EL PARLAMENTO EUROPEO,
— Vistas las cuentas anuales definitivas de la Agencia de Abastecimiento de Euratom relativas al ejercicio
2010,
— Visto el Informe del Tribunal de Cuentas sobre las cuentas anuales definitivas de la Agencia de Abastecimiento
de Euratom relativas al ejercicio 2010, acompañado de las respuestas de la Agencia ( 1 ),
— Vista la Recomendación del Consejo de 21 de febrero de 2012 (06083/2012 — C7-0051/2012),
— Visto el artículo 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se
aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 2 ), y,
en particular, su artículo 185,
— Visto el Reglamento (CE) n o 2008/114/CE del Consejo, de 12 de febrero de 2008, por el que se
establecen los estatutos de la Agencia de Abastecimiento de Euratom ( 3 ), y, en particular, su artículo 8,
— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 2343/2002 de la Comisión, de 19 de noviembre de 2002, por el
que se aprueba el Reglamento financiero marco de los organismos a que se refiere el artículo 185 del
Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, por el que se aprueba el Reglamento financiero
aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 4 ), y, en particular, su artículo 94,
— Vistos el artículo 77 y el anexo VI de su Reglamento,
— Visto el informe de la Comisión de Control Presupuestario (A7-0131/2012),
1. Aprueba la gestión del Director General de la Agencia de Abastecimiento de Euratom en la ejecución del
presupuesto de la Agencia para el ejercicio 2010;
2. Presenta sus observaciones en la Resolución que figura a continuación;
3. Encarga a su Presidente que transmita la presente Decisión y la Resolución que forma parte integrante de
la misma al Director General de la Agencia de Abastecimiento de Euratom, al Consejo, a la Comisión y
al Tribunal de Cuentas, y que disponga su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea (serie L).
El Presidente
Martin SCHULZ
El Secretario General
Klaus WELLE
_________________
( 1 ) DO C 366 de 15.12.2011, p. 6.
( 2 ) DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.
( 3 ) DO L 41 de 15.2.2008, p. 15.
( 4 ) DO L 357 de 31.12.2002, p. 72.
RESOLUCIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO
de 10 de mayo de 2012
que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión por la que se aprueba la
gestión en la ejecución del presupuesto de la Agencia de Abastecimiento de Euratom para el
ejercicio 2010
EL PARLAMENTO EUROPEO,
— Vistas las cuentas anuales definitivas de la Agencia de Abastecimiento de Euratom relativas al ejercicio
2010,
— Visto el Informe del Tribunal de Cuentas sobre las cuentas anuales definitivas de la Agencia de Abastecimiento
de Euratom relativas al ejercicio 2010, acompañado de las respuestas de la Agencia ( 1 ),
— Vista la Recomendación del Consejo de 21 de febrero de 2012 (06083/2012 — C7-0051/2012),
— Visto el artículo 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se
aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 2 ), y,
en particular, su artículo 185,
— Vista la Decisión 2008/114/CE, Euratom del Consejo, de 12 de febrero de 2008, por la que se
establecen los estatutos de la Agencia de Abastecimiento de Euratom ( 3 ), y, en particular, su artículo 8,
— Visto el Reglamento (CE, Euratom) n o 2343/2002 de la Comisión, de 19 de noviembre de 2002, por el
que se aprueba el Reglamento financiero marco de los organismos a que se refiere el artículo 185 del
Reglamento (CE, Euratom) n o 1605/2002 del Consejo, por el que se aprueba el Reglamento financiero
aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas ( 4 ), y, en particular, su artículo 94,
— Vistos el artículo 77 y el anexo VI de su Reglamento,
— Visto el informe de la Comisión de Control Presupuestario (A7-0131/2012),
A. Considerando que, de conformidad con la Decisión 2008/114/CE, Euratom, la Agencia de Abastecimiento
de Euratom («la Agencia»), establecida en Luxemburgo en 1958, tiene nuevos estatutos y se ha
convertido en una Agencia;
B. Considerando que el Tribunal de Cuentas ha declarado haber obtenido garantías suficientes de que las
cuentas anuales de la Agencia correspondientes al ejercicio 2010 son fiables y de que las operaciones
subyacentes son legales y regulares,
C. Considerando que el Tribunal de Cuentas subrayó también en su informe relativo al ejercicio 2010 la
falta de conformidad de los estatutos de la Agencia con el artículo 54 del Tratado constitutivo de la
Comunidad Europea de la Energía Atómica;
1. Toma nota de que en 2010 la Agencia no recibió subvención alguna para la financiación de sus
actividades operativas y de que la Comisión se hizo cargo de todos los gastos que generó en el marco
de la ejecución de su presupuesto; toma nota de que esta situación ha persistido desde la creación de la
Agencia en 2008;
2. Señala que, al no tener un presupuesto autónomo, la Agencia está integrada de hecho en la Comisión,
situación que es contraria a sus estatutos;
________________
( 1 ) DO C 366 de 15.12.2011, p. 6.
( 2 ) DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.
( 3 ) DO L 41 de 15.2.2008, p. 15.
( 4 ) DO L 357 de 31.12.2002, p. 72.
3. Toma nota, no obstante, de la carta de 31 de marzo de 2011 del Director General, en la que reconoce
el problema y detalla las medidas adoptadas tal como lo había solicitado la autoridad encargada de la
aprobación de la gestión; señala, en particular, que se ha llegado a un acuerdo para resolver esta
situación, proponiendo que se restablezca una línea presupuestaria específica para la Agencia en el
presupuesto general de la Unión Europea para 2012;
4. Señala, igualmente, que el 20 de abril de 2011, la Comisión propuso dotar a la línea propuesta para la
Agencia (32 01 06) con 98 000 EUR del presupuesto general de la Unión Europea; considera que, tras
la aprobación de las autoridades presupuestarias de la Unión, esto supondrá un gran paso adelante para
resolver los actuales problemas;
5. Llama la atención sobre las recomendaciones realizadas en anteriores informes de aprobación de la
gestión y que se recogen en el anexo de la presente Resolución;
6. Remite, en relación con otras observaciones de carácter horizontal que acompañan a la decisión de
aprobación de la gestión, a su Resolución de 10 de mayo de 2012 ( 1 ) sobre el rendimiento, la gestión
financiera y el control de las agencias.
__________________
( 1 ) Textos aprobados, P7_TA(2012)0164 (Véase la página 388 del presente Diario Oficial).
ANEXO
RECOMENDACIONES DEL PARLAMENTO EUROPEO FORMULADAS EN ANTERIORES INFORMES DE APROBACIÓN DE LA GESTIÓN
Agencia de Abastecimiento de Euratom 2007 2008 2009
Rendimiento s.o. s.o. s.o.
Gestión presupuestaria y financiera 38,7 % de los créditos prorrogados Al no tener un presupuesto autónomo, la Agencia
está integrada de hecho en la Comisión; esta situación
plantea la cuestión de la necesidad de mantener
la Agencia en sus actuales forma y organización
En 2009 la Agencia no recibió subvención alguna
para la financiación de sus actividades operativas y
la Comisión se hizo cargo de todos los gastos que
generó en el marco de la ejecución del presupuesto
correspondiente al ejercicio 2009. La Agencia está
integrada de hecho en la Comisión
Recursos humanos s.o. s.o. Reconoce que, de conformidad con el artículo 3 de
sus estatutos, la Agencia ha seleccionado a su propio
auditor interno, que asumió sus funciones el 1 de
julio de 2009
Auditoría interna s.o. s.o. s.o.
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