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Documento DOUE-L-2010-81811

Decisión del Consejo Europeo, de 16 de septiembre de 2010, por la que se modifica la lista de formaciones del Consejo.

Publicado en:
«DOUE» núm. 263, de 6 de octubre de 2010, páginas 12 a 12 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2010-81811

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO EUROPEO,

Visto el Tratado de la Unión Europea y, en particular, su artículo 16, apartado 6, párrafo primero,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, en particular, su artículo 236, letra a),

Considerando lo siguiente:

(1) Con el fin de que en la denominación de las formaciones del Consejo queden reflejadas las modificaciones introducidas por el Tratado de Lisboa en los anteriores Tratados por lo que respecta al espacio y al deporte, procede adaptar la denominación de la formación «Competitividad (Mercado Interior, Industria e Investigación)», añadiéndole el término «Espacio», así como la formación «Educación, Juventud y Cultura», añadiéndole el término «Deporte».

(2) Procede, por consiguiente, modificar la lista de formaciones del Consejo que figura en el anexo de la Decisión 2009/878/UE del Consejo (Asuntos Generales), de 1 de diciembre de 2009, por la que se establece la lista de formaciones del Consejo, además de las contempladas en los párrafos segundo y tercero del apartado 6 del artículo 16 del Tratado de la Unión Europea ( 1 ), que ha sido incluida como anexo I del Reglamento interno del Consejo ( 2 ).

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

La lista de formaciones del Consejo que figura en el anexo de la Decisión 2009/878/UE y, por consiguiente, la lista de formaciones del Consejo que figura en el anexo I del Reglamento interno del Consejo se modifican como sigue:

1) El punto 6 «Competitividad (Mercado Interior, Industria e Investigación)» se sustituye por el texto siguiente:

«6. Competitividad (Mercado Interior, Industria, Investigación y Espacio)».

2) El punto 10 «Educación, Juventud y Cultura» se sustituye por el texto siguiente:

«10. Educación, Juventud, Cultura y Deporte».

Las notas a pie de página permanecen sin cambios.

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

Hecho en Bruselas, el 16 de septiembre de 2010.

Por el Consejo Europeo

El Presidente

H. VAN ROMPUY

_________________

( 1 ) DO L 315 de 2.12.2009, p. 46.

( 2 ) DO L 325 de 11.12.2009, p. 35.

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 16/09/2010
  • Fecha de publicación: 06/10/2010
  • Fecha de entrada en vigor: 16/09/2010
Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo de la Decisión 878/2009, de 1 de diciembre (Ref. DOUE-L-2009-82341).
Materias
  • Consejo Europeo
  • Unión Europea

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