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Documento DOUE-L-1997-82107

Rectificación al Reglamento (CE) nº 1950/97 del Consejo, de 6 de octubre de 1997, por el que se establece un derecho antidumping definitivo sobre las importaciones de sacos y bolsas de polietileno o polipropileno originarias de la India, de Indonesia y de Tailandia y por el que se percibe definitivamente el derecho provisional impuesto.

Publicado en:
«DOCE» núm. 298, de 1 de noviembre de 1997, páginas 70 a 70 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1997-82107

TEXTO ORIGINAL

En la página 7, en el artículo 1, en el apartado 1, en la quinta línea:

en lugar de: "de peso por m2 o igual a 120 g y originarios ...",

léase: "de peso por m2 inferior o igual a 120 g y originarios ...".

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 01/11/1997
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de Reglamento 1950/97, de 6 de octubre (Ref. DOUE-L-1997-81896).
Materias
  • Derechos antidumping
  • Envases
  • Importaciones
  • India
  • Indonesia
  • Plásticos
  • Polietileno
  • Tailandia

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