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EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Acuerdo interinstitucional, de 17 de mayo de 2006, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera (1) y, en particular, su punto 26,
Visto el Reglamento (CE) no 2012/2002 del Consejo, de 11 de noviembre de 2002, por el que se crea el Fondo de Solidaridad de la Unión Europea (2),
Vista la propuesta de la Comisión,
Considerando lo siguiente:
(1) El Fondo de Solidaridad («el Fondo») fue creado con el objetivo de mostrar la solidaridad de la Unión Europea con la población de regiones asoladas por catástrofes.
(2) El Acuerdo interinstitucional, de 17 de mayo de 2006, permite movilizar el Fondo en una cantidad máxima anual de 1 000 millones EUR.
(3) El Reglamento (CE) no 2012/2002 recoge las disposiciones de movilización del Fondo.
(4) Grecia presentó una solicitud de movilización del Fondo en relación con la catástrofe que causaron los incendios forestales de agosto de 2007.
(5) Eslovenia presentó una solicitud de movilización del Fondo en relación con la catástrofe provocada por las inundaciones de septiembre de 2007.
DECIDEN:
Artículo 1
En el marco del presupuesto general de la Unión Europea del ejercicio 2008 se movilizará la cantidad de 98 023 212 EUR en créditos de compromiso y de pago con cargo al Fondo de Solidaridad de la Unión Europea.
Artículo 2
La presente Decisión se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Estrasburgo, el 5 de junio de 2008.
Por el Parlamento Europeo
El Presidente
H.-G. PÖTTERING
Por el Consejo
El Presidente
J. LENARÈIÈ
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(1) DO C 139 de 14.6.2006, p. 1. Acuerdo modificado en último lugar por la Decisión 2008/371/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 128 de 16.5.2008, p. 8).
(2) DO L 311 de 14.11.2002, p. 3.
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