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Documento DOUE-L-2020-81058

Decisión (UE) 2020/963 del Consejo de 26 de junio de 2020 relativa a la celebración de un Protocolo por el que se modifica el Acuerdo Euromediterráneo de Aviación entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte, y el Reino de Marruecos, por otra, a fin de tener en cuenta la adhesión a la Unión Europea de la República de Bulgaria y de Rumanía

Publicado en:
«DOUE» núm. 214, de 6 de julio de 2020, páginas 1 a 2 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2020-81058

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 100, apartado 2, en relación con su artículo 218, apartado 6, letra a), y su artículo 218, apartado 8, párrafo primero,

Visto el Tratado de adhesión de la República de Bulgaria y de Rumanía a la Unión Europea, y en particular su artículo 6, apartado 2,

Vista la propuesta de la Comisión Europea,

Vista la aprobación del Parlamento Europeo (1),

Considerando lo siguiente:

(1)

El 5 de diciembre de 2004, el Consejo autorizó a la Comisión a negociar un acuerdo euromediterráneo de aviación entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte, y el Reino de Marruecos, por otra.

(2)

El 12 de diciembre de 2006 se firmó en Bruselas el Acuerdo Euromediterráneo de Aviación entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte, y el Reino de Marruecos, por otra (2) (el «Acuerdo»).

(3)

El Tratado de adhesión de la República de Bulgaria y de Rumanía a la Unión Europea se firmó en Luxemburgo el 25 de abril de 2005 y entró en vigor el 1 de enero de 2007.

(4)

Es necesario un protocolo que modifique el Acuerdo con el fin de tener en cuenta la adhesión de la República de Bulgaria y de Rumanía a la Unión Europea.

(5)

El 18 de junio de 2012 tuvo lugar la firma del Protocolo.

(6)

Como consecuencia de la entrada en vigor del Tratado de Lisboa el 1 de diciembre de 2009, la Unión Europea ha sustituido y sucedido a la Comunidad Europea.

(7)

Procede aprobar el Protocolo.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Queda aprobado, en nombre de la Unión Europea y de sus Estados miembros, el Protocolo por el que se modifica el Acuerdo euromediterráneo de aviación entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte, y el Reino de Marruecos, por otra, a fin de tener en cuenta la adhesión a la Unión Europea de la República de Bulgaria y de Rumanía (3) («el Protocolo»).

Artículo 2

El Presidente del Consejo procederá, en nombre de la Unión y de sus Estados miembros, a la notificación prevista en el artículo 4 del Protocolo (4) y hará la siguiente declaración:

"Como consecuencia de la entrada en vigor del Tratado de Lisboa el 1 de diciembre de 2009, la Unión Europea ha sustituido y sucedido a la Comunidad Europea, y desde esa fecha ejerce todos los derechos y asume todas las obligaciones de la Comunidad Europea. Por consiguiente, las referencias a "la Comunidad Europea" o a "la Comunidad" en el texto del Acuerdo y del Protocolo se entenderán hechas a "la Unión Europea" o a "la Unión"".

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

Hecho en Bruselas, el 26 de junio de 2020.

Por el Consejo

La Presidenta

A. METELKO-ZGOMBIĆ

 

 

(1)  Aprobación de 17 de junio de 2020 (no publicada aún en el Diario Oficial).

(2)  DO L 386 de 29.12.2006, p. 57.

(3)  El texto del Protocolo se publicó en el DO L 200 de 27.7.2012, p. 25, junto con la Decisión relativa a su firma y aprobación provisional.

(4)  La Secretaría General del Consejo se encargará de publicar en el Diario Oficial de la Unión Europea la fecha de entrada en vigor del Protocolo.

ANÁLISIS

Referencias anteriores
Materias
  • Acuerdos internacionales
  • Bulgaria
  • Marruecos
  • Navegación aérea
  • Rumanía
  • Transportes aéreos
  • Unión Europea

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