EL PARLAMENTO EUROPEO,
— Vistas las cuentas anuales definitivas de Eurojust relativas al ejercicio 2010,
— Visto el Informe del Tribunal de Cuentas sobre las cuentas anuales de Eurojust correspondientes al
ejercicio 2010, acompañado de las respuestas de Eurojust ( 1 ),
— Vista la Recomendación del Consejo de 21 de febrero de 2012 (06083/2012 – C7-0051/2012),
— Visto el artículo 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se
aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 2 ), y,
en particular, su artículo 185,
— Vista la Decisión 2002/187/JAI del Consejo, de 28 de febrero de 2002, por la que se crea Eurojust para
reforzar la lucha contra las formas graves de delincuencia ( 3 ), y, en particular, su artículo 36,
— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 2343/2002 de la Comisión, de 19 de noviembre de 2002, por el
que se aprueba el Reglamento financiero marco de los organismos a que se refiere el artículo 185 del
Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, por el que se aprueba el Reglamento financiero
aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 4 ), y, en particular, su artículo 94,
— Vistos el artículo 77 y el anexo VI de su Reglamento,
— Vistos el informe de la Comisión de Control Presupuestario y la opinión de la Comisión de Libertades
Civiles, Justicia y Asuntos de Interior (A7-0128/2012),
1. Aprueba la gestión del director administrativo de Eurojust en la ejecución del presupuesto de Eurojust
para el ejercicio 2010;
2. Presenta sus observaciones en la Resolución que figura a continuación;
3. Encarga a su Presidente que transmita la presente Decisión y la Resolución que forma parte integrante de
la misma al director administrativo de Eurojust, al Consejo, a la Comisión y al Tribunal de Cuentas, y que
disponga su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea (serie L).
El Presidente
Martin SCHULZ
El Secretario General
Klaus WELLE
________________
( 1 ) DO C 366 de 15.12.2011, p. 140.
( 2 ) DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.
( 3 ) DO L 63 de 6.3.2002, p. 1.
( 4 ) DO L 357 de 31.12.2002, p. 72.
RESOLUCIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO
de 10 de mayo de 2012
que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión por la que se aprueba la
gestión en la ejecución del presupuesto de Eurojust para el ejercicio 2010
EL PARLAMENTO EUROPEO,
— Vistas las cuentas anuales definitivas de Eurojust relativas al ejercicio 2010,
— Visto el Informe del Tribunal de Cuentas sobre las cuentas anuales de Eurojust correspondientes al
ejercicio 2010, acompañado de las respuestas de Eurojust ( 1 ),
— Vista la Recomendación del Consejo de 21 de febrero de 2012 (06083/2012 – C7-0051/2012),
— Visto el artículo 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se
aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 2 ), y,
en particular, su artículo 185,
— Vista la Decisión 2002/187/JAI del Consejo, de 28 de febrero de 2002, por la que se crea Eurojust para
reforzar la lucha contra las formas graves de delincuencia ( 3 ), y, en particular, su artículo 36,
— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 2343/2002 de la Comisión, de 19 de noviembre de 2002, por el
que se aprueba el Reglamento financiero marco de los organismos a que se refiere el artículo 185 del
Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, por el que se aprueba el Reglamento financiero
aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 4 ), y, en particular, su artículo 94,
— Vistos el artículo 77 y el anexo VI de su Reglamento,
— Vistos el informe de la Comisión de Control Presupuestario y la opinión de la Comisión de Libertades
Civiles, Justicia y Asuntos de Interior (A7-0128/2012),
A. Considerando que el Tribunal de Cuentas ha declarado haber obtenido garantías suficientes de que las
cuentas anuales de Eurojust correspondientes al ejercicio 2010 son fiables y de que las operaciones
subyacentes son legales y regulares;
B. Considerando que, el 10 de mayo de 2011, el Parlamento aprobó la gestión del director administrativo
de Eurojust en lo que se refiere a la ejecución del presupuesto de la Agencia para el ejercicio 2009 ( 5 ), y
que, en su Resolución aneja a la decisión de aprobación de la gestión, el Parlamento, entre otras cosas:
— pedía a la Agencia que informara a la autoridad responsable de aprobar la gestión presupuestaria de
las medidas adoptadas para evitar la prórroga de créditos,
— manifestaba su preocupación por el hecho de que el Tribunal de Cuentas había constatado nuevamente
insuficiencias en la planificación y aplicación de los procedimientos de selección del personal,
y observaba, en particular, que el nivel de puestos vacantes (24 %) seguía siendo demasiado elevado,
si bien inferior al de 2008 (26 %) y 2007 (33 %),
_________________
( 1 ) DO C 366 de 15.12.2011, p. 140.
