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Documento DOUE-L-2003-80932

Reglamento (CE) nº 1078/2003 del Consejo, de 16 de junio de 2003, por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 2505/96 relativo a la apertura y modo de gestión de contingentes arancelarios comunitarios autónomos para determinados productos agrícolas e industriales.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«DOUE» núm. 156, de 25 de junio de 2003, páginas 1 a 2 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2003-80932

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA.

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, y en particular su artículo 26,

Vista la propuesta de la Comisión (1).

Considerando lo siguiente:

(1) Mediante el Reglamento (CE) n° 2505/96 del Consejo, de 20 de diciembre de 1996 relativo a la apertura y modo de gestión de contingentes arancelarios comunitarios autónomos para determinados productos agrícolas e industriales (2), fueron abiertos los contingentes arancelarios comunitarios autónomos para ciertos productos agrícolas e industriales. Conviene atender en las condiciones más favorables a las necesidades de aprovisiona- miento de la Comunidad para los productos en cuestión. Procede por lo tanto, abrir contingentes arancelarios comunitarios con derechos reducidos o nulos en volúmenes apropiados, aumentar la cantidad y prorrogar la validez de algunos contingentes arancelarios ya existentes, sin perturbar por ello el mercado de estos productos.

(2) En consecuencia, el Reglamento (CE) n° 2505/96 debe ser modificado.

(3) Atendida la importancia económica del presente Reglamento, procede invocar la urgencia contemplada en el punto 1.3 del Protocolo sobre el cometido de los parlamentos nacionales en la Unión Europea anexo al Tratado de la Unión Europea y a los Tratados constitutivos de las Comunidades Europeas.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Los contingentes que figuran en el anexo del presente Reglamento se agregan al anexo 1 del Reglamento (CE) n° 2505/96 con efectos a partir de 1 de julio de 2003.

Artículo 2

Para el período contingentario comprendido entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2003 el anexo 1 del Reglamento (CE) n° 2505/96 queda modificado como sigue:

La cantidad contingentada para el contingente arancelario 09.2902 se fija en 20000 unidades.

La cantidad contingentada para el contingente arancelario 09.2935 se fija en 120000 toneladas.

Artículo 3

Para el período contingentario comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2003, el anexo 1 del Reglamento (CE) n° 2505/96 queda modificado como sigue:

La cantidad contingentada para el contingente arancelario 09.2904 se fija en 8 500 unidades.

La cantidad contingentada para el contingente arancelario 09.2985 se fija en 400000 unidades.

Artículo 4

Los períodos contingentarios del contingente arancelario 09.2867, que aparece en el anexo 1 del Reglamento (CE) n° 2505/96, se amplían hasta el 31 de diciembre de 2003.

Artículo 5

El período contingentario del contingente arancelario 09.2991, que aparece en el anexo 1 del Reglamento (EQ n° 2505/96 fina- liza el 30 de junio de 2003.

Artículo 6

El presente Reglamento entrará en vigor a los tres días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

L 156/2

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Luxemburgo, e116 de junio de 2003.

Por el Consejo

El Presidente

G.PAPANDREOU

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(1) Propuesta de 12 de mayo de 2003 (no publicada aún en el Diario Oficial)

(2) DO L 345 de 31.12.1996, p. 1; Reglamento cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 608/2003 (DO L 86 de 3.4.2003, p. 20).

ANEXO

TABLA OMITIDA EN PÁGINA 156

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 16/06/2003
  • Fecha de publicación: 25/06/2003
  • Fecha de entrada en vigor: 28/06/2003
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por el Reglamento 7/2010, de 22 de diciembre (Ref. DOUE-L-2010-80004).
  • Fecha de derogación: 07/01/2010
Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo I del Reglamento 2505/96, de 20 de diciembre (Ref. DOUE-L-1996-82274).
Materias
  • Contingentes arancelarios
  • Productos industriales

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