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Documento DOUE-L-2011-82729

Decisión de Ejecución de la Comisión, de 14 de diciembre de 2011, sobre la determinación de las cantidades y la asignación de las cuotas de sustancias reguladas de conformidad con el Reglamento (CE) nº 1005/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre las sustancias que agotan la capa de ozono, en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2012 [notificada con el número C(2011) 9196].

Publicado en:
«DOUE» núm. 343, de 23 de diciembre de 2011, páginas 57 a 64 (8 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2011-82729

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) n o 1005/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de septiembre de 2009, sobre las sustancias que agotan la capa de ozono, ( 1 ) y, en particular, su artículo 10, apartado 2, y su artículo 16,

Considerando lo siguiente:

(1) Se imponen límites cuantitativos al despacho a libre práctica en la Unión de sustancias reguladas importadas, como se establece en el artículo 16 del Reglamento (CE) n o 1005/2009.

(2) Además, la Comisión debe determinar las cantidades de sustancias reguladas distintas de los hidroclorofluorocarburos que pueden utilizarse para usos esenciales de laboratorio y análisis y las empresas que pueden utilizarlas.

(3) La determinación de las cuotas asignadas para usos esenciales de laboratorio y análisis ha de garantizar el respeto de los límites cuantitativos establecidos en el artículo 10, apartado 6, aplicando el Reglamento (UE) n o 537/2011 de la Comisión, de 1 de junio de 2011, sobre el mecanismo de asignación de las cantidades de sustancias reguladas que se autorizan para usos de laboratorio y análisis en la Unión de conformidad con el Reglamento (CE) n o 1005/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre las sustancias que agotan la capa de ozono ( 2 ). Dado que los límites cuantitativos incluyen cantidades de hidroclorofluorocarburos autorizados para usos de laboratorio y análisis, la producción e importación de hidroclorofluorocarburos para esos usos deben regularse asimismo mediante dicha asignación.

(4) La Comisión publicó un anuncio dirigido a las empresas que tenían la intención de importar sustancias reguladas que agotan la capa de ozono a la Unión Europea o exportarlas desde esta en 2012 y a las empresas que iban a solicitar una cuota para 2012 respecto a dichas sustancias destinadas a usos analíticos y de laboratorio (2011/C 75/05) ( 3 ) y, en respuesta, recibió declaraciones de importaciones previstas para 2012.

(5) Los límites cuantitativos y las cuotas deben determinarse para el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2012, con arreglo al ciclo de notificación anual previsto en el Protocolo de Montreal relativo a las sustancias que agotan la capa de ozono.

(6) Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité establecido en el artículo 25, apartado 1, del Reglamento (CE) n o 1005/2009.

__________________

( 1 ) DO L 286 de 31.10.2009, p. 1.

( 2 ) DO L 147 de 2.6.2011, p. 4.

( 3 ) DO C 75 de 9.3.2011, p. 4.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Cantidades destinadas al despacho a libre práctica

1. La cantidad de sustancias reguladas del grupo I (clorofluorocarburos 11, 12, 113, 114 y 115) y del grupo II (otros clorofluorocarburos totalmente halogenados) sometidas al Reglamento (CE) n o 1005/2009 que puede despacharse a libre práctica en la Unión en 2012 a partir de fuentes exteriores a la Unión será de 11 185 000 kilogramos ponderados según el potencial de agotamiento del ozono (PAO).

2. La cantidad de sustancias reguladas del grupo III (halones) sometidas al Reglamento (CE) n o 1005/2009 que puede despacharse a libre práctica en la Unión en 2012 a partir de fuentes exteriores a la Unión será de 15 761 510 kilogramos ponderados según el PAO.

3. La cantidad de sustancias reguladas del grupo IV (tetracloruro de carbono) sometidas al Reglamento (CE) n o 1005/2009 que puede despacharse a libre práctica en la Unión en 2012 a partir de fuentes exteriores a la Unión será de 8 800 220 kilogramos ponderados según el PAO.

4. La cantidad de sustancias reguladas del grupo V (1,1,1- tricloroetano) sometidas al Reglamento (CE) n o 1005/2009 que puede despacharse a libre práctica en la Unión en 2012 a partir de fuentes exteriores a la Unión será de 1 000 015 kilogramos ponderados según el PAO.

5. La cantidad de sustancias reguladas del grupo VI (bromuro de metilo) sometidas al Reglamento (CE) n o 1005/2009 que puede despacharse a libre práctica en la Unión en 2012 a partir de fuentes exteriores a la Unión será de 889 320 kilogramos ponderados según el PAO.