( 2 ) DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.
( 3 ) DO L 63 de 6.3.2002, p. 1.
( 4 ) DO L 357 de 31.12.2002, p. 72.
( 5 ) DO L 250 de 27.9.2011, p. 215.
— pedía a la Agencia que tomara medidas inmediatas para mejorar el procedimiento de selección de
personal, reducir el número de personal temporal, reestructurar la Unidad de Recursos Humanos,
desarrollar un plan de gestión de los recursos humanos, reforzar la supervisión de las actividades en
el ámbito de los recursos humanos y revisar el contenido del registro de excepciones;
C. Considerando que el presupuesto de la Agencia para el ejercicio 2010 fue de 32 300 000 EUR, lo que
supone un incremento del 14,5 % respecto al ejercicio anterior;
D. Considerando que en 2010 la contribución de la Unión al presupuesto de la Agencia fue de
30 163 220 EUR en comparación con los 24 799 400 EUR del ejercicio anterior ( 1 ), lo que representa
un incremento del 21,62 %;
Gestión presupuestaria y financiera
1. Observa que, según su Informe anual de actividades, en 2010 la Agencia ejecutó el 97,8 % de sus
créditos de compromiso del presupuesto de funcionamiento; observa, en particular, que, en comparación
con 2009, el presupuesto ejecutado aumentó:
— un 18,6 % en el título 1 (Gastos de personal);
— un 6 % en el título 2 (Administración);
— un 34 % en el título 3 (Gastos de operaciones);
2. Reconoce que la Agencia recibió 2 159 000 EUR de la Comisión para que participara en programas en
el ámbito de la justicia penal (equipos conjuntos de investigación) y que recibió el 95 % de este importe
en 2010;
Transferencias y prórrogas de créditos
3. Constata que, según el Informe anual de actividades, en 2010 se efectuaron seis transferencias presupuestarias;
4. Observa que, según el mencionado informe, las prórrogas automáticas de créditos de compromiso
(excluidas las subvenciones) registraron un aumento pasando del 16 % en 2009 al 20 % en 2010, con
un total de 6 100 000 EUR en 2010;
5. Pide a la Agencia que informe a la autoridad responsable de aprobar la gestión presupuestaria acerca de
las medidas adoptadas para evitar la prórroga de créditos; le preocupa, en particular, el número excesivo
de prórrogas efectuadas en el título III, que representaron el 38 % del presupuesto total del título III, y
señala que esta deficiencia ha sido señalada por el Tribunal de Cuentas durante varios ejercicios;
6. Lamenta el elevado nivel de créditos prorrogados a 2011; toma nota de la respuesta de la Agencia,
según la cual esto se debió al proyecto de revisión de la estructura organizativa, los costes de las nuevas
infraestructuras informáticas y los costes de procesamiento de datos; celebra las medidas que adoptará
la Agencia en 2012, en particular el establecimiento de planes de contratación pública específicos para
cada unidad; insta a la Agencia a aplicar dichas medidas sin más dilación; celebra la garantía de que las
autorizaciones y los compromisos necesarios para la contratación pública se concederán lo antes
posible en el año, y pide a la Agencia que se adhiera a esta garantía;
Procedimientos de contratación pública
7. Observa que, según el Informe anual de actividades, en 2010 se concluyeron nueve procedimientos
abiertos, siete procedimientos negociados, tres procedimientos interinstitucionales y un procedimiento
conjunto, que dieron lugar a 29 nuevos contratos;
____________________
( 1 ) DO L 64 de 12.3.2010, p. 1052.
