LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Visto el Reglamento (CEE) n° 804/68 del Consejo, de 27 de junio de 1968, por el que se establece una organización común de mercados en el sector de la leche y de los productos lácteos, cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 1587/96 , y, en particular, el apartado 6 de su artículo 6,
Considerando que el Reglamento (CEE) n° 2315/76 de la Comisión, de 24 de septiembre de 1976, relativo a la venta de mantequilla procedente de existencias públicas , cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 1824/97, establece la venta de mantequilla que haya entrado en almacenamiento público antes de una determinada fecha a un precio igual al precio de compra aplicado por el organismo de intervención, incrementado en 1 ecu por cada 100 kilogramos, así como, en sus artículos 3 bis y 4 bis, el suministro de ayuda alimentaria y la venta de mantequilla a las instituciones y colectividades sin ánimo de lucro;
Considerando que, dado el nivel actual de las existencias de mantequilla de intervención y la necesidad de mantener su venta para otros usuarios, así
como la existencia de otros medios de abastecimiento para las instituciones y colectividades sin ánimo de lucro, procede suspender las ventas establecidas en los artículos 3 bis y 4 bis del Reglamento (CEE) n° 2315/76;
Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de la leche y de los productos lácteos,
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
Queda suspendida la venta de mantequilla procedente de existencias públicas en virtud de los artículos 3 bis y 4 bis del Reglamento (CEE) n° 2315/76.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el tercer día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 12 de diciembre de 1997.
Por la Comisión
Franz FISCHLER
Miembro de la Comisión
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid