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Documento DOUE-L-1997-82140

Rectificación al Reglamento (CE) nº 1780/97, de la Comisión, de 15 de septiembre de 1997, por el que se establecen las disposiciones detalladas de aplicación del Reglamento (CE) nº 723/97 del Consejo sobre la realización de programas de medidas de los Estados miembros en el ámbito del control de los gastos de la sección de Garantía del FEOGA.

Publicado en:
«DOCE» núm. 305, de 8 de noviembre de 1997, páginas 70 a 70 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1997-82140

TEXTO ORIGINAL

En el artículo1, en el apartado 2, en la columna derecha, en la tercera línea:

en lugar de: «... de los dos años ...»,

léase: «... de los tres años ...».

En el artículo 2, en el apartado 2, el segundo párrafo se sustituirá por el texto siguiente:

«La Comisión informará a los Estados miembros en cuestión de los gastos que no hayan sido aceptados para la financiación comunitaria, así como de los motivos del rechazo.».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 08/11/1997
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de Reglamento 1780/97, de 15 de septiembre (Ref. DOUE-L-1997-81800).
Materias
  • Feoga Garantía
  • Gastos
  • Programas

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