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Documento DOUE-L-1996-80219

Decisión de la Comisión, de 7 de febrero de 1996, sobre la Realización de pruebas y análisis comunitarios de los materiales de multiplicación y plantones de determinadas especies en virtud del apartado 2 del artículo 20 de la Directiva 92/34/CEE del Consejo.

Publicado en:
«DOCE» núm. 39, de 17 de febrero de 1996, páginas 23 a 23 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1996-80219

TEXTO ORIGINAL

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Directiva 92/34/CEE del Consejo, de 28 de abril de 1992, relativa a la comercialización de materiales de multiplicación de frutales y de plantones de frutal destinados a la producción frutícola, cuya última modificación la constituye la Decisión 95/26/CE de la Comisión, y, en particular, el apartado 2 de su artículo 20,

Considerando que, en virtud de lo dispuesto en la Directiva 92/34/CEE, es preciso que en los Estados miembros se efectúen pruebas o, en su caso, análisis de muestras para comprobar que los materiales de multiplicación o los plantones de frutal de los géneros y especies contemplados en dicha Directiva se ajusten a los requisitos y condiciones en ella establecidos;

Considerando que, a tal fin, es esencial garantizar que, al menos para

determinados cultivos y de forma especial en las primeras fases de aplicación de la Directiva, se garantice que las muestras que participen en esas pruebas o análisis ofrezcan una representatividad adecuada de los diferentes orígenes de producción de toda la Comunidad;

Considerando que es necesario, por tanto, efectuar en 1996 pruebas y análisis comunitarios de materiales de multiplicación y plantones de fresas ananás y groselleros;

Considerando que dichas pruebas y análisis se utilizarán para armonizar desde el principio los métodos técnicos de examen de los materiales de multiplicación y plantones de esas especies;

Considerando que las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité permanente para los materiales de multiplicación y los plantones de géneros y especies frutícolas,

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISION:

Artículo 1

Durante 1996 se efectuarán pruebas y análisis comunitarios de materiales de multiplicación y plantones de Fragaria x ananassa y Ribes.

Artículo 2

Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 7 de febrero de 1996.

Por la Comisión

Franz FISCHLER

Miembro de la Comisión

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 07/02/1996
  • Fecha de publicación: 17/02/1996
Referencias anteriores
Materias
  • Análisis
  • Frutales

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