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Documento DOUE-L-2003-80858

Decisión de la Comisión, de 6 de junio de 2003, por la que se modifica la Decisión 96/603/CE por la que se establece la lista de productos clasificados en la clase A "sin contribución al fuego" prevista en la Decisión 94/611/CE por la que se aplica el artículo 20 de la Directiva 89/106/CEE del Consejo sobre los productos de construcción [notificada con el número C(2003) 1673.

Publicado en:
«DOUE» núm. 144, de 12 de junio de 2003, páginas 9 a 9 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2003-80858

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Directiva 89/106/CEE del Consejo, de 21 de diciembre de 1988, relativa a la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros sobre los productos de construcción (1), modificada por la Directiva 93/68/CEE (2),

Vista la Decisión 2000/147/CE de la Comisión, de 8 de febrero de 2000, por la que se aplica la Directiva 89/106/CEE del Consejo en lo que respecta a la clasificación de las propiedades de reacción al fuego de los productos de construcción (3), y, en particular, el apartado 1 de su artículo 1,

Considerando lo siguiente:

(1) La Decisión 96/603/CE de la Comisión (4), modificada por la Decisión 2000/605/CE

(5), estableció una lista de productos clasificados en la clase A ("sin contribución al fuego") prevista en los cuadros 1 y 2 del anexo de la Decisión 94/611/CE de la Comisión (6), en el que se presenta el sistema europeo de clasificación de la reacción al fuego de los productos de construcción.

(2) La Decisión 94/611/CE fue sustituida por la Decisión 2000/147/CE.

(3) La mención de la línea "Mortero con agentes conglomerantes inorgánicos" del cuadro que figura en el anexo de la Decisión 96/603/CE debe adaptarse al progreso técnico.

(4) Procede, pues, modificar la Decisión 96/603/CE en consecuencia.

(5) Las medidas que se establecen en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité permanente de la construcción.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

En el cuadro que figura en el anexo de la Decisión 96/603/CE, la mención de la línea "Mortero con agentes aglomerantes inorgánicos": "Morteros para enfoscados exteriores e interiores y morteros para nivelación de suelos a base de uno o varios agentes aglomerantes inorgánicos (por ejemplo, cemento, cal, cemento para albañilería y yeso)" se sustituirá por la mención "Morteros para revoque y enfoscado, morteros para nivelación de suelos y morteros para albañilería a base de uno o varios agentes conglomerantes inorgánicos (por ejemplo, cemento, cal, cemento para albañilería y yeso)".

Artículo 2

Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 6 de junio de 2003.

Por la Comisión

Erkki Liikanen

Miembro de la Comisión

_____________

(1) DO L 40 de 11.2.1989, p. 12.

(2) DO L 220 de 30.8.1993, p. 1.

(3) DO L 50 de 23.2.2000, p. 14.

(4) DO L 267 de 19.10.1996, p. 23.

(5) DO L 258 de 12.10.2000, p. 36.

(6) DO L 241 de 19.9.1994, p. 25.

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 06/06/2003
  • Fecha de publicación: 12/06/2003
Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo de la Decisión 96/603, de 4 de octubre (Ref. DOUE-L-1996-81726).
Materias
  • Incendios
  • Materiales de construcción

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