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Documento DOUE-L-2021-81018

Decisión de Ejecución (UE) 2021/1211 de la Comisión de 22 de julio de 2021 que modifica la Decisión de Ejecución (UE) 2016/2323, por la que se establece la lista europea de instalaciones de reciclado de buques con arreglo al Reglamento (UE) nº 1257/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Publicado en:
«DOUE» núm. 263, de 23 de julio de 2021, páginas 13 a 31 (19 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2021-81018

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n.o 1257/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de noviembre de 2013, relativo al reciclado de buques y por el que se modifican el Reglamento (CE) n.o 1013/2006 y la Directiva 2009/16/CE (1), y en particular su artículo 16,

Considerando lo siguiente:

(1)

El artículo 6, apartado 2, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013 exige a los propietarios de buques que garanticen que los buques destinados a ser reciclados solo se reciclen en instalaciones de reciclado de buques que figuren en la lista europea de tales instalaciones publicada con arreglo a lo dispuesto en el artículo 16 de dicho Reglamento.

(2)

La lista europea figura en la Decisión de Ejecución (UE) 2016/2323 de la Comisión (2).

(3)

Los Países Bajos han informado a la Comisión de que la autoridad competente ha autorizado, de conformidad con el artículo 14 del Reglamento (UE) n.o 1257/2013, una instalación de reciclado de buques (3) situada en su territorio. El país ha facilitado a la Comisión toda la información pertinente para incluir esa instalación en la lista europea. Por consiguiente, debe actualizarse dicha lista en consecuencia.

(4)

España ha informado a la Comisión de que la autoridad competente ha autorizado, de conformidad con el artículo 14 del Reglamento (UE) n.o 1257/2013, una instalación de reciclado de buques (4) situada en su territorio. El país ha facilitado a la Comisión toda la información pertinente para incluir esa instalación en la lista europea. Por consiguiente, debe actualizarse dicha lista en consecuencia.

(5)

Noruega ha informado a la Comisión de que la autoridad competente ha autorizado, de conformidad con el artículo 14 del Reglamento (UE) n.o 1257/2013, una instalación de reciclado de buques (5) situada en su territorio. El país ha facilitado a la Comisión toda la información pertinente para incluir esa instalación en la lista europea. Por consiguiente, debe actualizarse dicha lista en consecuencia.

(6)

El 26 de noviembre de 2020, expiró la autorización de una instalación de reciclado de buques situada en Portugal (6). La Comisión ha recibido información de ese país según la cual, antes de su expiración, se había renovado la autorización concedida a esa instalación para llevar a cabo actividades de reciclado de buques, de conformidad con el artículo 14 del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Procede, por tanto, actualizar la fecha de expiración de la inclusión de esa instalación en la lista europea.

(7)

El 15 de febrero de 2021, expiró la autorización de una instalación de reciclado de buques situada en Estonia (7). La Comisión ha recibido información de ese país según la cual, antes de su expiración, se había renovado la autorización concedida a esa instalación para llevar a cabo actividades de reciclado de buques, de acuerdo con el artículo 14 del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Procede, por tanto, actualizar la fecha de expiración de la inclusión de esa instalación en la lista europea.

(8)

La autorización de dos instalaciones de reciclado de buques situadas en Dinamarca (8) expiraba el 30 de junio de 2021 y el 15 de septiembre de 2021, respectivamente. La Comisión ha recibido información de ese país según la cual, antes de su expiración, se había renovado la autorización concedida a esas instalaciones para llevar a cabo actividades de reciclado de buques, de acuerdo con el artículo 14 del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Procede, por tanto, actualizar la fecha de expiración de la inclusión de esas instalaciones en la lista europea.

(9)

La autorización de dos instalaciones de reciclado de buques situadas en Países Bajos (9) expiraba el 21 de julio de 2021 y el 27 de septiembre de 2021, respectivamente. La Comisión ha recibido información de ese país según la cual, antes de su expiración, se había renovado la autorización concedida a esa instalación para llevar a cabo actividades de reciclado de buques, de acuerdo con el artículo 14 del Reglamento (UE) n.o 1257/2013. Procede, por tanto, actualizar la fecha de expiración de la inclusión de esas instalaciones en la lista europea.

(10)

La inclusión de dos instalaciones de reciclado de buques situadas en el Reino Unido (10) expiró el 31 de diciembre de 2020, fecha en la que concluyó el período transitorio previsto en el Acuerdo sobre la retirada del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte de la Unión Europea y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica. Debe actualizarse, por tanto, la lista europea para suprimir estas instalaciones.

(11)

Francia y Noruega han informado a la Comisión de los cambios en el nombre y los datos de contacto de sendas instalaciones de reciclado de buques (11) situadas en cada uno de esos países. La lista europea debe, pues, modificarse en consecuencia.

(12)

España ha informado a la Comisión de los cambios y actualizaciones de la información relativa a una instalación de reciclado de buques (12) situada en su territorio. Se trata de los datos de contacto de la instalación en cuestión, el método de reciclado aplicado, el tamaño de los buques que pueden reciclarse y la capacidad máxima anual de reciclado de buques alcanzada en dicha instalación. La lista europea debe, pues, modificarse en consecuencia.

(13)

La Comisión ha recibido información actualizada sobre las limitaciones y condiciones en las que operan las instalaciones de reciclado de buques en Turquía, en particular en lo que a la gestión de residuos peligrosos se refiere. La Asociación de Reciclado de Buques de Turquía (SRAT) ya no participa en la gestión y manipulación de residuos peligrosos. Además, la Comisión ha recibido más detalles sobre el procedimiento contemplado en el artículo 7, apartado 3, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013, para la aprobación de un plan de reciclado de buques en Turquía. La lista europea debe, pues, modificarse en consecuencia.

