EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 42, apartado 4, y su artículo 43, apartado 2,
Vista la propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,
Considerando lo siguiente:
(1) |
El 12 de agosto de 2010, el Consejo adoptó la Decisión 2010/452/PESC (1), por la que se prorrogaba la Misión de Observación de la Unión Europea en Georgia (en lo sucesivo, «EUMM Georgia»), establecida por la Acción Común 2008/736/PESC del Consejo (2). |
(2) |
El 17 de octubre de 2022, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2022/1970 (3), que prevé el despliegue en Armenia de expertos de la UE pertenecientes a la EUMM Georgia hasta el 19 de diciembre de 2022. |
(3) |
El 25 de noviembre de 2022, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2022/2318 (4), por la que se prorrogaba la EUMM Georgia hasta el 14 de diciembre de 2024. |
(4) |
Una evaluación estratégica de la tarea, introducida mediante la Decisión (PESC) 2022/1970, condujo al Comité Político y de Seguridad a la conclusión de que, a partir del 20 de diciembre de 2022, la EUMM Georgia debía desplegar temporalmente un equipo en Armenia que permitiese a la Unión conocer mejor la situación en materia de seguridad, a fin de contribuir a la planificación y preparación de una posible misión civil en el marco de la política común de seguridad y defensa (PCSD) en Armenia. |
(5) |
Procede modificar en consecuencia la Decisión 2010/452/PESC. |
(6) |
La EUMM Georgia se llevará a cabo en el contexto de una situación que puede deteriorarse y que podría impedir que se alcancen los objetivos de la acción exterior de la Unión, tal como figuran en el artículo 21 del Tratado. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
En la Decisión 2010/452/PESC, el artículo 3 bis se sustituye por el texto siguiente:
«Artículo 3 bis
La EUMM Georgia desplegará un equipo en Armenia que permita a la Unión conocer mejor la situación en materia de seguridad, a fin de contribuir a la planificación y preparación de una posible misión civil de la PCSD en Armenia.
Esta tarea concluirá cuando así lo decida el Consejo.».
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
Será aplicable a partir del 20 de diciembre de 2022.
Hecho en Bruselas, el 19 de diciembre de 2022.
Por el Consejo
El Presidente
J. SÍKELA
(1) Decisión 2010/452/PESC del Consejo, de 12 de agosto de 2010, sobre la Misión de Observación de la Unión Europea en Georgia (EUMM Georgia) (DO L 213 de 13.8.2010, p. 43).
(2) Acción Común 2008/736/PESC del Consejo, de 15 de septiembre de 2008, sobre la Misión de Observación de la Unión Europea en Georgia (EUMM Georgia) (DO L 248 de 17.9.2008, p. 26).
(3) Decisión (PESC) 2022/1970 del Consejo, de 17 de octubre de 2022, por la que se modifica la Decisión 2010/452/PESC sobre la Misión de Observación de la Unión Europea en Georgia (EUMM Georgia) (DO L 270 de 18.10.2022, p. 93).
(4) Decisión (PESC) 2022/2318 del Consejo, de 25 de noviembre de 2022, por la que se modifica la Decisión 2010/452/PESC sobre la Misión de Observación de la Unión Europea en Georgia (EUMM Georgia) (DO L 307 de 28.11.2022, p. 133).
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