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Documento DOUE-L-2005-82489

Reglamento (CE) nº 2042/2005 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2005, por el que se establecen valores unitarios para la determinación del valor en aduana de determinadas mercancías perecederas.

Publicado en:
«DOUE» núm. 328, de 15 de diciembre de 2005, páginas 46 a 51 (6 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2005-82489

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CEE) nº 2913/92 del Consejo, de 12 de octubre de 1992, por el que se aprueba el Código Aduanero Comunitario (1),

Visto el Reglamento (CEE) nº 2454/93 de la Comisión (2), por el que se fijan determinadas disposiciones de aplicación del Reglamento (CEE) nº 2913/92 y, en particular, el apartado 1 del artículo 173,

Considerando lo siguiente:

(1) Los artículos 173 a 177 del Reglamento (CEE) nº 2454/93 prevén los criterios para que la Comisión establezca valores unitarios periódicos para los productos designados según la clasificación recogida en el anexo 26 de dicho Reglamento.

(2) La aplicación de las normas y criterios establecidos en los artículos mencionados más arriba a los elementos que se comunicaron a la Comisión de conformidad con las disposiciones del apartado 2 del artículo 173 del Reglamento (CEE) nº 2454/93 conduce a establecer, para los productos considerados, los valores unitarios tal como se indica en el anexo del presente Reglamento.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Los valores unitarios contemplados en el apartado 1 del artículo 173 del Reglamento (CEE) nº 2454/93 quedarán establecidos tal como se indica en el cuadro del anexo.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el 16 de diciembre de 2005.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 13 de diciembre de 2005.

Por la Comisión

Günter VERHEUGEN

Vicepresidente

____________________________________

(1) DO L 302 de 19.10.1992, p. 1. Reglamento modificado en último lugar por el Reglamento (CE) nº 648/2005 (DO L 117 de 4.5.2005, p. 13).

(2) DO L 253 de 11.10.1993, p. 1. Reglamento modificado en último lugar por el Reglamento (CE) nº 883/2005 (DO L 148 de 11.6.2005, p. 5).

ANEXO

TABLA OMITIDA EN PÁGINAS 47 A 51

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 13/12/2005
  • Fecha de publicación: 15/12/2005
  • Fecha de entrada en vigor: 16/12/2005
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con con el art. 173.1 del Reglamento 2454/1992, de 2 de julio (Ref. DOUE-L-1992-81647).
Materias
  • Frutos
  • Productos agrícolas
  • Valor en aduana

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