Está Vd. en

Documento DOUE-L-2015-82241

Decisión (PESC) 2015/2008 del Consejo, de 10 de noviembre de 2015, por la que se modifica la Decisión 2010/452/PESC sobre la Misión de Observación de la Unión Europea en Georgia (EUMM Georgia).

Publicado en:
«DOUE» núm. 294, de 11 de noviembre de 2015, páginas 69 a 69 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2015-82241

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea y, en particular, su artículo 28, su artículo 42, apartado 4, y su artículo 43, apartado 2,

Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1)

El 12 de agosto de 2010, el Consejo adoptó la Decisión 2010/452/PESC (1), que prorrogaba la Misión de Observación de la Unión Europea en Georgia (en lo sucesivo, «EUMM Georgia» o «la Misión») establecida por la Acción Común 2008/736/PESC del Consejo (2).

(2)

El 16 de diciembre de 2014, el Consejo adoptó la Decisión 2014/915/PESC (3), por la que se modifica la Decisión 2010/452/PESC, que prorrogaba la Misión hasta el 14 de diciembre de 2016 y establecía un importe de referencia financiera hasta el 14 de diciembre de 2015.

(3)

Debe establecerse un nuevo importe de referencia financiera para el período comprendido entre el 15 de diciembre de 2015 y el 14 de diciembre de 2016.

(4)

Por consiguiente, conviene modificar la Decisión 2010/452/PESC en consecuencia.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

La Decisión 2010/452/PESC queda modificada como sigue:

1)

En el artículo 14, apartado 1, se añade el párrafo siguiente:

«El importe de referencia financiera destinado a cubrir los gastos asociados a la Misión para el periodo comprendido entre el 15 de diciembre de 2015 y el 14 de diciembre de 2016 ascenderá a 17 640 000 EUR.».

2)

En el artículo 14, los apartados 2 y 3 se sustituyen por el apartado siguiente:

«2. Todos los gastos se gestionarán de acuerdo con los procedimientos y normas aplicables al presupuesto general de la Unión. La participación de personas físicas y jurídicas en la adjudicación de contratos por la EUMM Georgia estará abierta sin limitaciones. Además, no se aplicará ninguna norma de origen a los productos adquiridos por la EUMM Georgia.».

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

Será aplicable a partir del 15 de diciembre de 2015.

Hecho en Bruselas, el 10 de noviembre de 2015.

Por el Consejo

El Presidente

P. GRAMEGNA

____________

(1) Decisión 2010/452/PESC del Consejo, de 12 de agosto de 2010, sobre la Misión de Observación de la Unión Europea en Georgia (EUMM Georgia) (DO L 213 de 13.8.2010, p. 43).

(2) Acción Común 2008/736/PESC del Consejo, de 15 de septiembre de 2008, sobre la Misión de Observación de la Unión Europea en Georgia (EUMM Georgia) (DO L 248 de 17.9.2008, p. 26).

(3) Decisión 2014/915/PESC del Consejo, de 16 de diciembre de 2014, por la que se modifica la Decisión 2010/452/PESC sobre la Misión de Observación de la Unión Europea en Georgia (EUMM Georgia) (DO L 360 de 17.12.2014, p. 56).

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 10/11/2015
  • Fecha de publicación: 11/11/2015
  • Fecha de entrada en vigor: 10/11/2015
  • Aplicable desde el 15 de diciembre de 2015.
  • Permalink ELI EUR-Lex: https://data.europa.eu/eli/dec/2015/2008/spa
Referencias anteriores
  • MODIFICA el art. 14 de la Decisión 2010/452, de 12 de agosto (Ref. DOUE-L-2010-81456).
Materias
  • Cooperación internacional
  • Financiación comunitaria
  • Georgia
  • Pacificación
  • Política Exterior y de Seguridad Común

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid