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Documento DOUE-L-2014-80107

Reglamento de Ejecución (UE) nº 75/2014 de la Comisión, de 27 de enero de 2014, por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 1184/2005 del Consejo por el que se imponen medidas restrictivas específicas en contra de determinadas personas que obstaculizan el proceso de paz y vulneran el Derecho internacional en el conflicto de la región de Darfur en Sudán.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«DOUE» núm. 26, de 29 de enero de 2014, páginas 2 a 3 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2014-80107

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) n o 1184/2005 del Consejo, de 18 de julio de 2005, por el que se imponen medidas restrictivas específicas en contra de determinadas personas que obstaculizan el proceso de paz y vulneran el Derecho internacional en el conflicto de la región de Darfur en Sudán ( 1 ), y, en particular, su artículo 9, apartado 1, letra a),

Considerando lo siguiente:

(1) En el anexo I del Reglamento (CE) n o 1184/2005 figura la lista de personas, grupos y entidades a los que afecta la congelación de fondos y recursos económicos de acuerdo con ese mismo Reglamento.

(2) El 13 de marzo de 2013, el Comité de Sanciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (CSNU) decidió modificar cuatro entradas de la lista. Además, el 4 de septiembre de 2013, el mismo Comité decidió modificar una entrada de la lista.

(3) En vista de ello, el anexo I del Reglamento (CE) n o 1184/2005 debe modificarse en consecuencia.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo I del Reglamento (CE) n o 1184/2005 queda modificado de acuerdo con lo establecido en el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 27 de enero de 2014.

Por la Comisión, en nombre del Presidente

El Director del Servicio de Instrumentos de Política Exterior

_____

( 1 ) DO L 193 de 23.7.2005, p. 9.

ANEXO

El anexo I del Reglamento (CE) n o 1184/2005 queda modificado como sigue:

1) La entrada «Gaffar Mohamed Elhassan (alias Gaffar Mohmed Elhassan). Grado: General de División. Función: comandante de la región militar occidental de la Fuerza Aérea de Sudán. Fecha de nacimiento: 24.6.1953.» se sustituye por el texto siguiente:

«Gaffar Mohamed Elhassan (alias Gaffar Mohmed Elhassan). Fecha de nacimiento: 24.6.1952 Información adicional: a) oficial retirado de las Fuerzas Armadas de Sudán, b) reside en El Waha, Omdurman, Sudán, c) credencial identificativa de exmilitar número: 4302.».

2) La entrada «Gabril Abdul Kareem Badri (alias Gibril Abdul Kareem Barey). Grado: General. Función: comandante jefe del Movimiento Nacional para la Reforma y el Desarrollo.» se sustituye por el texto siguiente:

«Gabril Abdul Kareem Barey [alias a) Gibril Abdul Kareem Barey, b) Tek]. Grado: General. Función: Comandante Jefe del Movimiento Nacional para la Reforma y el Desarrollo (National Movement for Reform and Development, NMRD). Información adicional: reside en Tine, en el lado sudanés de la frontera con Chad.».

3) La entrada «Sheikh Musa HILAL. Información adicional: Jefe Supremo de la tribu Jalul de Darfur Septentrional.» se sustituye por el texto siguiente:

«Sheikh Musa Hilal. Función: a) miembro de la Asamblea Nacional de Sudán, b) asesor especial del Ministerio de Asuntos Federales (nombrado por el presidente de Sudán en 2008).».

4) La entrada «Adam Yacub SHANT. Información adicional: Comandante del Ejército de Liberación de Sudán» se sustituye por el texto siguiente:

«Adam Yacub Sharif [alias a) Adam Yacub Shant, b) Adam Yacoub]. Fecha de nacimiento: hacia 1976. Información adicional: supuestamente fallecido el 7 de junio de 2012.».

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 27/01/2014
  • Fecha de publicación: 29/01/2014
  • Fecha de entrada en vigor: 30/01/2014
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por Reglamento 747/2014, de 10 de julio; (Ref. DOUE-L-2014-81552).
  • Fecha de derogación: 11/07/2014
Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo I del Reglamento 1184/2005, de 18 de julio (Ref. DOUE-L-2005-81340).
Materias
  • Cuentas bloqueadas
  • Pacificación
  • Política Exterior y de Seguridad Común
  • Sudán

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