LOS REPRESENTANTES DE LOS GOBIERNOS DE LOS ESTADOS MIEMBROS, REUNIDOS EN EL SENO DEL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Vista la Decisión 2002/176/UE de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, de 21 de febrero de 2002, por la que se crea un Fondo destinado a la financiación de la Convención sobre el futuro de la Unión Europea y se fijan las normas financieras relativas a su gestión (1), y en particular su artículo 20,
Visto el dictamen conforme del Parlamento Europeo, de 16 de diciembre de 2003, sobre la aprobación de la gestión del Secretario General de la Convención sobre el futuro de la Unión Europea con respecto a la ejecución del presupuesto del Fondo destinado a la financiación de la Convención para el ejercicio 2002,
Visto el dictamen conforme del Consejo, de 5 de junio de 2003, sobre la aprobación de la gestión del Secretario General de la Convención sobre el futuro de la Unión Europea con respecto a la ejecución del presupuesto del Fondo destinado a la financiación de la Convención para el ejercicio 2002,
Visto el dictamen conforme de la Comisión, de 9 de septiembre de 2003, sobre la aprobación de la gestión del Secretario General de la Convención sobre el futuro de la Unión Europea con respecto a la ejecución del presupuesto del Fondo destinado a la financiación de la Convención para el ejercicio 2002,
Habiendo procedido al estudio de la cuenta de gestión, del informe financiero y del Informe del Tribunal de Cuentas relativo a la ejecución del presupuesto del Fondo correspondiente al ejercicio 2002(2), que le han sido presentados,
Considerando que con arreglo a la cuenta de gestión relativa al ejercicio 2002:
- los ingresos del ejercicio han ascendido a 4033835 euros,
- los gastos sobre créditos del ejercicio han ascendido a 500392 euros;
Considerando que los créditos de pago aplazados del ejercicio 2002 al ejercicio 2003 ascienden a 3499608 euros;
Considerando que el Informe del Tribunal de Cuentas observa que el examen realizado por dicho Tribunal le ha permitido obtener garantías suficientes de que las cuentas correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2002 son fiables y de que las operaciones subyacentes son, en conjunto, legales y regulares;
Considerando que este informe del Tribunal de Cuentas no ha dado lugar a observación alguna por parte del Secretario General de la Convención sobre el futuro de la Unión Europea,
DECIDEN:
Artículo único
Se aprueba la gestión del Secretario General de la Convención sobre el futuro de la Unión Europea con respecto a la ejecución del presupuesto del Fondo destinado a la financiación de la Convención sobre el futuro de la Unión Europea para el ejercicio 2002.
Hecho en Bruselas, el 22 de enero de 2004.
El Presidente
A. Anderson
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(1) DO L 60 de 1.3.2002, p. 56.
(2) DO C 122 de 22.5.2003, p. 1.
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