EL CONSEJO DE LA UNION EUROPEA,
Visto el Tratado de la Unión Europea y, en particular, su artículo J.2,
Considerando que, el 8 de octubre de 1997, el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas adoptó la Resolución 1132 (1997) en la que solicita a la junta militar de Sierra Leona que tome medidas inmediatas encaminadas a renunciar al poder y facilitar la restauración del Gobierno elegido democráticamente, así como del orden constitucional; que conviene aplicar dicha Resolución en el conjunto de la Unión Europea, según las condiciones previstas en la Resolución 1132 (1997), en particular en lo referente a la duración de las medidas adoptadas,
HA DEFINIDO LA PRESENTE POSICION COMUN:
Los Estados miembros impedirán, de acuerdo con su Derecho nacional, la entrada y el tránsito por su territorio de todos los miembros de la junta militar, así como de los miembros adultos de sus familias.
Lo dispuesto en el párrafo primero se entenderá sin perjuicio de la facultad de los Estados miembros de autorizar la entrada en su territorio a sus propios nacionales.
Las personas afectadas por la presente medida serán identificadas según lo dispuesto en el apartado 5 y en la letra f) del apartado 10 de la Resolución 1132 (1997) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, excepto las personalidades cuya presencia pueda ser autorizada en virtud del apartado 5 de la mencionada Resolución, en particular por motivos humanitarios comprobados.
Se impone a Sierra Leona un embargo sobre las armas y todo material de cualquier tipo relacionado con ellas, incluidas armas y municiones, vehículos y equipo militar, equipo paramilitar y piezas de repuesto correspondientes, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 6 de la Resolución 1132 (1997).
Se reducirán las relaciones económicas y los contactos con Sierra Leona de acuerdo con la Resolución 1132 (1997).
La presente Posición común surtirá efecto a partir del 8 de diciembre de 1997.
La presente Posición común se publicará en el Diario Oficial.
Hecho en Bruselas, el 8 de diciembre de 1997.
Por el Consejo
El Presidente
J. POOS
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