(14)

Se ha informado a la Comisión de los cambios en el nombre y los datos de contacto de una instalación de reciclado de buques (13) situada en Turquía. La lista europea debe, pues, modificarse en consecuencia.

(15)

 

(16)

Procede, por tanto, modificar la Decisión de Ejecución (UE) 2016/2323 en consecuencia.

 

Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité establecido por el artículo 25 del Reglamento (UE) n.o 1257/2013.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El anexo de la Decisión de Ejecución (UE) 2016/2323 se sustituye por el texto del anexo de la presente Decisión.

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 22 de julio de 2021.

Por la Comisión

La Presidenta

Ursula VON DER LEYEN

 

 

(1)  DO L 330 de 10.12.2013, p. 1.

(2)  Decisión de Ejecución (UE) 2016/2323 de la Comisión, de 19 de diciembre de 2016, por la que se establece la lista europea de instalaciones de reciclado de buques con arreglo al Reglamento (UE) n.° 1257/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo al reciclado de buques (DO L 345 de 20.12.2016, p. 119).

(3)  «Hoondert Services & Decommissioning B.V.».

(4)  «DESGUACE INDUSTRIAL Y NAVAL, S.L.U. (DINA)».

(5)  «Green Yard Kleven AS».

(6)  «Navalria — Docas, Construções e Reparações Navais».

(7)  «BLRT Refonda Baltic OÜ».

(8)  «Fornæs ApS» y «Smedegaarden A/S».

(9)  «Damen Verolme Rotterdam B.V.» y «Scheepssloperij Nederland B.V.».

(10)  «Able UK Limited» y «Dales Marine Services Ltd».

(11)  «Les recycleurs Bretons» (Francia) y «Kvaerner AS» (Noruega).

(12)  «DDR VESSELS XXI, SL.».

(13)  «Isiksan Gemi Sokum Pazarlama Ve Tic. Ltd. Sti.».

ANEXO
»ANEXO

Lista europea de instalaciones de reciclado de buques contemplada en el artículo 16 del Reglamento (UE) n.o 1257/2013

PARTE A

Instalaciones de reciclado de buques situadas en un Estado miembro

Nombre de la instalación

Método de reciclado

Tipo y tamaño de los buques que pueden reciclarse

Limitaciones y condiciones que rigen el funcionamiento de la instalación, incluida la gestión de residuos peligrosos

Información sobre el procedimiento, expreso o tácito, de aprobación del plan de reciclado por las autoridades competentes (1)

Capacidad máxima anual de reciclado, calculada como la suma del peso de los buques, expresado en LDT, que se ha reciclado en la instalación en un año determinado (2)

Fecha de expiración de la inclusión en la lista europea (3)

BÉLGICA

NV Galloo Recycling Ghent

Scheepszatestraat 9

9000 Gent

Bélgica

Tel.: +32 92512521

Correo electrónico: peter.wyntin@galloo.com

Atraque en muelle (embarcadero), rampa

Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013.

Dimensiones máximas del buque:

Eslora: 265 metros

Manga: 37 metros

Calado: 12,5 m

 

Aprobación tácita, con un período máximo de revisión de 30 días

34 000  (4)

31 de marzo de 2025

DINAMARCA

FAYARD A/S

Kystvejen 100

DK-5330 Munkebo

Dinamarca

www.fayard.dk

Tel.: +45 75920000

Correo electrónico: fayard@fayard.dk

Dique seco

Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013.

Dimensiones máximas del buque:

Eslora: 415 metros

Manga: 90 metros

Calado: 7,8 metros

La instalación de reciclado de buques está regulada conforme a la legislación aplicable y las condiciones previstas en el permiso ambiental de 7 de noviembre de 2018 expedido por el municipio de Kerteminde. En el permiso ambiental se prevén las condiciones relativas a las horas de funcionamiento, condiciones de funcionamiento especiales, condiciones de manipulación y almacenamiento de los residuos, y la condición de que las actividades tengan lugar en un dique seco.

Aprobación tácita, con un período máximo de revisión de 14 días

0 (5)

7 de noviembre de 2023

Fornæs ApS

Rolshøjvej 12-16

8500 Grenaa

Dinamarca

www.fornaes.com

Tel.: +45 86326393

Correo electrónico: recycling@fornaes.dk

Atraque en muelle, dique seco

Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013.

Dimensiones máximas del buque:

Eslora: 150 metros

Manga: 25 metros

Calado: 7 metros

Toneladas de arqueo bruto: 10 000

El municipio de Norddjurs tiene derecho a asignar los residuos peligrosos a instalaciones receptoras autorizadas desde el punto de vista ambiental.

Aprobación tácita, con un período máximo de revisión de 14 días

30 000  (6)

12 de mayo de 2026

Jatob ApS

Langerak 12

9900 Frederikshavn

Dinamarca

www.jatob.dk

Tel.: +45 86681689

Correo electrónico: post@jatob.dk mathias@jatob.dk

Atraque en muelle, grada

Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013.

Dimensiones máximas del buque:

Eslora: 150 metros

Manga: 30 metros

Calado: 6 metros

La manipulación y el almacenamiento de las fracciones de residuos están sujetos a una autorización medioambiental. Los residuos peligrosos pueden quedar almacenados de forma provisional en la instalación durante un período máximo de un año.

Aprobación tácita, con un período máximo de revisión de 14 días

13 000  (7)

9 de marzo de 2025

Modern American Recycling Services Europe (M.A.R.S)

Sandholm 60

9900 Frederikshavn

Dinamarca

www.modernamericanrecyclingservices.com/

Correo electrónico: kim@mars-eu.dk

Grada

Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013.

Dimensiones máximas del buque:

Eslora: 290 metros Manga: 90 metros Calado: 14 metros

Las condiciones que rigen el funcionamiento de la instalación figuran en el permiso ambiental, de 9 de marzo de 2018, expedido por el municipio de Frederikshavn.