6. La cantidad de sustancias reguladas del grupo VII (hidrobromofluorocarburos) sometidas al Reglamento (CE) n o 1005/2009 que puede despacharse a libre práctica en la Unión en 2012 a partir de fuentes exteriores a la Unión será de 1 065,8 kilogramos ponderados según el PAO.

7. La cantidad de sustancias reguladas del grupo VIII (hidroclorofluorocarburos) sometidas al Reglamento (CE) n o 1005/2009 que puede despacharse a libre práctica en la Unión en 2012 a partir de fuentes exteriores a la Unión será de 4 581 681,8 kilogramos ponderados según el PAO.

8. La cantidad de sustancias reguladas del grupo IX (bromoclorometano) sometidas al Reglamento (CE) n o 1005/2009 que puede despacharse a libre práctica en la Unión en 2012 a partir de fuentes exteriores a la Unión será de 294 012 kilogramos ponderados según el PAO.

Artículo 2

Asignación de cuotas destinadas al despacho a libre práctica

1. La asignación de cuotas de clorofluorocarburos 11, 12, 113, 114 y 115 y de otros clorofluorocarburos totalmente halogenados durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2012 corresponderá a los fines indicados y a las empresas que figuran en el anexo I.

2. La asignación de cuotas de halones durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2012 corresponderá a los fines indicados y a las empresas que figuran en el anexo II.

3. La asignación de cuotas de tetracloruro de carbono durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2012 corresponderá a los fines indicados y a las empresas que figuran en el anexo III.

4. La asignación de cuotas de 1,1,1-tricloroetano durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2012 corresponderá a los fines indicados y a las empresas que figuran en el anexo IV.

5. La asignación de cuotas de bromuro de metilo durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2012 corresponderá a los fines indicados y a las empresas que figuran en el anexo V.

6. La asignación de cuotas de hidrobromofluorocarburos durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2012 corresponderá a los fines indicados y a las empresas que figuran en el anexo VI.

7. La asignación de cuotas de hidroclorofluorocarburos durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2012 corresponderá a los fines indicados y a las empresas que figuran en el anexo VII.

8. La asignación de cuotas de bromoclorometano durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2012 corresponderá a los fines indicados y a las empresas que figuran en el anexo VIII.

9. Las cuotas específicas de las empresas se establecerán como figura en el anexo IX.

Artículo 3

Cuotas para usos de laboratorio y análisis Las cuotas para la importación y producción de sustancias reguladas para usos de laboratorio y análisis en el año 2012 se asignarán a las empresas que figuran en el anexo X.

Las cantidades máximas que podrán producirse o importarse en 2012 para usos de laboratorio y análisis asignadas a dichas empresas figuran en el anexo XI.

Artículo 4

Período de validez

La presente Decisión será aplicable a partir del 1 de enero de 2012 y expirará el 31 de diciembre de 2012.

Artículo 5

Destinatarios

Las destinatarias de la presente Decisión serán las siguientes empresas:

Airbus Operations S.A.S. Route de Bayonne 316 31300 Toulouse Francia

Albany Molecular Research (UK) Ltd Mostyn Road Holywell Flintshire, CH8 9DN Reino Unido

Albemarle Europe SPRL Parc Scientifique Einstein Rue du Bosquet 9 1348 Louvain-la-Neuve Bélgica ALFA Agricultural Supplies SA 73, Ethnikis Antistasseos Str, 152 31 Chalandri, Athens Grecia Arkema France SA 420, rue d’Estienne D’Orves 92705 Colombes Cedex Francia

Arkema Química SA Avenida de Burgos 12 28036 Madrid España

Ateliers Bigata SAS 10, rue Jean Baptiste Perrin, 33320 Eysines Cedex Francia

BASF Agri Production SAS 32 rue de Verdun 76410 Saint-Aubin lès Elbeuf Francia

Bayer Crop Science AG Gebäude A729 41538 Dormagen Aelmania

Dow Deutschland Anlagengesellschaft mbH Bützflether Sand 21683 Stade Alemania

DuPont de Nemours (Nederland) BV Baanhoekweg 22 3313 LA Dordrecht Países Bajos

Dyneon GmbH Werk Gendorf Industrieperkstrasse 1 84508 Burgkirchen Alemania

Eras Labo 222 D1090 38330 Saint Nazaire les Eymes Francia

Eusebi Impianti Srl Via Mario Natalucci 6 60131 Ancona Italia

Eusebi Service Srl Via Vincenzo Pirani 4 60131 Ancona Italia

Fire Fighting Enterprises Ltd. 9 Hunting Gate, Hitchin SG4 0TJ Reino Unido

Harp International Ltd Gellihirion Industrial Estate Rhondda, Cynon Taff Pontypridd CF37 5SX Reino Unido