8. Toma nota de las observaciones del Tribunal de Cuentas según las cuales en un caso el comité de
evaluación no aplicó las ponderaciones publicadas en el pliego de condiciones; pide, por consiguiente, a
la Agencia que evite en el futuro errores similares y se asegure de que se respetan las normas de calidad
de los procedimientos que se utilizan en las licitaciones;
Registro de excepciones
9. Constata, según el Informe anual de actividades, que en 2010 se consignaron en el registro de
excepciones seis nuevas decisiones de excepción, de las cuales cuatro se referían a cuestiones presupuestarias,
financieras y en materia de licitaciones, y dos a cuestiones relacionadas con los recursos
humanos;
10. Toma nota, en particular, de que las cuatro excepciones relacionadas con el presupuesto, las finanzas y
las licitaciones hacían referencia a los siguientes aspectos:
— la delegación del derecho a efectuar transferencias contemplada en el artículo 23, apartado 1, del
Reglamento financiero de Eurojust,
— el artículo 75 del Reglamento financiero de Eurojust y la concesión de una subvención por parte de
Eurojust — Red Judicial Europea y el hecho de que la excepción expirara el 31 de diciembre de
2010,
— la prórroga de un contrato que debería haber terminado y el hecho de que finalizara el 27 de
diciembre de 2010 con la firma de un nuevo contrato tras la celebración de una licitación,
— el incremento del importe consignado de una decisión de adjudicación de 2008 (en 2008);
pide a la Agencia que informe a la autoridad responsable de aprobar la gestión presupuestaria acerca de
la situación en que se encuentran dos excepciones que estaban todavía vigentes a finales de 2010;
11. Observa que, en lo que se refiere a los recursos humanos, las dos excepciones hacían referencia a los
siguientes aspectos:
— la prórroga de la designación de un miembro del personal para que siguiera ocupando temporalmente
el puesto de jefe de unidad,
— el traslado temporal de un miembro del personal en interés del servicio de conformidad con el
artículo 7 del Estatuto de los funcionarios;
toma nota de la declaración de la Agencia de que estas dos situaciones finalizaron el 15 de octubre de
2010;
Recursos humanos (RH)
12. Manifiesta su preocupación por el hecho de que el Tribunal de Cuentas haya constatado nuevamente
insuficiencias en la ejecución de los procedimientos de selección del personal; indica, en particular, que
el nivel de puestos vacantes (13 %) sigue siendo elevado, si bien es menor que en 2009 (24 %), en 2008
(26 %) y en 2007 (33 %); pide, por consiguiente, a la Agencia que establezca un amplio plan de acción
en materia de selección de personal para reducir considerablemente el porcentaje de puestos vacantes, e
informe al respecto a la autoridad responsable de aprobar la gestión presupuestaria;
13. Toma nota de la observación del Tribunal de Cuentas de que, pese a que no puede procederse a
contrataciones de personal recurriendo a listas de reserva que hayan vencido, en 2010 se contrató a un
funcionario a partir de una lista de reserva que había dejado de ser válida en enero de 2009 y cuya
prolongación no se había aceptado; pide a la Agencia que vele por que todas las decisiones en materia
de contratación se documenten adecuadamente con el fin de evitar este tipo de situaciones en el futuro;
14. Lamenta este hecho y pide a la Agencia que controle de cerca la validez de todas las listas de reserva a
efectos de contratación, con el fin de evitar este tipo de errores en el futuro; celebra la respuesta de la
Agencia según la cual los nombramientos a partir de una lista de reserva solo se efectuarán tras una
verificación de la idoneidad del nombramiento individual en cuestión;
15. Pide a la Agencia que deje de seguir estas prácticas y respete las normas de contratación;
16. Lamenta que el comité de evaluación no aplicara las ponderaciones publicadas en el pliego de condiciones;
acoge con satisfacción la información que proporciona la Agencia, según la cual se han
adoptado medidas que incluyen la presentación al director administrativo de la totalidad de los documentos
relativos a la evaluación sustancial y comercial para cada contratación antes de adjudicar un
contrato; celebra el compromiso contraído por la Agencia de proceder de manera justa, transparente y
correcta a la hora de adjudicar de contratos, de manera que se contribuya a la credibilidad financiera de
