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Documento DOUE-L-2022-81908

Decisión (PESC) 2022/2507 del Consejo de 19 de diciembre de 2022 por la que se modifica la Decisión 2010/452/PESC sobre la Misión de Observación de la Unión Europea en Georgia (EUMM Georgia).

Publicado en:
«DOUE» núm. 325, de 20 de diciembre de 2022, páginas 110 a 111 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2022-81908

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 42, apartado 4, y su artículo 43, apartado 2,

Vista la propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1)

El 12 de agosto de 2010, el Consejo adoptó la Decisión 2010/452/PESC (1), por la que se prorrogaba la Misión de Observación de la Unión Europea en Georgia (en lo sucesivo, «EUMM Georgia»), establecida por la Acción Común 2008/736/PESC del Consejo (2).

(2)

El 17 de octubre de 2022, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2022/1970 (3), que prevé el despliegue en Armenia de expertos de la UE pertenecientes a la EUMM Georgia hasta el 19 de diciembre de 2022.

(3)

El 25 de noviembre de 2022, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2022/2318 (4), por la que se prorrogaba la EUMM Georgia hasta el 14 de diciembre de 2024.

(4)

Una evaluación estratégica de la tarea, introducida mediante la Decisión (PESC) 2022/1970, condujo al Comité Político y de Seguridad a la conclusión de que, a partir del 20 de diciembre de 2022, la EUMM Georgia debía desplegar temporalmente un equipo en Armenia que permitiese a la Unión conocer mejor la situación en materia de seguridad, a fin de contribuir a la planificación y preparación de una posible misión civil en el marco de la política común de seguridad y defensa (PCSD) en Armenia.

(5)

Procede modificar en consecuencia la Decisión 2010/452/PESC.

(6)

La EUMM Georgia se llevará a cabo en el contexto de una situación que puede deteriorarse y que podría impedir que se alcancen los objetivos de la acción exterior de la Unión, tal como figuran en el artículo 21 del Tratado.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

En la Decisión 2010/452/PESC, el artículo 3 bis se sustituye por el texto siguiente:

«Artículo 3 bis

La EUMM Georgia desplegará un equipo en Armenia que permita a la Unión conocer mejor la situación en materia de seguridad, a fin de contribuir a la planificación y preparación de una posible misión civil de la PCSD en Armenia.

Esta tarea concluirá cuando así lo decida el Consejo.».

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

Será aplicable a partir del 20 de diciembre de 2022.

Hecho en Bruselas, el 19 de diciembre de 2022.

Por el Consejo

El Presidente

J. SÍKELA

 

 

(1)  Decisión 2010/452/PESC del Consejo, de 12 de agosto de 2010, sobre la Misión de Observación de la Unión Europea en Georgia (EUMM Georgia) (DO L 213 de 13.8.2010, p. 43).

(2)  Acción Común 2008/736/PESC del Consejo, de 15 de septiembre de 2008, sobre la Misión de Observación de la Unión Europea en Georgia (EUMM Georgia) (DO L 248 de 17.9.2008, p. 26).

(3)  Decisión (PESC) 2022/1970 del Consejo, de 17 de octubre de 2022, por la que se modifica la Decisión 2010/452/PESC sobre la Misión de Observación de la Unión Europea en Georgia (EUMM Georgia) (DO L 270 de 18.10.2022, p. 93).

(4)  Decisión (PESC) 2022/2318 del Consejo, de 25 de noviembre de 2022, por la que se modifica la Decisión 2010/452/PESC sobre la Misión de Observación de la Unión Europea en Georgia (EUMM Georgia) (DO L 307 de 28.11.2022, p. 133).

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 19/12/2022
  • Fecha de publicación: 20/12/2022
  • Fecha de entrada en vigor: 19/12/2022
  • Aplicable desde el 20 de diciembre de 2022.
  • Permalink ELI EUR-Lex: https://data.europa.eu/eli/dec/2022/2507/spa
Referencias anteriores
  • SUSTITUYE el art. 3 bis a la Decisión 2010/452, de 12 de agosto (Ref. DOUE-L-2010-81456).
Materias
  • Armenia
  • Cooperación internacional
  • Pacificación
  • Política Exterior y de Seguridad Común

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