente

Número CE

Número CAS

Tipo o tipos de producto

1022

Pentahidroxicloruro de dialuminio

NL

234-933-1

12042-91-0

2

691

N-(hidroximetil)glicinato de sodio

AT

274-357-8

70161-44-3

6

459

Masa de reacción de dióxido de titanio y cloruro de plata

SE

No disponible

No disponible

1, 2, 6, 7, 9, 10, 11

531

(Benciloxi)metanol

AT

238-588-8

14548-60-8

13

1016

Cloruro de plata

SE

232-033-3

7783-90-6

1

444

7a-Etildihidro-1H,3H,5H-oxazolo[3,4-c]oxazol (EDHO)

PL

231-810-4

7747-35-5

6, 13

797

Cloruro de cis-1-(3-cloroalil)-3,5,7-triaza-1-azoniaadamantano (cis-CTAC)

PL

426-020-3

51229-78-8

6, 13

368

3-Cloroalilocloruro de metenamina (CTAC)

PL

223-805-0

4080-31-3

6, 12, 13

ANÁLISIS

Referencias anteriores
Materias
  • Autorizaciones
  • Comercialización
  • Plaguicidas
  • Sustancias peligrosas

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid