LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Visto el Reglamento (CEE) n° 822/87 del Consejo, de 16 de marzo de 1987, por el que se establece la organización común del mercado vitivinícola, cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 536/97, y, en particular, el apartado 5 de su artículo 38,
Considerando que las autoridades administrativas de determinadas regiones vitícolas han tenido dificultades insuperables para respetar los plazos establecidos para aceptar los contratos y las declaraciones de destilación que figuran en el Reglamento (CE) n° 2177/96 de la Comisión, cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 814/97; que, por este motivo, conviene retrasar, hasta el 5 de junio de 1997, la fecha de aceptación de los contratos y hasta el 15 de junio de 1997 la de comunicación a la Comisión de los volúmenes de vino contratados;
Considerando que las destilerías de algunas regiones vitícolas tienen dificultades insuperables para respetar los plazos establecidos por el apartado 2 del artículo 2 del Reglamento (CE) n° 2177/96 para la entrega del vino; que, por este motivo, conviene retrasar hasta el 31 de julio de 1997 la fecha de entrega del vino;
Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al Comité de gestión del vino,
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
El Reglamento (CE) n° 2177/96 se modificará del siguiente modo:
1. En el apartado 3 del artículo 1 ter, la fecha de «16 de mayo de 1997» se sustituirá por la de «5 de junio de 1997» y la fecha de «23 de mayo de 1997» se sustituirá por la de «15 de junio de 1997».
2. En el apartado 2 del artículo 2, la fecha de «15 de junio de 1997» se sustituirá por la de «31 de julio de 1997».
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el tercer día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 8 de julio de 1997.
Por la Comisión
Franz FISCHLER
Miembro de la Comisión
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