El municipio de Frederikshavn tiene derecho a asignar los residuos peligrosos a instalaciones receptoras autorizadas desde el punto de vista ambiental.

La instalación no puede almacenar residuos peligrosos durante más de un año.

Aprobación tácita, con un período máximo de revisión de 14 días

0 (8)

23 de agosto de 2023

Smedegaarden A/S

Vikingkaj 5

6700 Esbjerg

Dinamarca

www.smedegaarden.net

Tel.: +45 75128888

Correo electrónico:

m@smedegaarden.net

Atraque en muelle, grada

Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013.

Dimensiones máximas del buque:

Eslora: 200 metros*

Manga: 48 metros

Calado: 7,5 metros

(* Si la eslora es > 170 metros,

la aprobación por parte del

ayuntamiento de Esbjerg

es obligatoria)

Las condiciones que rigen el funcionamiento de la instalación figuran en el permiso ambiental, de 4 de junio de 2015, expedido por el municipio de Esbjerg.

El municipio de Esbjerg tiene derecho a asignar los residuos peligrosos a instalaciones receptoras autorizadas desde el punto de vista ambiental.

Aprobación tácita, con un período máximo de revisión de 14 días

20 000  (9)

11 de marzo de 2026

Stena Recycling A/S

Grusvej 6

6700 Esbjerg

Dinamarca

www.stenarecycling.dk

Tel.: +45 20699190

Correo electrónico: jakob.kristensen@stenarecycling.com

Dique seco

Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013.

Dimensiones máximas del buque:

Eslora: 40 metros Manga: 40 metros Calado: 10 metros

Las condiciones que rigen el funcionamiento de la instalación figuran en el permiso ambiental, de 5 de octubre de 2017, expedido por el municipio de Esbjerg.

El municipio de Esbjerg tiene derecho a asignar los residuos peligrosos a instalaciones receptoras autorizadas desde el punto de vista ambiental, como se establece en el permiso ambiental de la instalación de reciclado de buques.

Aprobación tácita, con un período máximo de revisión de 14 días

0 (10)

7 de febrero de 2024

ESTONIA

BLRT Refonda Baltic OÜ

Kopli 103, 11712 Tallin, Estonia

Tel.: +372 6102933

Fax: +372 6102444

Correo electrónico: refonda@blrt.ee

www.refonda.ee

A flote en el muelle y en el dique flotante

Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013.

Dimensiones máximas del buque:

Eslora: 197 metros

Manga: 32 metros

Calado: 9,6 metros

Permiso de residuos n.o KL-511809. Licencia de tratamiento de residuos peligrosos n.o 0546. Normas del Puerto Vene-Balti, Manual de reciclado de buques MSR-Refonda. Sistema de gestión ambiental, tratamiento de residuos EP 4.4.6-1-13.

La instalación puede reciclar únicamente los materiales peligrosos para los que tiene licencia.

Aprobación tácita, con un período máximo de revisión de 30 días

24 364  (11)

15 de febrero de 2026

ESPAÑA

DESGUACE INDUSTRIAL Y NAVAL, S.L.U. (DINA)

Vega de Tapia, s/n

48903 Barakaldo-Bizkaia

España

Tel.: +34944971152

Correo electrónico: redena@redena.es

www.redena.es

Rampa de desarme

Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013.

Dimensiones máximas del buque:

Eslora: 120 metros

Manga: 20 metros

Calado: 6 metros

Las limitaciones se precisan en la autorización ambiental integrada.

Aprobación expresa; la autoridad competente para la decisión de aprobación es la autoridad portuaria del puerto en cuestión.

2 086  (12)

3 de marzo de 2026

DDR VESSELS XXI, SL.

Puerto de “El Musel”

Gijón

España

Tel.: +34 630144416

Correo electrónico: abarredo@ddr-vessels.com

Atraque en muelle, rampa de desarme

Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013.

Dimensiones máximas del buque:

Eslora: 169,9 metros

(cabe la posibilidad de aceptar buques con una eslora superior que puedan efectuar un movimiento de vuelco nulo o negativo, dependiendo de los resultados de un estudio de viabilidad detallado).

Manga: 25 metros

Las limitaciones se precisan en la autorización ambiental integrada.

Aprobación expresa; la autoridad competente para la decisión de aprobación es la autoridad portuaria del puerto en cuestión.

3 600  (13)

28 de julio de 2025

FRANCIA

Démonaval Recycling

ZI du Malaquis

Rue François Arago

76580 LE TRAIT

Teléfono: +33 769791280

Correo electrónico: patrick@demonaval-recycling.fr

Atraque en muelle, dique seco

Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013.

Dimensiones máximas del buque:

Eslora: 140 metros

Manga: 25 metros

Calado: 5 metros

Las restricciones ambientales se determinan en la autorización de la prefectura.

Aprobación expresa; la autoridad competente para la decisión de aprobación es el ministro de Medio Ambiente.

0 (14)

11 de diciembre de 2022

GARDET & DE BEZENAC Recycling / Groupe BAUDELET ENVIRONNEMENT – GIE MUG

616, Boulevard Jules Durand

76600 Le Havre

Francia

Tel.: +33 235951634

Correo electrónico: infos@gardet-bezenac.com

Flotante y grada

Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013.

Dimensiones máximas del buque:

Eslora: 150 metros

Manga: 18 metros

Calado: 7 metros

LDT: 7 000

Las restricciones ambientales se determinan en la autorización de la prefectura.

Aprobación expresa; la autoridad competente para la decisión de aprobación es el ministro de Medio Ambiente.

16 000  (15)

30 de diciembre de 2021

Grand Port Maritime de Bordeaux

152, Quai de Bacalan-CS 41320-33082 Bordeaux Cedex

Francia

Tel.: +33 556905800

Correo electrónico: maintenance@bordeaux-port.fr

Atraque en muelle, dique seco

Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013.

