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Documento DOUE-L-1995-81691

Reglamento (CE) nº 2724/95 de la Comisión, de 24 de noviembre de 1995, por el que se fija el coeficiente uniforme de reducción que se ha de emplear para determinar la cantidad provisional de plátanos que debe asignarse a cada operador de la categoría C dentro del contingente arancelario del año 1996.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«DOCE» núm. 283, de 25 de noviembre de 1995, páginas 13 a 13 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1995-81691

TEXTO ORIGINAL

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CEE) nº 404/93 del Consejo, de 13 de febrero de 1993, por el que se establece la organización común de mercados en el sector del plátano, cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) nº 3290/94,

Visto el Reglamento (CEE) nº 1442/93 de la Comisión, de 10 de junio de 1993, por el que se establecen disposiciones de aplicación del régimen de importación de plátanos en la Comunidad, cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) nº 1164/95 y, en particular, el apartado 4 de su artículo 4,

Considerando que el apartado 4 del artículo 4 del Reglamento (CEE) nº 1442/93 dispone que las autoridades competentes de los Estados miembros comuniquen a la Comisión, antes del 10 de noviembre de 1995, el volumen total de las cantidades solicitadas para cada año por los operadores de la categoría C registrados ante ellas ;

Considerando que, el 4 de abril de 1995, la Comisión transmitió al Consejo una propuesta de Reglamento sobre la adaptación del Reglamento (CEE) nº 404/93 en lo que se refiere al volumen del contingente arancelario anual de importación de plátanos en la Comunidad a raíz de la adhesión de Austria, de Finlandia y de Suecia ; que, hasta este día, a pesar de los intentos de la Comisión, el Consejo no ha tomado aún una decisión sobre el aumento del contingente arancelario sobre la base de la mencionada propuesta ;

Considerando que, sin perjuicio de las medidas que adopte el Consejo, conviene determinar con carácter provisional, las cantidades que han de asignarse a los operadores de la categoría C para el año 1996 con el fin de permitir la expedición de los certificados de importación para los primeros trimestres de ese año ; que, con este objeto, parece adecuado calcular el coeficiente de reducción aplicable a los operadores de la categoría C sobre la base de un contingente arancelario de 2 200 000 toneladas ; que el volumen de las cantidades solicitadas para 1996 asciende a 228 502 930

toneladas y sobrepasa la parte de 77 000 toneladas del contingente arancelario fijada de conformidad con la letra c) del apartado 1 del artículo 19 del Reglamento (CEE) nº 404/93 ; que, por consiguiente, conviene fijar un porcentaje uniforme de reducción que se aplicará a las cantidades solicitadas por cada operador ;

Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento deben entrar en vigor de inmediato, habida cuenta de los plazos previstos en el Reglamento (CEE) nº 1442/93,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Dentro del contingente arancelario previsto en los artículos 18 y 19 del Reglamento (CEE) nº 404/93, la cantidad provisional que se asignará a cada operador de la categoría C para el año 1996 se obtendrá aplicando, según lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 4 del Reglamento (CEE) nº 1442/93, un coeficiente uniforme de reducción del 0,000337 al volumen solicitado por cada uno de ellos.

Artículo 2

Las medidas previstas en el presente Reglamento se aplicarán sin perjuicio de las medidas que se adopten en su caso, para la aplicación de decisiones posteriores del Consejo.

Artículo 3

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 24 de noviembre de 1995.

Por la Comisión

Franz FISCHLER

Miembro de la Comisión

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 24/11/1995
  • Fecha de publicación: 25/11/1995
  • Fecha de entrada en vigor: 25/11/1995
  • Fecha de derogación: 04/08/1996
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Referencias anteriores
Materias
  • Contingentes arancelarios
  • Frutos
  • Importaciones
  • Plátanos

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