LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Visto el Reglamento (CE) n° 820/97 del Consejo, de 21 de abril de 1997, por el que se establece un sistema de identificación y registro de los animales de la especie bovina y relativo al etiquetado de la carne de vacuno y de los productos a base de carne de vacuno (1), y, en particular, el segundo guión del apartado 1 de su artículo 7,
Vista la solicitud presentada por Suecia,
Considerando que Suecia ha solicitado una ampliación de seis semanas del plazo máximo previsto para la notificación a su base de datos nacional de los sacrificios realizados en los mataderos, debido a una serie de dificultades específicamente prácticas;
Considerando que está justificado tener en cuenta la solicitud sueca durante un período de transición, siempre que la ampliación del plazo máximo de notificación no afecte a la calidad de la información proporcionada por la base de datos sueca;
Considerando que la presente Decisión se toma sin perjuicio de las decisiones que se adopten con respecto al pleno funcionamiento de las bases de datos nacionales;
Considerando que las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité del Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola,
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISION:
Artículo 1
Suecia podrá ampliar en seis semanas, hasta el 1 de enero de 2000, el plazo máximo contemplado en el segundo guión del apartado 1 del artículo 7 del Reglamento (CE) n° 820/97, en lo que respecta a la notificación a la base de datos nacional de los sacrificios de animales de la especie bovina por parte de los mataderos.
Esta ampliación no afectará a la calidad de la información proporcionada por la base de datos sueca.
Artículo 2
Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.
Hecho en Bruselas, el 13 de octubre de 1998.
Por la Comisión
Franz FISCHLER
Miembro de la Comisión
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(1) DO L 117 de 7. 5. 1997, p. 1.
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