Dimensiones máximas del buque:

Eslora: 240 metros

Manga: 37 metros

Calado: 17 metros

Las restricciones ambientales se determinan en la autorización de la prefectura.

Aprobación expresa; la autoridad competente para la decisión de aprobación es el ministro de Medio Ambiente.

18 000  (16)

21 de octubre de 2021

Recycleurs Bretons - Navaléo

170 rue Jacqueline Auriol

29470 Guipavas

Francia

Tel.: +33 298011106

Correo electrónico: navaleo@navaleo.fr

Atraque en muelle, dique seco

Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013.

Dimensiones máximas del buque:

Eslora: 225 metros

Manga: 34 metros

Calado: 27 metros

Las restricciones ambientales se determinan en la autorización de la prefectura.

Aprobación expresa; la autoridad competente para la decisión de aprobación es el ministro de Medio Ambiente.

15 000  (17)

19 de junio de 2025

ITALIA

San Giorgio del Porto S.p.A.

Calata Boccardo 8

16128 – Genova –

Italia

Tel.: +39 0 10 251561

Correo electrónico:

segreteria@sgdp.it;

sangiorgiodelporto@legalmail.it

www.sgdp.it

Atraque en muelle, dique seco

Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013.

Dimensiones máximas del buque:

Eslora: 350 metros

Manga: 75 metros

Calado: 16 metros

Toneladas de arqueo bruto: 130 000

Las limitaciones y restricciones se precisan en la autorización ambiental integrada.

Aprobación expresa

38 564  (18)

6 de junio de 2023

LETONIA

“Galaksis N”, Ltd

Kapsedes street 2D,

Liepāja, LV – 3414

Letonia

Tel.: +371 29410506

Correo electrónico: galaksisn@inbox.lv

Atraque en muelle (embarcadero), dique seco

Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013.

Dimensiones máximas del buque:

Eslora: 165 metros

Manga: 22 metros

Calado: 7 metros

Toneladas de arqueo bruto: 12 000

Autorización nacional n.o LI12IB0053

Aprobación expresa; notificación por escrito en 30 días laborables.

0 (19)

17 de julio de 2024

LITUANIA

UAB APK

Minijos 180 (amarre 133A), LT 93269, Klaipėda,

Lituania

Tel.: +370 46365776

Fax: +370 46365776

Correo electrónico: uab.apk@gmail.com

Atraque en muelle (embarcadero)

Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013.

Dimensiones máximas del buque:

Eslora: 130 metros

Manga: 35 metros

Calado: 10 metros

Toneladas de arqueo bruto: 3 500

Autorización nacional n.o TL-KL.1-15/2015

Aprobación expresa; notificación por escrito en 30 días laborables.

1 500  (20)

12 de marzo de 2025

UAB Armar

Minijos 180 (amarre 131 A), LT 93269, Klaipėda,

Lituania

Tel.: +370 68532607

Correo electrónico: armar.uab@gmail.com; albatrosas33@gmail.com

Atraque en muelle (embarcadero)

Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013.

Dimensiones máximas del buque:

Eslora: 80 metros

Manga: 16 metros

Calado: 5 metros

Toneladas de arqueo bruto: 1 500

Autorización nacional n.o TL-KL.1-51/2017

Aprobación expresa; notificación por escrito en 30 días laborables.

3 910  (21)

19 de abril de 2022

UAB Demeksa

Nemuno g. 42A (amarre 121), LT 93277 Klaipėda

Lituania

Tel.: +370 63069903

Correo electrónico: uabdemeksa@gmail.com

Atraque en muelle (embarcadero)

Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013.

Dimensiones máximas del buque:

Eslora: 58 metros

Manga: 16 metros

Calado: 5 metros

Toneladas de arqueo bruto: 3500

Autorización nacional n.o TL-KL.1-64/2019

Aprobación expresa; notificación por escrito en 30 días laborables.

0 (22)

22 de mayo de 2024

UAB Vakarų refonda

Minijos 180 (amarres 129, 130, 131A, 131, 132, 133A), LT 93269, Klaipėda,

Lituania

Tel.: +370 46483940 / 46483891

Fax: +370 46483891

Correo electrónico: refonda@wsy.lt

Atraque en muelle (embarcadero)

Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013.

Dimensiones máximas del buque:

Eslora: 230 metros

Manga: 55 metros

Calado: 14 metros

Toneladas de arqueo bruto: 70 000

Autorización nacional n.o (11.2)-30-161/2011/TL-KL.1-18/2015

Aprobación expresa; notificación por escrito en 30 días laborables.

20 140  (23)

30 de abril de 2025

PAÍSES BAJOS

Damen Verolme Rotterdam B.V.

Prof. Gerbrandyweg 25

3197 KK Rotterdam

Países Bajos

Tel.: +31 0 181 23 4353

Correo electrónico: MZoethout@damenverolme.com

Dique seco

Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013.

Dimensiones máximas del buque:

Eslora: 400 metros

Manga: 90 metros

Calado: 12 metros

Altura 90 metros

La instalación cuenta con autorización para operar; dicha autorización contiene limitaciones y condiciones de carácter ambiental.

Aprobación expresa

0 (24)

21 de mayo de 2026

Hoondert Services & Decommissioning B.V.

Spanjeweg 4

4455 TW Nieuwdorp

Tel.: +31 113352510

Correo electrónico: info@hsd.nl

Trabajos preparatorios en el muelle, traslado a tierra para desguace

Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013.

Dimensiones máximas del buque:

Eslora: 175 metros

Manga: 40 metros

Calado: 10 metros

La instalación cuenta con autorización para operar; dicha autorización contiene limitaciones y condiciones de carácter ambiental.

Aprobación expresa

30 000  (25)

26 de enero de 2026

Sagro Aannemingsmaatschappij Zeeland B.V.

Estlandweg 10

4455 SV Nieuwdorp

Países Bajos

Tel.: +31113351710

Correo electrónico: slf@sagro.nl

Trabajos preparatorios en el muelle, traslado a tierra para desguace

Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013.

Dimensiones máximas del buque:

Eslora: 120 metros

Manga: 20 metros

Calado: 6 metros

La instalación cuenta con autorización para operar; dicha autorización contiene limitaciones y condiciones de carácter ambiental.

Aprobación expresa

15 000  (26)

28 de marzo de 2024

Scheepssloperij Nederland B.V.

Havenweg 1

3295 XZ

s-Gravendeel

Postbus 5234

3295 ZJ

s-Gravendeel

Países Bajos

Tel.: +31 18 046 39 90

Correo electrónico: gsnoek@sloperij-nederland.nl

Amarre húmedo y grada

Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013.

Dimensiones máximas del buque:

Eslora: 200 metros

Manga: 33 metros

Calado: 5,5 metros

Altura: 45 metros (puente Botlek)

La instalación cuenta con autorización para operar; dicha autorización contiene limitaciones y condiciones de carácter ambiental.

Los trabajos preparatorios pueden llevarse a cabo en el muelle, hasta que sea posible remolcar el casco a la grada con un cabrestante con una fuerza de arrastre de 2 000  toneladas.

Aprobación expresa

17 500  (27)

12 de mayo de 2026

NORUEGA

ADRS Decom Gulen

Dirección de la instalación:

Sløvågen 2,

5960 Dalsøyra,

Noruega

Dirección administrativa:

Statsminister Michelsens vei 38,

5230 Paradis,

Noruega

https://adrs.no/

Atraque en muelle, grada, dique seco/húmedo

Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013.

Dimensiones máximas del buque:

Eslora: 360 metros

Manga: Sin restricciones

Calado: Sin restricciones

Autorización nacional n.o 2019.0501.T

Aprobación expresa

0 (28)

1 de octubre de 2024

AF Offshore Decom

Raunesvegen 597,

5578 Nedre Vats

Noruega

https://afgruppen.no/selskaper/af-offshore-decom/

Atraque en muelle

Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013.

Dimensiones máximas del buque:

Eslora: 290 metros

Manga: sin límite

Calado: sin límite

Autorización nacional n.o 2005.0038.T

Aprobación expresa

31 000  (29)

28 de enero de 2024

Green Yard AS

Angholmen,

4485 Feda,

Noruega

www.greenyard.no

Dique seco (de interior), grada

Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013.

Dimensiones máximas del buque:

Eslora: 230 metros

Manga: 25 metros

Calado: 20 metros

Autorización nacional n.o 2018,0833.T

Las operaciones de desmantelamiento de mayor envergadura deben realizarse en un espacio interior.

Las únicas operaciones de desmantelamiento y corte que pueden llevarse a cabo en el exterior son aquellas de pequeña envergadura que resulten necesarias para acomodar los buques en la instalación cerrada. Véanse los pormenores en la autorización.

Aprobación expresa

0 (30)

28 de enero de 2024

Green Yard Kleven AS

6065 Ulsteinvik

Noruega

www.kleven.no

Atraque en muelle, grada

Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013.

Dimensiones máximas del buque:

Eslora: 170 metros

Manga: 35 metros

Calado: Sin restricciones

Autorización nacional n.o 2021.0011.T

Aprobación expresa

0 (31)

9 de abril de 2026

Fosen Gjenvinning AS

Stokksundveien 1432,

7177 Revsnes

Noruega

Tel.: +47 40039479 Correo electrónico: knut@fosengjenvinning.no

Atraque en muelle

Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013, con la excepción de las plataformas o los buques utilizados para la extracción de hidrocarburos

Dimensiones máximas del buque:

Eslora: 150 metros

Manga: 20 metros

Calado: 7 metros

Autorización nacional n.o 2006.0250.T

Aprobación expresa

8 000  (32)

9 de enero de 2024

Aker Solutions AS (Stord)

Eldøyane 59

5411 Stord

Noruega

www.akersolutions.com

Atraque en muelle (embarcadero), grada

Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013.

Dimensiones máximas del buque:

Eslora: 230 metros

Manga: Sin restricciones

Calado: Sin restricciones

Autorización nacional n.o 2013.0111.T

Aprobación expresa

43 000  (33)

28 de enero de 2024

Lutelandet Industrihamn

Lutelandet Offshore AS

6964 Korssund,

Noruega

www.lutelandetoffshore.com

Atraque en muelle

Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013.

Dimensiones máximas del buque:

Eslora: Sin restricciones

Manga: Sin restricciones

Calado: Sin restricciones

Autorización nacional

n.o 2014.0646.T

Aprobación expresa

14 000  (34)

28 de enero de 2024

Norscrap West AS

Hanøytangen 122,

5310 Hauglandhella,

Noruega

www.norscrap.no

Atraque en muelle, grada flotante, dique seco

Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013.

Dimensiones máximas del buque:

Eslora: 150 metros

Manga: 34 metros

Calado: sin límite

Autorización nacional n.o 2017.0864.T

Máximo 8 000 LDT en la grada flotante. Si el buque excede de 8 000 LDT, será necesario reducir su peso antes de arrastrarlo a la grada.

Aprobación expresa

4 500  (35)

1 de marzo de 2024

PORTUGAL

Navalria-Docas, Construções e Reparações Navais

Porto Comercial, Terminal Sul, Apartado 39, 3811-901 Aveiro

Portugal

Tel.: +351 234378970, +351 232767700

Correo electrónico: info@navalria.pt

Dique seco

Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013.

