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Documento DOUE-L-2020-81280

Corrección de errores del Reglamento Delegado (UE) 2019/2035 de la Comisión, de 28 de junio de 2019, por el que se completa el Reglamento (UE) 2016/429 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo referente a las normas sobre los establecimientos que tengan animales terrestres y las plantas de incubación, y a la trazabilidad de determinados animales terrestres en cautividad y de los huevos para incubar.

Publicado en:
«DOUE» núm. 267, de 14 de agosto de 2020, páginas 5 a 6 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2020-81280

TEXTO ORIGINAL

En la página 121, en el considerando 35:

donde dice:

«Con el fin de evitar cargas administrativas y financieras innecesarias a los operadores de équidos en cautividad y las autoridades competentes, el documento de identificación permanente de los équidos en cautividad que está establecido en la actualidad en el Reglamento de Ejecución (UE) 2015/262»,

debe decir:

«Con el fin de evitar cargas administrativas y financieras innecesarias a los operadores de equinos en cautividad y las autoridades competentes, el documento de identificación permanente de los equinos en cautividad que está establecido en la actualidad en el Reglamento de Ejecución (UE) 2015/262».

En la página 122, en el artículo 1, apartado 1, letra b), inciso i):

donde dice:

«équidos»,

debe decir:

«equinos».

En la página 124, en el artículo 2, punto 5, tal como se corrigió en la página 8 del DO L 15 de 20.1.2020:

donde dice:

«“medio de transporte”, un vehículo de transporte por carretera o ferrocarril, un buque o un avión;»,

debe decir:

«“medio de transporte”: un vehículo de transporte por carretera o ferrocarril, un buque o una aeronave;».

En la página 125, en el artículo 2, punto 30:

donde dice:

«équido registrado»,

debe decir:

«equino registrado».

En la página 155, en el artículo 86, párrafo primero, letra a):

donde dice:

«equinos»,

debe decir:

«équidos».

En la página 156, en el artículo 86, párrafo primero, letras b) y c):

donde dice:

«equinos»,

debe decir:

«équidos».

En la página 165, en el anexo II, parte 2, punto 2.4, letra b), inciso iv):

donde dice:

«máquinas incubadoras»,

debe decir:

«nacedoras».

En la página 166, en el anexo II, parte 2, punto 2.5, letra b), inciso i), e inciso ii), primer y segundo guiones:

donde dice:

«máquina incubadora»,

debe decir:

«nacedora».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 14/08/2020
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Reglamento 2019/2035, de 28 de junio (Ref. DOUE-L-2019-81887).
Materias
  • Aves de corral
  • Ganado equino
  • Reproducción animal
  • Sanidad veterinaria
  • Transportes

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