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Documento DOUE-L-2017-80969

Corrección de errores del Reglamento Delegado (UE) 2015/1011 de la Comisión, de 24 de abril de 2015, que completa el Reglamento (CE) n.° 273/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre precursores de drogas y el Reglamento (CE) n.° 111/2005 del Consejo por el que se establecen normas para la vigilancia del comercio de precursores de drogas entre la Unión y terceros países y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.° 1277/2005 de la Comisión.

Publicado en:
«DOUE» núm. 125, de 18 de mayo de 2017, páginas 75 a 75 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2017-80969

TEXTO ORIGINAL

En la página 15, en el artículo 3, apartado 9, párrafo segundo, inciso i):

donde dice:

«la fecha de expiración cuando se haya fijado un plazo de validez de conformidad con el artículo 3, apartado 6, del presente Reglamento o con el artículo 3, apartado 5, del Reglamento (CE) n.o 273/2004,»,

debe decir:

«la fecha de expiración cuando se haya fijado un plazo de validez de conformidad con el artículo 3, apartado 7, del presente Reglamento o con el artículo 3, apartado 5, del Reglamento (CE) n.o 273/2004,».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 18/05/2017
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Reglamento 2015/1011, de 24 de abril (Ref. DOUE-L-2015-81220).
Materias
  • Autorizaciones
  • Drogas
  • Exportaciones
  • Licencias
  • Productos químicos
  • Sustancias psicotrópicas

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