Dimensiones máximas del buque:

Eslora: 104 metros

Manga: 6,5 metros

Calado: 6,5 metros

Las condiciones aplicables a la actividad se determinan en las especificaciones adjuntas al título AL n.o 5/2015/CCDRC, de 26 de enero de 2016.

La descontaminación y el desmantelamiento se llevan a cabo en plano horizontal o en rampa, según el tamaño del buque. El plano horizontal tiene una capacidad nominal de 700 toneladas. La rampa tiene una capacidad nominal de 900 toneladas.

Aprobación expresa

1 900  (36)

31 de diciembre de 2021

FINLANDIA

Turun Korjaustelakka Oy (Turku Repair Yard Ltd)

Navirentie, 21110

Naantali Finlandia

Tel.: +358 244511

Correo electrónico: try@turkurepairyard.com

Atraque en muelle, dique seco

Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013.

Dimensiones máximas del buque:

Eslora: 250 metros

Manga: 40 metros

Calado: 7,9 metros

Las limitaciones se precisan en la autorización ambiental nacional.

Aprobación expresa

20 000  (37)

1 de octubre de 2023

REINO UNIDO

Harland and Wolff (Belfast) Ltd

Queen’s Island

Belfast

BT3 9DU

Teléfono: +44 2890534189 Fax: +44 2890458515

Correo electrónico: Eoghan.Rainey@harland-wolff.com

Dique seco y embarcadero

Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013.

Dimensiones máximas del buque:

Eslora: 556 metros

Manga: 93 metros

Calado: 7,5 metros

TPM: 550 000

La instalación dispone de una licencia de tratamiento de residuos (número de autorización LN/20/11) que determina los límites de las operaciones y las condiciones a las que ha de atenerse el responsable de su explotación.

Aprobación expresa

12 000  (38)

16 de junio de 2025

PARTE B

Instalaciones de reciclado de buques situadas en un tercer país

Nombre de la instalación

Método de reciclado

Tipo y tamaño de los buques que pueden reciclarse

Limitaciones y condiciones que rigen el funcionamiento de la instalación, incluida la gestión de residuos peligrosos

Información sobre el procedimiento, expreso o tácito, de aprobación del plan de reciclado por las autoridades competentes (39)

Capacidad máxima anual de reciclado, calculada como la suma del peso de los buques, expresado en LDT, que se ha reciclado en la instalación en un año determinado (40)

Fecha de expiración de la inclusión en la lista europea (41)

TURQUÍA

Avsar Gemi Sokum San. Dis Tic. Ltd Sti.

Gemi Söküm Tesisleri,

Parcel 5 Aliağa

İzmir 35800,

Turquía

Tel.: +90 232 618 21 07 – 08 - 09

Correo electrónico: info@avsargemiltd.com

Desembarque

Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013, con la excepción de las plataformas

Dimensiones máximas del buque:

Eslora: sin límite

Manga: 50 metros

Calado: 15 metros

La instalación cuenta con un permiso de desmantelamiento de buques expedido por el Ministerio de Medio Ambiente y Urbanismo, y con un certificado de autorización para el desmantelamiento de buques expedido por el Ministerio de Transporte e Infraestructuras, que establecen límites y condiciones para la explotación de la instalación.

Aprobación tácita, con un período máximo de revisión de 15 días

El plan de reciclado de buques forma parte de un conjunto de documentos, estudios y permisos/licencias que se presenta a las autoridades competentes a fin de obtener la autorización para el desmantelamiento de un buque. No hay ni una aprobación ni un rechazo expresos del plan en cuanto que documento independiente.

54 224  (42)

2 de diciembre de 2025

Isiksan Gemi Sokum Pazarlama Ve Tic. A.Ş

Gemi Söküm Tesisleri,

Parcel 22 Aliağa

İzmir 35800,

Turquía

Tel.: +90 232 618 21 65

Correo electrónico: info@isiksanship.com

www.isiksanship.com

Desembarque

Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013.

Dimensiones máximas del buque:

Eslora: sin límite

Manga: 75 metros

Calado: 17 metros

La instalación cuenta con un permiso de desmantelamiento de buques expedido por el Ministerio de Medio Ambiente y Urbanismo, y con un certificado de autorización para el desmantelamiento de buques expedido por el Ministerio de Transporte e Infraestructuras, que establecen límites y condiciones para la explotación de la instalación.

Aprobación tácita, con un período máximo de revisión de 15 días

El plan de reciclado de buques forma parte de un conjunto de documentos, estudios y permisos/licencias que se presenta a las autoridades competentes a fin de obtener la autorización para el desmantelamiento de un buque. No hay ni una aprobación ni un rechazo expresos del plan en cuanto que documento independiente.

91 851  (43)

7 de julio de 2024

EGE CELIK SAN. VE TIC. A.S.

Gemi Söküm Tesisleri,

Parcel 10 Aliağa,

İzmir 35800,

Turquía

Tel.: +90 2326182162

Correo electrónico: pamirtaner@egecelik.com

Desembarque

Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013.

Dimensiones máximas del buque:

Eslora: sin límite

Manga: 50 metros

Calado: 15 metros

La instalación cuenta con un permiso de desmantelamiento de buques expedido por el Ministerio de Medio Ambiente y Urbanismo, y con un certificado de autorización para el desmantelamiento de buques expedido por el Ministerio de Transporte e Infraestructuras, que establecen límites y condiciones para la explotación de la instalación.

Aprobación tácita, con un período máximo de revisión de 15 días

El plan de reciclado de buques forma parte de un conjunto de documentos, estudios y permisos/licencias que se presenta a las autoridades competentes a fin de obtener la autorización para el desmantelamiento de un buque. No hay ni una aprobación ni un rechazo expresos del plan en cuanto que documento independiente.

