LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (CE) n o 1224/2009 del Consejo, de 20 de noviembre de 2009, por el que se establece un régimen comunitario de control para garantizar el cumplimiento de las normas de la política pesquera común, se modifican los Reglamentos (CE) n o 847/96, (CE) n o 2371/2002, (CE) n o 811/2004, (CE) n o 768/2005, (CE) n o 2115/2005, (CE) n o 2166/2005, (CE) n o 388/2006, (CE) n o 509/2007, (CE) n o 676/2007, (CE) n o 1098/2007, (CE) n o 1300/2008 y (CE) n o 1342/2008 y se derogan los Reglamentos (CEE) n o 2847/93, (CE) n o 1627/94 y (CE) n o 1966/2006 ( 1 ), y, en particular, su artículo 106, apartado 1,
Considerando lo siguiente:
(1) El Reglamento (CE) n o 1415/2004 del Consejo, de 19 de julio de 2004, por el que se fija el esfuerzo pesquero máximo anual para determinadas zonas de pesca y pesquerías ( 2 ), establece el esfuerzo pesquero máximo anual para determinadas zonas de pesca y pesquerías, sobre todo de vieiras en determinadas zonas de Irlanda.
(2) El Reglamento (CE) n o 1342/2008 del Consejo, de 18 de diciembre de 2008, por el que se establece un plan a largo plazo para las poblaciones de bacalao y las pesquerías que las explotan, y se deroga el Reglamento (CE) n o 423/2004 ( 3 ), establece una limitación del esfuerzo pesquero para cuatro poblaciones de bacalao en determinadas zonas geográficas.
(3) El Reglamento (UE) n o 53/2010 del Consejo, de 14 de enero de 2010, por el que se establecen, para 2010, las posibilidades de pesca para determinadas poblaciones y grupos de poblaciones de peces, aplicables en aguas de la UE y, en el caso de los buques de la UE, en las demás aguas donde sea necesario establecer limitaciones de capturas y se modifican los Reglamentos (CE) n o 1359/2008, (CE) n o 754/2009, (CE) n o 1226/2009 y (CE) n o 1287/2009 ( 4 ), establece el esfuerzo pesquero máximo admisible para el año 2010.
(4) El Reglamento (UE) n o 57/2011 del Consejo, de 18 de enero de 2011, por el que se establecen, para 2011, las posibilidades de pesca para determinadas poblaciones y grupos de poblaciones de peces, aplicables en aguas de la UE y, en el caso de los buques de la UE, en determinadas aguas no pertenecientes a la UE ( 5 ), establece el esfuerzo pesquero máximo admisible para el año 2011.
(5) De conformidad con el artículo 106, apartado 1, del Reglamento (CE) n o 1224/2009 del Consejo, si la Comisión establece que un Estado miembro ha rebasado el esfuerzo pesquero que se le ha asignado, efectuará deducciones de las futuras asignaciones de esfuerzo pesquero de dicho Estado miembro.
(6) El artículo 106, apartado 2, del Reglamento (CE) n o 1224/2009 del Consejo establece los criterios y las condiciones para que la Comisión pueda proceder a esas deducciones.
(7) Algunos Estados miembros han rebasado su asignación de esfuerzo pesquero para 2010. Por lo tanto, procede efectuar deducciones del esfuerzo pesquero asignado a dichos Estados miembros para 2011.
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
El esfuerzo pesquero máximo admisible fijado en el Reglamento (UE) n o 57/2011 del Consejo y, para determinadas zonas de pesca y pesquerías, en el Reglamento (CE) n o 1415/2004, se reducirá en 2011 para determinados Estados miembros según lo establecido en el anexo.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el séptimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 23 de noviembre de 2011.
Por la Comisión
El Presidente
José Manuel BARROSO
_________________
( 1 ) DO L 343 de 22.12.2009, p. 1.
( 2 ) DO L 258 de 5.8.2004, p. 1.