la organización, y pide a la Agencia que adopte medidas para garantizar plenamente el respeto de este
compromiso;
Prestaciones
Revisión de la estructura organizativa
17. Toma nota de que, según el Informe anual de actividades, la revisión de la estructura organizativa, que
comenzó en 2009, continuó en 2010, y que se elaboró una propuesta relativa al organigrama plurianual
2012-2014 y a la plantilla de personal para los ejercicios 2011 y 2012; observa asimismo que a
finales del ejercicio 2010 una empresa de consultoría presentó un plan detallado para la fase de
aplicación que fue debatido y aceptado en última instancia por el Colegio de Eurojust;
Información y análisis financieros
18. Toma nota de la declaración recogida en el Informe anual de actividades de la Agencia según la cual su
Unidad de Presupuesto, Finanzas y Licitaciones introdujo un método reforzado de información y
análisis financieros a nivel de unidad; entiende que los jefes de unidad reciben ahora información
completa sobre su gasto y sus compromisos por línea presupuestaria, y que dicha información se
facilita con carácter mensual y trimestral, incluyendo comparaciones con el presupuesto del ejercicio
en curso y del ejercicio anterior, por mes y de forma acumulativa;
19. Opina que la aplicación concienzuda de este método debería dar lugar a una mejora de la gestión
presupuestaria y financiera; pide a la Agencia que informe a la autoridad responsable de aprobar la
gestión presupuestaria acerca de los resultados concretos obtenidos tras la aplicación de este método;
Responsabilidades del director administrativo
20. Recuerda que el director administrativo de la Agencia es responsable ante la autoridad responsable de
aprobar la gestión presupuestaria de la ejecución de los ingresos y gastos del presupuesto, así como de
la implantación de la estructura organizativa y de los sistemas y procedimientos de gestión y control
internos pertinentes para que las cuentas definitivas no contengan errores materiales y para garantizar
que las operaciones subyacentes a dichas cuentas sean legales y regulares;
21. Constata, no obstante, según la observación del Tribunal de Cuentas, que el director administrativo no
es responsable de facto de la mayor parte de decisiones de gestión cotidiana, que son adoptadas por el
Colegio de Eurojust con arreglo a las disposiciones pertinentes de la Decisión 2002/187/JAI por la que
se crea Eurojust; pide a la Agencia que aborde y revise esa anomalía cuanto antes; señala que, si
persisten las ambigüedades, el nuevo Reglamento previsto sobre la Agencia deberá abordar esta deficiencia
estructural;
22. Toma nota, según la declaración de la Agencia, de que su Colegio no dispone de los medios necesarios
para redefinir las responsabilidades y los cometidos respectivos del director administrativo y del Colegio,
de manera que se solucione este solapamiento de responsabilidades, pero que se han tomado medidas
para garantizar que su director administrativo pueda actuar con arreglo a sus responsabilidades;
Programa de trabajo anual
23. Destaca la importancia de vincular los indicadores de la Agencia a sus objetivos, su presupuesto y su
programa de trabajo, con el fin de que las partes interesadas evalúen el rendimiento de la Agencia; insta,
por consiguiente, a la Agencia a que informe a la autoridad responsable de aprobar la gestión presupuestaria
sobre esos indicadores clave establecidos por la Agencia y sobre su relación con sus objetivos,
su presupuesto y su programa de trabajo;
24. Considera que el procedimiento interno de la Agencia de apoyo al establecimiento de su programa de
trabajo anual repercute significativamente en la fiabilidad de la información que la Agencia facilita a las
partes interesadas y a la autoridad responsable de aprobar la gestión presupuestaria; pide, por consiguiente,
a la Agencia que garantice una planificación coherente y unas directrices y unos procedimientos
adecuados, así como que facilite documentación suficiente en apoyo de su programa de trabajo, con
el fin de proporcionar información sobre todas las actividades realizadas y sobre los recursos previstos
por actividad;
25. Le preocupa que en la Decisión 2002/187/JAI por la que se crea Eurojust no se determine la atribución
de responsabilidades en lo que se refiere a la preparación y adopción del programa de trabajo; considera