55 503  (44)

12 de febrero de 2025

LEYAL GEMİ SÖKÜM SANAYİ ve TİCARET

LTD

Gemi Söküm Tesisleri,

Parcel 3-4 Aliağa,

İzmir 35800,

Turquía

Tel.: +90 232 618 20 30

Correo electrónico: info@leyal.com.tr

Desembarque

Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013.

Dimensiones máximas del buque:

Eslora: sin límite

Manga: 100 metros

Calado: 15 metros

La instalación cuenta con un permiso de desmantelamiento de buques expedido por el Ministerio de Medio Ambiente y Urbanismo, y con un certificado de autorización para el desmantelamiento de buques expedido por el Ministerio de Transporte e Infraestructuras, que establecen límites y condiciones para la explotación de la instalación.

Aprobación tácita, con un período máximo de revisión de 15 días

El plan de reciclado de buques forma parte de un conjunto de documentos, estudios y permisos/licencias que se presenta a las autoridades competentes a fin de obtener la autorización para el desmantelamiento de un buque. No hay ni una aprobación ni un rechazo expresos del plan en cuanto que documento independiente.

55 495  (45)

9 de diciembre de 2023

LEYAL-DEMTAŞ GEMİ SÖKÜM SANAYİ ve TİCARET A.Ş.

Gemi Söküm Tesisleri,

Parcel 25 Aliağa,

İzmir 35800,

Turquía

Tel.: +90 2326182065

Correo electrónico: demtas@leyal.com.tr

Desembarque

Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013.

Dimensiones máximas del buque:

Eslora: sin límite

Manga: 63 metros

Calado: 15 metros

La instalación cuenta con un permiso de desmantelamiento de buques expedido por el Ministerio de Medio Ambiente y Urbanismo, y con un certificado de autorización para el desmantelamiento de buques expedido por el Ministerio de Transporte e Infraestructuras, que establecen límites y condiciones para la explotación de la instalación.

Aprobación tácita, con un período máximo de revisión de 15 días

El plan de reciclado de buques forma parte de un conjunto de documentos, estudios y permisos/licencias que se presenta a las autoridades competentes a fin de obtener la autorización para el desmantelamiento de un buque. No hay ni una aprobación ni un rechazo expresos del plan en cuanto que documento independiente.

50 350  (46)

9 de diciembre de 2023

ÖGE GEMİ SÖKÜM İTH. İHR. TİC. SAN.AŞ.

Gemi Söküm Tesisleri,

Parcel 23 Aliağa,

İzmir 35800,

Turquía

Tel.: +90 232 618 21 05

Correo electrónico: oge@ogegemi.com

www.ogegemi.com

Desembarque

Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013.

Dimensiones máximas del buque:

Eslora: sin límite

Manga: 70 metros

Calado: 15 metros

La instalación cuenta con un permiso de desmantelamiento de buques expedido por el Ministerio de Medio Ambiente y Urbanismo, y con un certificado de autorización para el desmantelamiento de buques expedido por el Ministerio de Transporte e Infraestructuras, que establecen límites y condiciones para la explotación de la instalación.

Aprobación tácita, con un período máximo de revisión de 15 días

El plan de reciclado de buques forma parte de un conjunto de documentos, estudios y permisos/licencias que se presenta a las autoridades competentes a fin de obtener la autorización para el desmantelamiento de un buque. No hay ni una aprobación ni un rechazo expresos del plan en cuanto que documento independiente.

62 471  (47)

12 de febrero de 2025

Simsekler Gida Gemi Sokum Insaat Sanayi Tic. Ltd Sti

Gemi Söküm Tesisleri,

Parcel 11-12 Aliağa,

İzmir 35800,

Turquía

Tel.: +90 2326182036

Correo electrónico: shipyard@simseklergroup.com.tr

Desembarque

Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013.

Dimensiones máximas del buque:

Eslora: sin límite

Manga: 95 metros

Calado: 15 metros

La instalación cuenta con un permiso de desmantelamiento de buques expedido por el Ministerio de Medio Ambiente y Urbanismo, y con un certificado de autorización para el desmantelamiento de buques expedido por el Ministerio de Transporte e Infraestructuras, que establecen límites y condiciones para la explotación de la instalación.

Aprobación tácita, con un período máximo de revisión de 15 días

El plan de reciclado de buques forma parte de un conjunto de documentos, estudios y permisos/licencias que se presenta a las autoridades competentes a fin de obtener la autorización para el desmantelamiento de un buque. No hay ni una aprobación ni un rechazo expresos del plan en cuanto que documento independiente.

51 569  (48)

2 de diciembre de 2025

Sök Denizcilik Tic. Ltd Sti

Gemi Söküm Tesisleri,

Parcel 8-9 Aliağa,

İzmir 35800,

Turquía

Tel.: +90 2326182092

Correo electrónico: info@sokship.com

Desembarque

Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013.

Dimensiones máximas del buque:

Eslora: sin límite

Manga: 90 metros

Calado: 15 metros

La instalación cuenta con un permiso de desmantelamiento de buques expedido por el Ministerio de Medio Ambiente y Urbanismo, y con un certificado de autorización para el desmantelamiento de buques expedido por el Ministerio de Transporte e Infraestructuras, que establecen límites y condiciones para la explotación de la instalación.

Aprobación tácita, con un período máximo de revisión de 15 días

El plan de reciclado de buques forma parte de un conjunto de documentos, estudios y permisos/licencias que se presenta a las autoridades competentes a fin de obtener la autorización para el desmantelamiento de un buque. No hay ni una aprobación ni un rechazo expresos del plan en cuanto que documento independiente.

66 167  (49)

miércoles, 12 de febrero de 2025

ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA

International Shipbreaking Limited L.L.C

18601 R.L Ostos Road Brownsville TX, 78521

Estados Unidos

Tel.: 956-831-2299

Correo electrónico: chris.green@internationalshipbreaking.com

robert.berry@internationalshipbreaking.com

Atraque en muelle (embarcadero), rampa

Buques, tal como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013.