Honeywell Fluorine Products Europe B.V. Laarderhoogtweg 18 1101 EA Amsterdam Países Bajos Honeywell Specialty Chemicals GmbH Wunstorfer Strasse 40 Postfach 100262 30918 Seelze Alemania Hovione Farmaciencia SA Sete Casas 2674-506 Loures Portugal

ICL-IP Europe B.V. Fosfaatweeg 48 1013 BM Amsterdam Países Bajos

Laboratorios Miret SA Geminis 4, 08228 Terrassa, Barcelona España

LGC Standards GmbH Mercatorstr. 51 46485 Wesel Aelmania

LPG Técnicas en Extinción de Incendios SL C/Mestre Joan Corrales 107-109 08950 Esplugas de Llobregat, Barcelona España

Mebrom NV Assenedestraat 4 9940 Rieme Ertvelde Bélgica

Merck KgaA Frankfurter Strasse 250 64271 Darmstadt Alemania

Mexichem UK Ltd. PO Box 13 The Heath Runcorn Cheshire WA7 4QX Reino Unido

Ministry of Defence Defence Fuel Lubricants and Chemicals P.O. Box 10.000 1780 CA Den Helder Países Bajos

Panreac Química S.L.U. Pol. Ind. Pla de la Bruguera, C/Garraf 2 08211 Castellar del Vallès-Barcelona España

Poż-Pliszka Sp. z o.o. ul. Szczecińska 45 80-392 Gdańsk Polonia

R.P. Chem s.r.l. Via San Michele 47 31062 Casale sul Sile (TV) Italia Safety Hi-Tech S.r.l. Via Cavour 96 67051 Avezzano (AQ) Italia

Savi Technologie Sp. z o.o. Ul. Wolnosci 20 Psary 51-180 Wroclaw Polonia

Sicor Srl Via Terazzano 77 20017 Rho Italia

Sigma Aldrich Chemie GmbH Riedstrasse 2 89555 Steinheim Alemania

Sigma Aldrich Chimie SARL 80, rue de Luzais L’isle d’abeau Chesnes 38297 St Quentin Fallavier Francia

Sigma Aldrich Company Ltd The Old Brickyard, New Road Gillingham SP8 4XT Reino Unido

Solvay Fluor GmbH Hans-Böckler-Allee 20 30173 Hannover Alemania

Solvay Fluores France 25 rue de Clichy 75442 Paris Francia

Solvay Specialty Polymers France SAS Avenue de la Republique 39501 Tavaux Cedex Francia

Solvay Solexis S.p.A. Viale Lombardia 20 20021 Bollate (MI) Italia

Sterling S.r.l. Via della Carboneria 30 06073 Solomeo di Corciano (PG) Italia

Syngenta Crop Protection Surrey Research Park 30 Priestly Road Guildford Surrey GU2 7YH Reino Unido

Tazzetti S.p.A. Corso Europa n. 600/a 10070 Volpiano (TO) Italia

Total Feuerschutz GmbH Industriestr 13 68526 Ladenburg Alemania

Hecho en Bruselas, el 14 de diciembre de 2011.

Por la Comisión

Connie HEDEGAARD

Miembro de la Comisión

ANEXO I

GRUPOS I Y II

Cuotas de importación de los clorofluorocarburos 11, 12, 113, 114 y 115 y de otros clorofluorocarburos totalmente halogenados que se asignan a los importadores de acuerdo con el Reglamento (CE) n o 1005/2009 para su uso como materia prima y como agente de transformación durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 diciembre 2012.

Empresas

Honeywell Fluorine Products Europe (NL)

Mexichem UK (UK)

Solvay Solexis (IT)

Syngenta Crop Protection (UK)

Tazzetti (IT)

TEGA Technische Gase und Gastechnik (DE)

ANEXO II

GRUPO III

Cuotas de importación de halones que se asignan a los importadores de acuerdo con el Reglamento (CE) n o 1005/2009 para su uso como materia prima y para usos críticos durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 diciembre 2012.