( 3 ) DO L 348 de 24.12.2008, p. 20.
( 4 ) DO L 21 de 26.1.2010, p. 1.
( 5 ) DO L 24 de 27.1.2011, p. 1.
ANEXO
Estado miembro
Zona geográfica/ especies
Artes
Inicial 2010 (kilovatios-día)
Cambios 2010
Absorción del esfuerzo (kilovatios- día) % de absorción
Relacionados con la asignación permitida Deducción del esfuerzo (kilovatios- día)
Factor multiplicador, art. 106, ap. 2, del Reg. 1224/09
Deducción del esfuerzo 2011 (kilovatios- día)
Asignación del esfuerzo 2011 (kilovatios-día)
Asignación del esfuerzo revisada 2011 (kilovatios- día)
Exclusiones, art. 11 (kilovatios- día) (kilovatios- día) (3 )
Evitaciones, art.13 (kilovatios- día) (3 )
Intercambio, art. 16 (kilovatios- día) (3 )
Transferencias, art. 17 (kilovatios- día) (3 )
Esfuerzo adaptado (kilovatios- día)
Alemania
a) Kattegat
TR2
9 316
(1 )
0
1 702
14 258
25 276
26 657
105,46 %
5,46 %
– 1 381
1,1
– 1 519
6 987
(2 )
5 468
Alemania
b) Skagerrak, la parte de la zona CIEM IIIa que no queda incluida en el Skagerrak y el Kattegat; zona CIEM IV y aguas de la UE de la zona CIEM IIa; zona CIEM VIId
TR2
516 154
(1 )
0
0
– 94 507
421 647
421 766
100,03 %
0,03 %
– 119
1
– 119
436 666
(2 )
436 547
Irlanda
CIEM VII, vieiras
525 012
(4 )
259 012
270 368
104,38 %
4,38 %
– 11 356
1
– 11 356
525 012
(4 )
513 656
Francia
b) Skagerrak, la parte de la zona CIEM IIIa que no queda incluida en el Skagerrak y el Kattegat; zona CIEM IV y aguas de la UE de la zona CIEM IIa; zona CIEM VIId
TR1
2 214 240
(1 )
0
339 670
0
2 553 910
2 680 473
104,96 %
4,96 %
– 126 563
1
– 126 563
1 840 286
(2 )
1 713 723
Francia
d) zona CIEM VIa y aguas de la UE de la zona CIEM Vb
TR1
3 387 803
(1 )
702 070
10 299
– 178 123
2 517 909
2 611 435
103,71 %
3,71 %
– 93 526
1
– 93 526
1 980 786
(2 )
1 887 260
Reino Unido
b) Skagerrak, la parte de la zona CIEM IIIa que no queda incluida en el Skagerrak y el Kattegat; zona CIEM IV y aguas de la UE de la zona CIEM IIa; zona CIEM VIId
TR1
8 938 164
(1 )
0
2 819 635
660 115
12 417 914
12 450 755
100,26 %
0,26 %
– 32 841
1
– 32 841
7 561 687
(2 )
7 528 846
TR2
7 409 969
(1 )
0
2 010 770
0
9 420 739
10 274 753
109,07 %
9,07 %
– 854 014
1,1
– 939 415
6 268 834
(2 )
5 329 419
Reino Unido
c) zona CIEM VIIa
TR2
1 934 646
(1 )
0
366 622
300 000
2 601 268
2 931 719
112,70 %
12,70 %
– 330 451
1,2
– 396 541
1 450 985
(2 )
1 054 444
____________________________
(1 ) Cantidad fijada por el Reglamento (UE) no 53/2010. Apéndice 1 del anexo IIA.
(2 ) Cantidad fijada por el Reglamento (UE) no 57/2011. Apéndice 1 del anexo IIA.
(3 ) Reglamento (CE) no 1342/2008 del Consejo.
(4 ) Cantidad fijada por el Reglamento (CE) no 1415/2004 - Anexo I.
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