Dimensiones máximas del buque:

Eslora: 366 metros Manga: 48 metros Calado: 9 metros

Las condiciones en las que la instalación está autorizada a operar se definen en los permisos, certificados y autorizaciones expedidos a la instalación por la Agencia de Protección del Medio Ambiente, la Comisión de Calidad Ambiental de Texas, la Oficina General de Suelo de Texas y la Guardia Costera de los Estados Unidos.

La Ley sobre el control de sustancias tóxicas de los Estados Unidos prohíbe la importación en los EE.UU. de buques bajo pabellón extranjero que contengan concentraciones de PCB superiores a 50 partes por millón.

La instalación cuenta con dos gradas con rampas para el reciclado final de los buques (East Slip y West Slip). Los buques que enarbolan pabellón de los Estados miembros de la UE se reciclan exclusivamente en la rampa de East Slip.

En la actualidad, la legislación de los Estados Unidos no prevé ningún procedimiento relativo a la aprobación de planes de reciclado de buques.

120 000  (50)

9 de diciembre de 2023

 

(1)  De acuerdo con el artículo 7, apartado 3, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013, relativo al reciclado de buques.

(2)  De acuerdo con el artículo 32, apartado 1, letra a), tercera frase, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013.

(3)  La fecha de expiración de la inclusión en la lista europea corresponde a la fecha de expiración del permiso o autorización concedido a la instalación en el Estado miembro.

(4)  De acuerdo con la información presentada, la capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 50 000 LDT.

(5)  De acuerdo con la información presentada, la capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 30 000 LDT.

(6)  De acuerdo con la información presentada, la capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 50 000 LDT.

(7)  De acuerdo con la información presentada, la capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 30 000 LDT.

(8)  De acuerdo con la información presentada, la capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 200 000 LDT.

(9)  De acuerdo con la información presentada, la capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 50 000 LDT.

(10)  De acuerdo con la información presentada, la capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 45 000 LDT.

(11)  De acuerdo con la información presentada, la capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 36 000 LDT.

(12)  De acuerdo con la información presentada, la capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 6000 LDT.

(13)  De acuerdo con la información presentada, la capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 60 000 LDT.

(14)  De acuerdo con la información presentada, la capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 15 000 LDT.

(15)  De acuerdo con la información presentada, la capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 18 000 LDT.

(16)  De acuerdo con la información presentada, la capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 23 000 LDT.

(17)  De acuerdo con la información presentada, la capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 40 000 LDT.

(18)  De acuerdo con la información presentada, la capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 60 000 LDT.

(19)  De acuerdo con la información presentada, la capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 10 000 LDT.

(20)  Según su autorización, la instalación puede reciclar un máximo de 30 000 LDT al año.

(21)  Según su autorización, la instalación puede reciclar un máximo de 6 000 LDT al año.

(22)  Según su autorización, la instalación puede reciclar un máximo de 10 000 LDT al año.

(23)  Según su autorización, la instalación puede reciclar un máximo de 45 000 LDT al año.

(24)  De acuerdo con su autorización, la capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 100 000 LDT.

(25)  De acuerdo con su autorización, la capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 100 000 LDT.

(26)  De acuerdo con su autorización, la capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 100 000 LDT.

(27)  De acuerdo con su autorización, la capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 40 000 LDT.

(28)  Según su autorización, la instalación puede reciclar un máximo de 75 000 LDT al año.

(29)  Según su autorización, la instalación puede reciclar un máximo de 75 000 LDT al año.

(30)  Según su autorización, la instalación puede reciclar un máximo de 30 000 LDT al año.

(31)  Según su autorización, la instalación puede reciclar un máximo de 30 000 LDT al año.

(32)  Según su autorización, la instalación puede reciclar un máximo de 10 000 LDT al año.

(33)  Según su autorización, la instalación puede reciclar un máximo de 85 000 LDT al año.

(34)  Según su autorización, la instalación puede reciclar un máximo de 200 000 LDT al año.

(35)  Según su autorización, la instalación puede reciclar un máximo de 100 000 LDT al año.

(36)  De acuerdo con la información presentada, la capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 5 000 LDT.

(37)  De acuerdo con la información presentada, la capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 40 000 LDT.

(38)  Según su autorización, la instalación puede reciclar un máximo de 300 000 LDT al año.

(39)  De acuerdo con el artículo 7, apartado 3, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013, relativo al reciclado de buques.

(40)  De acuerdo con el artículo 32, apartado 1, letra a), tercera frase, del Reglamento (UE) n.o 1257/2013.

(41)  La inclusión en la lista europea de una instalación de reciclado de buques situada en un tercer país es válida durante un período de cinco años a partir de la fecha de entrada en vigor de la correspondiente Decisión de Ejecución de la Comisión por la que se incluya dicha instalación en la lista, salvo que se indique otra cosa.

(42)  La capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 60 000 LDT.

(43)  La capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 120 000 LDT.

(44)  La capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 60 000 LDT.

(45)  La capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 80 000 LDT.

(46)  La capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 60 000 LDT.

(47)  La capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 90 000 LDT.

(48)  La capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 70 000 LDT.

(49)  La capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 100 000 LDT.

(50)  La capacidad máxima teórica anual de reciclado de la instalación es de 120 000 LDT.».

ANÁLISIS

Referencias anteriores
  • SUSTITUYE el anexo de la Decisión 2016/2323, de 19 de diciembre (Ref. DOUE-L-2016-82447).
Materias
  • Autorizaciones
  • Buques
  • Certificaciones
  • Construcciones navales
  • Eliminación de residuos
  • Gestión de residuos

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