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Documento DOUE-L-1996-80237

Rectificación al Reglamento (CE) núm. 122/96 del Consejo, de 22 de enero de 1996, por la que se concede un trato arancelario favorable a la importación de determinadas mercancías en las zonas francas de Madeira y Azores, debido a su destino particular.

Publicado en:
«DOCE» núm. 44, de 22 de febrero de 1996, páginas 19 a 19 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1996-80237

TEXTO ORIGINAL

(Diario Oficial de las Comunidades Europeas nº L 20 de 26 de enero de 1996)

En la primera página de cubierta y en la página 4, el título del Reglamento debe decir Reglamento (CE) n° 122/96 del Consejo, por el que se concede un tratamiento arancelario favorable a la importación de determinadas mercancías en las zonas francas de Madera y Azores, debido a su destino especial; en la página 4, en las líneas novena y duodécima del octavo considerando, en la segunda línea del noveno considerando y en la primera línea del décimo considerando; en la página 5, en la primera y cuarta líneas del apartado 3 del Artículo 1, en la segunda línea del artículo 4, en la cuarta línea del artículo 5 y en la segunda línea del artículo 6, y en la página 7, en la primera línea del artículo 7: en lugar de: «trato», léase: «tratamiento»; en la página 4, en la tercera línea del noveno considerando: en lugar de: «destinos particulares», léase: «destinos especiales»; en la página 5, en la primera y segunda líneas del apartado 1 del artículo 1: en lugar de: «aplicables a las mercancías a libre práctica», léase: «aplicables a las mercancías despachadas a libre práctica».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 22/02/1996
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de Reglamento 122/96, de 22 de enero (Ref. DOUE-L-1996-80075).
Materias
  • Derechos arancelarios
  • Importaciones
  • Portugal

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