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EL COMITÉ POLÍTICO Y DE SEGURIDAD, (EUTM RCA/2/2016)
Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 38, párrafo tercero,
Vista la Decisión (PESC) 2016/610 del Consejo, de 19 de abril de 2016, relativa a una Misión de Formación Militar PCSD de la Unión Europea en la República Centroafricana (EUTM RCA) (1),
Considerando lo siguiente:
(1)
De conformidad con el artículo 8, apartado 2, de la Decisión (PESC) 2016/610, el Consejo autorizó al Comité Político y de Seguridad a adoptar las decisiones apropiadas en materia de aceptación de las contribuciones propuestas por terceros Estados a la Misión de Formación Militar PCSD de la Unión Europea en la República Centroafricana (EUTM RCA).
(2)
De conformidad con la recomendación del Comandante de la Misión EUTM RCA sobre la propuesta de una contribución de la República de Serbia, y con el asesoramiento recibido del Comité Militar de la Unión Europea sobre este tema, procede aceptar la contribución del mencionado país y considerarla significativa.
(3)
De conformidad con el artículo 5 del Protocolo n.o 22 sobre la posición de Dinamarca, anejo al Tratado de la Unión Europea y al Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, Dinamarca no participa en la elaboración y aplicación de decisiones y acciones de la Unión con implicaciones en el ámbito de la defensa. Por consiguiente, Dinamarca no participa en la adopción de la presente Decisión, y no queda vinculada por ella ni sujeta a su aplicación.
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
Contribuciones de terceros Estados
1. Se acepta y considera significativa la contribución de la República de Serbia a la EUTM RCA.
2. La República de Serbia queda exenta de contribuciones financieras al presupuesto de la EUTM RCA.
Artículo 2
Entrada en vigor
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
Hecho en Bruselas, el 7 de diciembre de 2016.
Por el Comité Político y de Seguridad
El Presidente
W. STEVENS
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(1) DO L 104 de 20.4.2016, p. 21.
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