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Documento DOUE-L-1998-81251

Decisión del Comité mixto del EEE nº 97/97, de 28 de noviembre de 1997, por la que se modifica el anexo XX (Medio ambiente) del Acuerdo EEE.

Publicado en:
«DOCE» núm. 193, de 9 de julio de 1998, páginas 53 a 54 (2 págs.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1998-81251

TEXTO ORIGINAL

EL COMIT MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, adaptado por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en adelante denominado el «Acuerdo», y, en particular, su artículo 98,

Considerando que el anexo XX del Acuerdo fue modificado por la Decisión n° 28/97 del Comité Mixto del EEE (1);

Considerando que deberá incorporarse al Acuerdo la Directiva 96/82/CE del Consejo, de 9 de diciembre de 1996, relativa al control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas (2);

Considerando que la Directiva 96/82/CE del Consejo deroga, con efecto a los 24 meses de su entrada en vigor, la Directiva 82/501/CEE del Consejo, de 24 de junio de 1982, relativa a los riesgos de accidentes graves en determinadas actividades industriales (3), la cual ha sido incorporada al Acuerdo y debe ser suprimida de éste con efecto desde la misma fecha,

DECIDE:

Artículo 1

Después del punto 23 (Directiva 82/501/CEE del Consejo) del anexo XX del Acuerdo se añadirá el punto siguiente:

«23a. 396 L 0082: Directiva 96/82/CE del Consejo, de 9 de diciembre de 1996, relativa al control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas (DO L 10 de 14. 1. 1997, p. 13).».

Artículo 2

Queda suprimido el texto del punto 23 (Directiva 82/501/CEE) con efecto desde el 3 de febrero de 1999.

Artículo 3

Los textos de la Directiva 96/82/CE en lenguas islandesa y noruega, anejos a las respectivas versiones ling ísticas de la presente Decisión, son auténticos.

Artículo 4

La presente Decisión entrará en vigor el 1 de diciembre de 1997, siempre que se hayan efectuado al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones establecidas por el apartado 1 del artículo 103 del Acuerdo.

Artículo 5

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento del EEE del Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

Hecho en Bruselas, el 28 de noviembre de 1997.

Por el Comité Mixto del EEE

El Presidente

E. BULL

_____________________

(1) DO L 242 de 4. 9. 1997, p. 77.

(2) DO L 10 de 14. 1. 1997, p. 13.

(3) DO L 230 de 5. 8. 1982, p. 1.

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 28/11/1997
  • Fecha de publicación: 09/07/1998
  • Fecha de entrada en vigor: 01/12/1997
  • Entrada en vigor: 1 de diciembre de 1997, si se cumple lo exigido.
Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo XX del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, aprobado por Decisión 94/1, de 13 de diciembre de 1993 (Ref. DOUE-L-1994-80086).
  • CITA:
Materias
  • Acuerdos internacionales
  • Comunidad Europea
  • Espacio Económico Europeo
  • Medio ambiente
  • Seguridad e higiene en el trabajo
  • Sustancias peligrosas

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