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Documento DOUE-L-2010-82013

Reglamento (UE) nº 990/2010 de la Comisión, de 4 de noviembre de 2010, por el que se inscribe una denominación en el Registro de Denominaciones de Origen Protegidas y de Indicaciones Geográficas Protegidas [Jablka lackie (IGP)].

Publicado en:
«DOUE» núm. 288, de 5 de noviembre de 2010, páginas 10 a 11 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2010-82013

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) nº 510/2006 del Consejo, de 20 de marzo de 2006, sobre la protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen de los productos agrícolas y alimenticios (1), y, en particular, su artículo 7, apartado 4, párrafo primero,

Considerando lo siguiente:

(1) De conformidad con el artículo 6, apartado 2, párrafo primero, del Reglamento (CE) nº 510/2006, la solicitud de registro de la denominación «Jablka lackie» presentada por Polonia ha sido publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea (2).

(2) Al no haberse notificado a la Comisión ninguna declaración de oposición de conformidad con el artículo 7 del Reglamento (CE) nº 510/2006, procede registrar la denominación citada.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Queda registrada la denominación que figura en el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 4 de noviembre de 2010.

Por la Comisión

El Presidente

José Manuel BARROSO

(1) DO L 93 de 31.3.2006, p. 12.

(2) DO C 42 de 19.2.2010, p. 7.

ANEXO

Productos agrícolas destinados al consumo humano enumerados en el anexo I del Tratado

Clase 1.6. Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

POLONIA

Jablka lackie (IGP)

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 04/11/2010
  • Fecha de publicación: 05/11/2010
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA EN RELACIÓN sobre celebración del ACUERDO: Decisión 2012/189, de 26 de marzo (Ref. DOUE-L-2012-80619).
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el Reglamento 510/2006, de 20 de marzo (Ref. DOUE-L-2006-80561).
Materias
  • Denominaciones de origen
  • Frutos de pepita
  • Polonia

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