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Documento DOUE-L-2004-83021

Decisión del Consejo, de 2 de junio de 2004, sobre la firma y celebración del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza relativo al establecimiento de medidas equivalentes a las previstas en la Directiva 2003/48/CE del Consejo en materia de fiscalidad de los rendimientos del ahorro en forma de pago de intereses y el Memorándum de Acuerdo adjunto.

Publicado en:
«DOUE» núm. 385, de 29 de diciembre de 2004, páginas 28 a 49 (22 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2004-83021

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, y en particular el artículo 94 en relación con el párrafo primero del apartado 2, el párrafo primero del apartado 3 y el apartado 4 del artículo 300,

Vista la propuesta de la Comisión,

Visto el dictamen del Parlamento Europeo (1),

Considerando lo siguiente:

(1) El 16 de octubre de 2001, el Consejo autorizó la Comisión a negociar con la Confederación Suiza un acuerdo apropiado para asegurar la adopción, por parte de la Confederación Suiza, de medidas equivalentes a las que se habrán de aplicar en la Comunidad para garantizar la imposición efectiva de los rendimientos del ahorro en forma de pagos de intereses.

(2) La aplicación de las disposiciones de la Directiva 2003/48/CE del Consejo (2) depende de la aplicación por parte de la Confederación Suiza de medidas equivalentes a las contenidas en dicha Directiva, de conformidad con un Acuerdo concluido por este país con la Comunidad.

(3) La Comunidad ha decidido acceder a la petición de la Confederación Suiza de incluir en el Acuerdo medidas equivalentes a los regímenes previstos en la Directiva 90/435/CEE del Consejo, de 23 de julio de 1990, relativa al régimen fiscal común aplicable a las sociedades matrices y filiales de Estados miembros diferentes (3), y en la Directiva 2003/49/CE del Consejo, de 3 de junio de 2003, relativa a un régimen fiscal común aplicable a los pagos de intereses y cánones efectuados entre sociedades asociadas de diferentes Estados miembros (4), en sus versiones originales.

(4) El Acuerdo y el Memorándum de Acuerdo deben ser firmados y aprobados en nombre de la Comunidad.

(5) Es necesario establecer un procedimiento simple y rápido para las eventuales adaptaciones de los anexos I y II del Acuerdo.

DECIDE:

Artículo 1

Quedan aprobados, en nombre de la Comunidad Europea, el Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza relativo al establecimiento de medidas equivalentes a las previstas en la Directiva 2003/48/CE del Consejo en materia de fiscalidad de los rendimientos del ahorro en forma de pago de intereses y el Memorándum de Acuerdo adjunto.

Los textos del Acuerdo y del Memorándum de Acuerdo adjunto figuran anexos a la presente Decisión.

Artículo 2

Se autoriza a la Comisión a aprobar, en nombre de la Comunidad, las modificaciones de los anexos del Acuerdo que garanticen que estos corresponden a los datos relativos a las autoridades competentes derivados de las notificaciones a que se refieren la letra a) del artículo 5 de la Directiva 2003/48/CE y a los datos del anexo de la misma.

Artículo 3

Se autoriza al Presidente del Consejo para que designe a las personas facultadas para firmar el Acuerdo y el Memorándum de Acuerdo adjunto y el Canje de Notas mencionado en el apartado 2 del artículo 22 del Acuerdo y en el Memorándum de Acuerdo en nombre de la Comunidad.

________________________________________

(1) Dictamen emitido el 30 de marzo de 2004 (no publicado aún en el Diario Oficial).

(2) DO L 157 de 26.6.2003, p. 38.

(3) DO L 225 de 20.8.1990, p. 6.

(4) DO L 157 de 26.6.2003, p. 49.

Artículo 4

El Presidente del Consejo procederá, en nombre de la Comunidad, a la notificación mencionada en el apartado 1 del artículo 17 del Acuerdo (1).

Artículo 5

La presente Decisión se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Luxemburgo, el 2 de junio de 2004.

Por el Consejo

El Presidente

C. McCREEVY

_____________________________________________

(1) La Secretaría General del Consejo se encargará de publicar en el Diario Oficial de la Unión Europea la fecha de entrada en vigor del Acuerdo.

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 02/06/2004
  • Fecha de publicación: 29/12/2004
  • Fecha de entrada en vigor: 01/07/2005
  • Contiene Acuerdo y Memorandum de 26 de octubre de 2004, adjuntos a la misma.
  • Entrada en vigor: 1 de julio de 2005 (DOUE C 137, de 4 de junio de 2005).
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE MODIFICA:
    • el título, el preámbulo y determinados preceptos, por Protocolo de 20 de octubre de 2025 (Ref. DOUE-L-2025-81755).
    • el anexo I, por Nota Diplomática en DOUE L 303, de 14 de noviembre de 2013 (Ref. DOUE-L-2013-82388).
  • SE DICTA EN RELACIÓN, sobre la modificación técnica de los anexos I y II del Acuerdo de 26 de octubre de 2004: Decisión 2009/602, de 10 de marzo (Ref. DOUE-L-2009-81442).
  • CORRECCIÓN de errores en DOUE L 244, de 7 de septiembre de 2006 (Ref. DOUE-L-2006-81724).
  • SE DICTA EN RELACIÓN sobre su aplicación: Decisión 2004/912, de 25 de octubre (Ref. DOUE-L-2004-83022).
Referencias anteriores
Materias
  • Acuerdos internacionales
  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
  • Intereses
  • Retención a cuenta
  • Sistema tributario
  • Suiza

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