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Documento DOUE-L-2011-81258

Decisión del Comité Mixto del EEE nº 40/2011, de 1 de abril de 2011, por la que se modifica el anexo XVIII (Salud y seguridad en el trabajo, derecho laboral e igualdad de trato para hombres y mujeres) del Acuerdo EEE.

Publicado en:
«DOUE» núm. 171, de 30 de junio de 2011, páginas 41 a 41 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2011-81258

TEXTO ORIGINAL

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en la redacción dada al mismo por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo denominado «el Acuerdo»), y, en particular, su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1) El anexo XVIII del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE n o 141/2010, de 10 de diciembre de 2010 ( 1 ).

(2) Debe incorporarse al Acuerdo la Directiva 2010/32/UE del Consejo, de 10 de mayo de 2010, que aplica el Acuerdo marco para la prevención de las lesiones causadas por instrumentos cortantes y punzantes en el sector hospitalario y sanitario celebrado por HOSPEEM y EPSU ( 2 ).

DECIDE:

Artículo 1

En el anexo XVIII del Acuerdo, después del punto 16jf (Directiva 2009/161/UE de la Comisión), se inserta el siguiente punto:

«16jg. 32010 L 0032: Directiva 2010/32/UE del Consejo, de 10 de mayo de 2010, que aplica el Acuerdo marco para la prevención de las lesiones causadas por instrumentos cortantes y punzantes en el sector hospitalario y sanitario celebrado por HOSPEEM y EPSU (DO L 134 de 1.6.2010, p. 66).».

Artículo 2

Los textos de la Directiva 2010/32/UE en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el 2 de abril de 2011, siempre que se hayan comunicado al Comité Mixto del EEE (*) todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo.

Artículo 4

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 1 de abril de 2011.

Por el Comité Mixto del EEE

El Presidente en funciones

Gianluca GRIPPA

_______________________________

( 1 ) DO L 85 de 31.3.2011, p. 26.

( 2 ) DO L 134 de 1.6.2010, p. 66.

(*) No se han indicado preceptos constitucionales.

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 01/04/2011
  • Fecha de publicación: 30/06/2011
  • Entrada en vigor: 2 de abril de 2011, si se cumple lo indicado.
Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo XVIII del Acuerdo EEE aprobado por Decisión 1/94, de 13 de diciembre de 1993 (Ref. DOUE-L-1994-80086).
Materias
  • Acuerdos internacionales
  • Derechos sociales
  • Espacio Económico Europeo
  • Familia
  • Igualdad de oportunidades
  • Negociación colectiva

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