EL CONSEJO DE LA UNION EUROPEA,
Visto el Tratado de la Unión Europea y, en particular, el apartado 2 de su artículo J.4,
Vista la Declaración relativa a la Unión Europea Occidental (UEO), incluida en el Acta final firmada en el momento de la adopción del Tratado de la Unión Europea,
Considerando que la UEO está estudiando la viabilidad de posibles opciones para llevar a cabo operaciones internacionales de policía para ayudar a las autoridades albanesas;
Considerando que los últimos acontecimientos ocurridos en Albania confieren mayor urgencia a la evaluación de la viabilidad y oportunidad de dichas opciones,
DECIDE:
Artículo 1
La Unión Europea solicita a la UEO que concluya urgentemente su estudio
sobre la viabilidad de posibles opciones para llevar a cabo operaciones internacionales de policía en Albania, destinadas a ayudar a las autoridades albanesas a restabecer el orden público en dicho país.
Artículo 2
La presente Decisión se notificará a la UEO de conformidad con las conclusiones adoptadas por el Consejo el 14 de mayo de 1996 relativas a la transmisión de documentos de la Unión Europea a la UEO.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
Se publicará en el Diario Oficial.
Hecho en Bruselas, el 22 de septiembre de 1998.
Por el Consejo
El Presidente
W. SCHÜSSEL
Declaración de la Delegación danesa
De conformidad con la sección C de la Decisión adoptada en el Consejo Europeo celebrado los días 11 y 12 de diciembre de 1992 en Edimburgo, Dinamarca no participará en el desarrollo ni en la aplicación de decisiones y acciones de la Unión que tengan implicaciones en el ámbito de la defensa.
El Gobierno danés ha decidido que Dinamarca no participará en la Decisión del Consejo sobre el estudio de viabilidad de las operaciones policiales internacionales destinadas a ayudar a las autoridades albanesas.
De conformidad con la Decisión de Edimburgo, Dinamarca no impedirá el establecimiento de una cooperación más estrecha entre los Estados miembros en este ámbito. Por consiguiente, la posición expuesta no será obstáculo para la adopción de la Decisión del Consejo.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid