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Documento DOUE-L-2000-82177

Decisión de la Comisión, de 25 de octubre de 2000, sobre la retirada de las referencias de la norma EN 703 "Maquinaria agrícola - Desensiladoras - Seguridad" de la lista de referencias de normas en el marco de la aplicación de la Directiva 98/37/CE.

Publicado en:
«DOCE» núm. 286, de 11 de noviembre de 2000, páginas 40 a 40 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-2000-82177

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Directiva 98/37/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de junio de 1998, relativa a la aproximación de legislaciones entre los Estados miembros sobre máquinas (1), modificada por la Directiva 98/79/CE (2), y, en particular, el apartado 1 de su artículo 6,

Visto el dictamen del Comité constituido por la Directiva 98/34/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de junio de 1998, por la que se establece un procedimiento de información en materia de las normas y reglamentaciones técnicas (3),

Considerando lo siguiente:

(1) En el artículo 2 de la Directiva 98/37/CE modificada, se estipula que sólo pueden comercializarse y ponerse en servicio las máquinas que no comprometen la seguridad y la salud de las personas ni, en su caso, de los animales domésticos o de los bienes, cuando estén instalados y mantenidos convenientemente y se utilicen con arreglo a su destino.

(2) Las máquinas conformes a las normas armonizadas cuyas referencias hayan sido publicadas en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas se presumen conformes a los requisitos esenciales de seguridad y de salud mencionados en el artículo 3 de la Directiva 98/37/CE modificada.

(3) Los Estados miembros están obligados a publicar las referencias de las normas nacionales que incorporan las normas armonizadas.

(4) Las referencias de la norma armonizada EN 703:1995 "Maquinaria agrícola - Desensiladoras - Seguridad" se publicaron en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas C 229 de 8 de agosto de 1996 en el marco de la aplicación de la Directiva 98/37/CE modificada.

(5) En la actualidad, esta norma sigue garantizando la presunción de conformidad.

(6) Italia ha constatado que, en su territorio, se han producido numerosos accidentes mortales causados por la utilización de desensiladoras construidas con arreglo a lo dispuesto en la norma EN 703. Por lo tanto, Italia ha considerado que esta norma no satisface los requisitos esenciales de seguridad y salud de la Directiva y que hay que retirar sus referencias de la publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas para que no se siga presumiendo su conformidad con la Directiva.

(7) El Comité técnico CEN/TC 144 ha examinado el problema y ha iniciado un proyecto de revisión de la norma. Habida cuenta de las considerables dificultades que surgieron durante esta revisión, se llegó a la conclusión de que serían necesarios varios años antes de que se pudiese ratificar la norma revisada.

(8) Teniendo en cuenta estas previsiones, se propone retirar inmediatamente las referencias de esta norma con el fin de evitar que, en el futuro, se utilice como norma armonizada.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Se retiran de la publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas las referencias de la norma EN 703 "Maquinaria agrícola - Desensiladoras - Seguridad". Por lo tanto, en adelante la utilización de esta norma no garantizará la presunción de conformidad con las exigencias esenciales de seguridad y salud de la Directiva 98/37/CE modificada.

Artículo 2

Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 25 de octubre de 2000.

Por la Comisión

Erkki Liikanen

Miembro de la Comisión

______________________

(1) DO L 207 de 23.7.1998, p. 1.

(2) DO L 331 de 7.12.1998, p. 1.

(3) DO L 204 de 21.7.1998, p. 37.

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 25/10/2000
  • Fecha de publicación: 11/11/2000
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 6.1 de la Directiva 98/37, de 22 de junio (Ref. DOUE-L-1998-81358).
Materias
  • Armonización de legislaciones
  • Homologación
  • Maquinaria agrícola
  • Seguridad e higiene en el trabajo

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