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Documento DOUE-L-2019-81993

Reglamento de Ejecución (UE) 2019/2187 de la Comisión de 19 de diciembre de 2019 por el que se fija el importe máximo de la ayuda para el almacenamiento privado de aceite de oliva en el marco del procedimiento de licitación abierto por el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1882.

Publicado en:
«DOUE» núm. 330, de 20 de diciembre de 2019, páginas 48 a 49 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2019-81993

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n.o 1370/2013 del Consejo, de 16 de diciembre de 2013, por el que se establecen medidas relativas a la fijación de determinadas ayudas y restituciones en relación con la organización común de mercados de los productos agrícolas (1), y en particular su artículo 4, apartado 2, párrafo primero, letra a),

Visto el Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) n.o 922/72, (CEE) n.o 234/79, (CE) n.o 1037/2001 y (CE) n.o 1234/2007 (2), y en particular su artículo 18, apartado 2,

Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1882 de la Comisión (3) abrió un procedimiento de licitación para el almacenamiento privado de aceite de oliva.

(2) Sobre la base de las ofertas recibidas durante el subperíodo de presentación de ofertas que finaliza el 17 de diciembre de 2019, la cantidad global máxima que debe almacenarse, los costes estimados del almacenamiento y otras informaciones pertinentes relativas al mercado, procede fijar el importe máximo de la ayuda al almacenamiento de 17 629,18 toneladas de aceite de oliva por un período de 180 días con el fin de aliviar la difícil situación del mercado.

(3) A fin de garantizar la gestión eficiente de la medida, el presente Reglamento debe entrar en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

(4) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de la Organización Común de Mercados Agrarios.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Para las ofertas presentadas en el marco del procedimiento de licitación abierto por el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1882 durante el subperíodo que finaliza el 17 de diciembre de 2019, el importe máximo de la ayuda al almacenamiento privado de aceite de oliva será de:

a) 0,00 EUR por tonelada por día de aceite de oliva virgen extra;

b) 1,10 EUR por tonelada por día de aceite de oliva virgen;

c) 1,10 EUR por tonelada por día de aceite de oliva lampante.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 19 de diciembre de 2019.

Por la Comisión,

en nombre de la Presidenta,

Jerzy PLEWA

Director General

Dirección General de Agricultura y Desarrollo Rural

(1)  DO L 346 de 20.12.2013, p. 12.

(2)  DO L 347 de 20.12.2013, p. 671.

(3)  Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1882 de la Comisión, de 8 de noviembre de 2019, por el que se inician procedimientos de licitación en relación con el importe de la ayuda para el almacenamiento privado de aceite de oliva (DO L 290 de 11.11.2019, p. 12).

ANÁLISIS

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • CORRECCIÓN de errores, con rectificación del título, en DOUE L 4, de 8 de enero de 2020 (Ref. DOUE-L-2020-80011).
Referencias anteriores
Materias
  • Aceites vegetales
  • Almacenes
  • Ayudas
  • Organismo de intervención
  • Precios

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