que esta situación podría generar confusión y falta de implicación a la hora de preparar y adoptar el
programa de trabajo; pide, por consiguiente, a la Agencia que corrija rápidamente esta situación e
informe a la autoridad responsable de aprobar la gestión presupuestaria acerca de las acciones emprendidas;
26. Pide a la Agencia que tome medidas para evitar que se cuestione el fundamento jurídico relativo a la
ejecución de su presupuesto y para que su programa de trabajo sea completo y contenga toda la
información necesaria, esto es, información sobre todas las actividades realizadas por la Agencia y los
recursos previstos por actividad;
27. Pide asimismo a la Agencia que establezca un plan estratégico plurianual en materia de TI para las
actividades operativas y de apoyo;
Auditoría interna
28. Reconoce que doce recomendaciones «muy importantes» del Servicio de Auditoría Interna (SAI) todavía
están abiertas, incluidas dos que la Agencia ha comunicado ya como aplicadas, y pide al SAI que precise
la fase real de ejecución en que se encuentran;
29. Observa que, en el caso de ocho recomendaciones «muy importantes», la ejecución se retrasó más allá
de la fecha fijada por la Agencia en su plan de acción inicial; observa que seis de ellas tienen un retraso
de más de doce meses y se refieren a:
— la revisión del contenido del registro de excepciones y sus acciones correctoras,
— el desarrollo de un plan de gestión de los recursos humanos,
— el refuerzo del control de las actividades en materia de recursos humanos,
— la reducción del número de personal temporal,
— la redefinición de la creación de la Unidad de Recursos Humanos,
— la aplicación de un instrumento IT integrado en materia de recursos humanos;
30. Insta a la Agencia a que dé el curso adecuado a las recomendaciones del SAI y a que informe a la
autoridad responsable de aprobar la gestión presupuestaria acerca de las medidas adoptadas a este
respecto;
31. Llama la atención sobre las recomendaciones formuladas en anteriores informes de aprobación de la
gestión y que se recogen en el anexo a la presente Resolución;
32. Remite, en relación con otras observaciones de carácter horizontal que acompañan a la Decisión de
aprobación de la gestión, a su Resolución de 10 de mayo de 2012 ( 1 ) sobre el rendimiento, la gestión
financiera y el control de las agencias.
__________________
( 1 ) Textos aprobados, P7_TA(2012)0164 (véase la página 388 del presente Diario Oficial).
ANEXO
RECOMENDACIONES DEL PARLAMENTO EUROPEO EN LOS ÚLTIMOS AÑOS
Eurojust 2006 2007 2008 2009
Prestaciones s.o. La falta de indicadores, los déficits en la evaluación
del grado de satisfacción de los usuarios y la falta
de coordinación entre el presupuesto y el
programa de trabajo dificultan la evaluación del
rendimiento de Eurojust
Pide a la Agencia que informe a la autoridad
responsable de la aprobación de la gestión
presupuestaria sobre los indicadores clave de
rendimiento y sus vínculos con los objetivos,
presupuesto y programas de trabajo de la Agencia.
Prórrogas de créditos Los principios de anualidad y
especificación no se han respetado
estrictamente: la gestión del
presupuesto muestra un elevado
número de transferencias de
créditos entre líneas
presupuestarias y en muchos casos
la documentación justificativa no
es lo suficientemente detallada
El principio de anualidad no se ha
respetado estrictamente: elevados
niveles de prórrogas y deficiencias
en la programación y el control
(presupuesto: 18 900 000 EUR;
créditos: 18 000 000 EUR;
prórrogas: 5 200 000 EUR)
— El principio de anualidad no se ha respetado
estrictamente: el nivel de los créditos
prorrogados del ejercicio anterior y
posteriormente anulados (1 000 000 EUR o el
25 % de los créditos prorrogados) es
elevado
— Pide a la Comisión que mantenga el efectivo de
caja de Eurojust lo más bajo posible. Eurojust
tiene permanentemente un efectivo de caja
sumamente elevado (diciembre de 2008:
4 612 878,47 EUR)
— El Tribunal de Cuentas no hace comentarios
sobre el nivel de las prórrogas y anulaciones de
créditos para 2009
— Pide a la Agencia que informe a la autoridad
responsable de aprobar la gestión presupuestaria
sobre las medidas adoptadas para evitar la
prórroga de créditos, pues esta ha sido una
cuestión recurrente durante los anteriores
procedimientos de aprobación de la gestión
Procedimientos de contratación
pública
Deficiencias en el procedimiento de
licitación.
