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Documento DOUE-L-1998-82077

Decisión del Comité Mixto del EEE nº 24/98, de 27 de marzo de 1998, por la que se modifica el anexo VI (Seguridad social) del Acuerdo EEE.

Publicado en:
«DOCE» núm. 310, de 19 de noviembre de 1998, páginas 4 a 5 (2 págs.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1998-82077

TEXTO ORIGINAL

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, adaptado por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en adelante denominado «el Acuerdo», y, en particular, su artículo 98,

Considerando que el anexo VI del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE n° 82/97 de 12 de noviembre de 1997 (1);

Considerando que deberá incorporarse al Acuerdo la Decisión n° 164, de 27 de noviembre de 1996, sobre los modelos de formularios necesarios para la aplicación de los Reglamentos (CEE) nos 1408/71 y 574/72 del Consejo (E 101 y E 102) (2), adoptada por la Comisión Administrativa de las Comunidades Europeas para la seguridad social de los trabajadores migrantes, y que sustituye a la Decisión n° 130;

Considerando que, debido a la sustitución de la Decisión n° 130, las Decisiones nos 144, 153, 154, 155 y 158 deben figurar en su orden cronológico,

DECIDE:

Artículo 1

El anexo VI del Acuerdo se modificará como sigue:

1) Se suprimirá el punto 3.23 (Decisión n° 130) del anexo VI del Acuerdo.

2) Los puntos 3.24 (Decisión n° 132) a 3.34 (Decisión n° 142) se convertirán, respectivamente, en los puntos 3.23 a 3.33.

3) Después del punto 3.33 (Decisión n° 142) se insertará el punto siguiente:

«3.34. 391 X 0140: Decisión n° 144, de 9 de abril de 1990, sobre los modelos de formularios necesarios para la aplicación de los Reglamentos (CEE) nos 1408/71 y 574/72 del Consejo (E 401 E 410 F) (DO L 71 de 18.3.1991, p. 1).».

4) El punto 3.39 (Decisión n° 156) se convertirá en el punto 3.42, y los puntos 3.40 (Decisión n° 160) a 3.43 (Decisión n° 163) se convertirán, respectivamente, en los puntos 3.44 a 3.47.

5) Después del punto 3.38 (Decisión n° 151) se insertarán los puntos siguientes:

«3.39. 394 D 0604: Decisión n° 153, de 7 de octubre de 1993, sobre los modelos de formularios necesarios para la aplicación de los Reglamentos (CEE) nos 1408/71 y 574/72 del Consejo (E 001, E103 E 127) (DO L 244 de 19.9.1994, p. 22).

3.40. 394 D 0605: Decisión n° 154, de 8 de febrero de 1994, sobre los modelos de formularios necesarios para la aplicación de los Reglamentos (CEE) nos 1408/71 y 574/72 del Consejo (E 301, E 302, E 303) (DO L 244 de 19.9.1994, p. 123).

3.41. 395 D 0353: Decisión n° 155, de 6 de julio de 1994, sobre los modelos de formularios necesarios para la aplicación de los Reglamentos (CEE) nos 1408/71 y 574/72 del Consejo (E 401 E 411) (DO L 209 de 5.9.1995, p. 1).».

6) Después del punto 3.42 (Decisión n° 156) se insertará el punto siguiente:

«3.43. 396 D 0732: Decisión n° 158, de 27 de noviembre de 1995, sobre los modelos de formularios necesarios para la aplicación de los Reglamentos (CEE) nos 1408/71 y 574/72 del Consejo (E 201 E 215) (DO L 336 de 27.12.1996, p. 1).».

Artículo 2

Después del punto 3.47 (Decisión n° 163) del anexo VI del Acuerdo se insertará el punto siguiente:

«3.48. 397 D 0533: Decisión n° 164, de 27 de noviembre de 1996, sobre los modelos de formularios necesarios para la aplicación de los Reglamentos (CEE) nos 1408/71 y 574/72 del Consejo (E 101 y E 102) (DO L 216 de 8.8.1997, p. 85).»

Artículo 3

Los textos de la Decisión n° 164 en lenguas islandesa y noruega, anejos a las respectivas versiones lingüísticas de la presente Decisión, son auténticos.

Artículo 4

La presente Decisión entrará en vigor el 1 de abril de 1998, siempre que se hayan efectuado al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones establecidas en el apartado 1 del artículo 103 del Acuerdo.

Artículo 5

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

Hecho en Bruselas, el 27 de marzo de 1998.

Por el Comité Mixto del EEE

El Presidente

F. BARBASO

____________________

(1) DO L 134 de 7.5.1998, p. 11.

(2) DO L 216 de 8.8.1997, p. 85.

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 27/03/1998
  • Fecha de publicación: 19/11/1998
  • Fecha de entrada en vigor: 01/04/1998
  • Entrada en vigor: 1 de abril de 1998, si se cumple lo exigido.
Referencias anteriores
Materias
  • Acuerdos internacionales
  • Comunidad Europea
  • Espacio Económico Europeo
  • Migraciones
  • Seguridad Social
  • Trabajadores

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