EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Protocolo n.o 4 sobre los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Banco Central Europeo, anejo al Tratado de la Unión Europea y al Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 27.1,
Vista la Recomendación del Banco Central Europeo, de 6 de septiembre de 2018, al Consejo de la Unión Europea sobre el auditor externo del Banco de España (BCE/2018/22) (1),
Considerando lo siguiente:
(1) |
Las cuentas del Banco Central Europeo (BCE) y de los bancos centrales nacionales de los Estados miembros cuya moneda es el euro deben ser controladas por auditores externos independientes, recomendados por el Consejo de Gobierno del BCE y aprobados por el Consejo de la Unión Europea. |
(2) |
El mandato del actual auditor externo del Banco de España expiró tras la auditoría del ejercicio de 2017. Por lo tanto, es preciso nombrar un nuevo auditor externo a partir del ejercicio de 2018. |
(3) |
El Banco de España ha seleccionado la asociación temporal de empresas Mazars Auditores, S.L.P. – Mazars, SA como auditor externo para los ejercicios de 2018 a 2020, con la opción de ampliar el mandato a los ejercicios de 2021 y 2022. |
(4) |
El Consejo de Gobierno del BCE ha recomendado que la asociación temporal de empresas Mazars Auditores, S.L.P. – Mazars, SA sea nombrada auditor externo del Banco de España para los ejercicios de 2018 a 2020, con la opción de ampliar el mandato a los ejercicios de 2021 y 2022. |
(5) |
A raíz de la recomendación del Consejo de Gobierno del BCE, la Decisión 1999/70/CE del Consejo (2) debe modificarse en consecuencia. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
En el artículo 1 de la Decisión 1999/70/CE, el apartado 3 se sustituye por el texto siguiente:
«3. La asociación temporal de empresas Mazars Auditores, S.L.P. – Mazars, SA queda aprobada como auditor externo del Banco de España para los ejercicios de 2018 a 2020.».
La presente Decisión surtirá efecto el día de su notificación.
El destinatario de la presente Decisión es el BCE.
Hecho en Luxemburgo, el 9 de octubre de 2018.
Por el Consejo
La Presidenta
E. KÖSTINGER
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(1) DO C 325 de 14.9.2018, p. 1.
(2) Decisión 1999/70/CE del Consejo, de 25 de enero de 1999, relativa a los auditores externos de los bancos centrales nacionales (DO L 22 de 29.1.1999, p. 69).
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