Deficiencias en los procedimientos
de licitación, al igual que en los
dos ejercicios anteriores (esto es, la
Agencia prorrogó algunos
contratos en curso de manera
contraria a la normativa)
Deficiencias en los procedimientos de licitación, al
igual que en los tres ejercicios anteriores; en la
mayoría de los casos no se procedió a una
estimación del valor de mercado antes de dar inicio
al procedimiento. Deficiencias en el control de los
contratos y la programación de los procedimientos.
Pide a la Agencia que informe a la autoridad
responsable de la aprobación de la gestión
presupuestaria sobre el plan previsto para resolver
esta situación
Felicita a la Agencia por el establecimiento de
medidas de evaluación del valor de mercado de los
productos o servicios pertinentes antes de incoar un
procedimiento de contratación pública; considera
que tal iniciativa es una práctica importante que
deberían hacer suya otras agencias; se congratula
asimismo del plan anual de contratación pública de
la Agencia para 2009, pues ha sido de gran ayuda
para las unidades y servicios de la Agencia en la
gestión de sus respectivas licitaciones; considera que
con esas iniciativas se mejora la guía y el control del
ordenador
Eurojust 2006 2007 2008 2009
Recursos humanos s.o. — Deficiencias en los
procedimientos de contratación
— Reducción del porcentaje de
puestos vacantes del
34 % a finales de
2007 al 25 % a
finales de 2008
— Deficiencias en los
procedimientos de contratación
— Deficiencias en la planificación y aplicación de
los procedimientos de contratación:
26 % de los puestos todavía vacantes
— Eurojust no ha respetado el principio de
especificación
— Pide a la Agencia que informe a la autoridad
responsable de la aprobación de la gestión
presupuestaria acerca de su nuevo
procedimiento de contratación
— El Tribunal de Cuentas toma nota de las
deficiencias en la planificación y aplicación de
los procedimientos de contratación
(24 % de los puestos todavía vacantes)
— Pide a la Agencia que establezca un amplio plan
de selección de personal para reducir
considerablemente el porcentaje de puestos
vacantes, e informe a la autoridad responsable
de aprobar la gestión presupuestaria a este
respecto
— Pide a la Agencia que reduzca el número de
personal temporal hasta alcanzar el número
recomendado por el SAI
— Expresa su preocupación por el hecho de que el
Tribunal de Cuentas haya indicado que 3 de los
6 puestos de dirección intermedia de la Agencia
han sido cubiertos temporalmente por
miembros del personal «en funciones»
Auditoría interna s.o. s.o. Pide a la Agencia que aplique 26 de las 26
recomendaciones formuladas por el Servicio de
Auditoría Interna. Pide a la Agencia que aplique sin
demora las siguientes recomendaciones en lo que
se refiere a la gestión de los recursos humanos:
elaboración de un plan a corto plazo para cubrir
las actuales vacantes; redefinición de la
organización de la Unidad de Recursos Humanos;
reducción del número de agentes temporales;
refuerzo del procedimiento de contratación;
aprobación de las normas de ejecución relativas al
desarrollo profesional; salvaguarda de la
independencia de los miembros del jurado;
medidas para la correcta aplicación de los
procedimientos de contratación pública
Pide a la Agencia que informe a la autoridad
responsable de aprobar la gestión presupuestaria
sobre las causas de tal demora en la resolución de
las recomendaciones hechas por el SAI el 31 de
diciembre de 2008, y que adopte inmediatamente
medidas para mejorar el procedimiento de selección
de personal, reducir el número de agentes
temporales, reestructurar la unidad de recursos
humanos, desarrollar un plan de gestión de recursos
humanos, reforzar la supervisión de las actividades
en el ámbito de los recursos humanos y revisar el
contenido del registro de excepciones
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