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EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Acuerdo interinstitucional, de 17 de mayo de 2006, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera (1), y, en particular, su punto 26,
Visto el Reglamento (CE) no 2012/2002 del Consejo, de 11 de noviembre de 2002, por el que se crea el Fondo de Solidaridad de la Unión Europea (2),
Vista la propuesta de la Comisión,
Considerando lo siguiente:
(1) La Unión Europea ha creado un Fondo de Solidaridad de la Unión Europea («el Fondo») para mostrar la solidaridad con la población de regiones asoladas por catástrofes.
(2) El Acuerdo interinstitucional de 17 de mayo de 2006 permite la movilización del Fondo dentro de un límite máximo anual de 1 000 millones EUR.
(3) El Reglamento (CE) no 2012/2002 contiene las disposiciones por las cuales el Fondo puede movilizarse.
(4) Alemania y Francia presentaron solicitudes para movilizar el Fondo en relación con dos catástrofes causadas por una fuerte tormenta y un ciclón tropical, respectivamente.
DECIDEN:
Artículo 1
Se movilizará, en el marco del presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2007, el Fondo de Solidaridad de la Unión Europea por una suma de 172 195 985 EUR en créditos de compromiso y de pago.
Artículo 2
La presente Decisión se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Estrasburgo, el 24 de octubre de 2007.
Por el Parlamento Europeo
El Presidente
H.-G. PÖTTERING
Por el Consejo
El Presidente
M. LOBO ANTUNES
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(1) DO C 139 de 14.6.2006, p. 1.
(2) DO L 311 de 14.11.2002, p. 3.
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