Empresas

Ateliers Bigata (FR)

BASF Agri Product (FR)

ERAS Labo (FR)

Eusebi Impianti (IT)

Eusebi Service (IT)

Fire Fighting Enterprises Ltd (UK)

LPG Técnicas en Extinción de Incendios (ES) Poz-Pliszka (PL)

Safety Hi-Tech (IT)

Savi Technologie (PL)

Total Feuerschutz (DE)

ANEXO III

GRUPO IV

Cuotas de importación de tetracloruro de carbono que se asignan a los importadores de acuerdo con el Reglamento (CE) n o 1005/2009 para su uso como materia prima en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 diciembre 2012.

Empresas

Dow Deutschland (DE)

Mexichem UK (UK)

Solvay Fluores France (FR)

ANEXO IV

GRUPO V

Cuotas de importación de 1,1,1–tricloroetano que se asignan a los importadores de acuerdo con el Reglamento (CE) n o 1005/2009 para su uso como materia prima en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 diciembre 2012.

Empresas

Arkema (FR)

Fujifilm Electronic Materials Europe (BE)

ANEXO V

GRUPO VI

Cuotas de importación de bromuro de metilo que se asignan a los importadores de acuerdo con el Reglamento (CE) n o 1005/2009 para su uso como materia prima en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 diciembre 2012.

Empresas

Albemarle Europe (BE)

ALFA Agricultural Supplies (EL)

ICL-IP Europe (NL)

Mebrom (BE)

Sigma Aldrich Chemie (DE)

ANEXO VI

GRUPO VII

Cuotas de importación de hidrobromofluorocarburos que se asignan a los importadores de acuerdo con el Reglamento (CE) n o 1005/2009 para su uso como materia prima en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 diciembre 2012.

Empresas

ABCR Dr. Braunagel (DE)

Albany Molecular Research (UK)

Hovione Farmaciencia (PT)

R.P. Chem (IT)

Sicor Srl (IT)

Sterling (IT)

ANEXO VII

GRUPO VIII

Cuotas de importación de hidroclorofluorocarburos que se asignan a los importadores de acuerdo con el Reglamento (CE) n o 1005/2009 para su uso como materia prima y como agente de transformación en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2012.

Empresas

Aesica Queenborough (UK)

Arkema France (FR)

Arkema Química (ES)

Bayer CropScience (DE)

DuPont de Nemours (NL)

Dyneon (DE)

Honeywell Fluorine Products Europe (NL)

Mexichem UK (UK)

Solvay Fluor (DE)

Solvay Specialty Polymers France SAS (FR) Solvay Solexis (IT)

Tazzetti (IT)

ANEXO VIII

GRUPO IX

Cuotas de importación de bromoclorometano que se asignan a los importadores de acuerdo con el Reglamento (CE) n o 1005/2009 para su uso como materia prima en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2012.

Empresas

Albemarle Europe (BE)

ICL-IP Europe (NL)

Laboratorios Miret (ES)

Sigma Aldrich Chemie (DE)

ANEXO IX

(Información comercial confidencial — no destinada a publicación)

ANEXO X

Empresas autorizadas a producir o importar para usos de laboratorio y análisis La asignación de cuotas de las sustancias reguladas que pueden utilizarse para usos de laboratorio y análisis se distribuye entre las empresas siguientes:

Empresas

Airbus Operations (FR)

Arkema France SA (FR)

Harp International Ltd (UK)

Honeywell Fluorine Products Europe BV (NL)

Honeywell Specialty Chemicals GmbH (DE)

LGC Standards GmbH (DE)

Mebrom NV (BE)

Merck KGaA (DE)

Mexichem UK Ltd (UK)

Ministry of Defence (NL)

Panreac Química SLU (ES)

Sigma Aldrich Chemie (DE)

Sigma Aldrich Chimie SARL (FR)

Sigma Aldrich Company Ltd (UK)

Tazzetti SpA. (IT)

ANEXO XI

(Información comercial confidencial — no destinada a publicación)

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 14/12/2011
  • Fecha de publicación: 23/12/2011
  • Aplicable desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2012.
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el Reglamento 1005/2009, de 16 de septiembre (Ref. DOUE-L-2009-82051).
Materias
  • Análisis
  • Contaminación atmosférica
  • Cuota de producción
  • Gas
  • Importaciones
  • Laboratorios
  • Ozono

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